Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2002 (13/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, lunes 13 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, a la Iglesia de MORDAZA MORDAZA, ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 8472

las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 8473

Declaran MORDAZA monumental al pueblo de Huasta, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 288/INC MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2002 Visto el Acuerdo Nº 06/05.02.2002 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO:

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 285/INC MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2002 Visto el Acuerdo Nº 09/12.03.2002 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos propuso mediante Acuerdo Nº 09 de fecha 12 de marzo de 2002 se declare monumento a la Iglesia Virgen de las MORDAZA de Sangarara, distrito de Sangarara, provincia de Acomayo, departamento de MORDAZA, por cuanto posee suficientes meritos historico-arquitectonicos que justifican su conservacion; Estando a lo visado por la Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, a la Iglesia Virgen de las MORDAZA de Sangarara, distrito de Sangarara, provincia de Acomayo, departamento de MORDAZA, por

Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 06 de fecha 5 de febrero de 2002, propuso se declare MORDAZA Monumental al pueblo de Huasta, distrito de Huasta, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA por cuanto aun mantiene sus caracteristicas urbanisticas/coloniales, el perfil MORDAZA y proporcion de las calles, necesarias de conservar; Estando a lo visado por la Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR MORDAZA MONUMENTAL al pueblo de Huasta, distrito de Huasta, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, la que quedara delimitada en el area comprendida por el Jr. Bolognesi, Jr. MORDAZA, Jr. MORDAZA Ugarte y Jr. San MORDAZA incluyendo la Manyan Paccha y Culu Paccha, segun el Plano Nº DZM Nº 008-2002/INC, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 8474

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