Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2002 (26/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Posicion en Lista Cuarta MORDAZA Sexta Nº de Bolillo 6 1 3

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de octubre de 2002

Se consolida el cuadro de "Resultados del Sorteo" con el cuadro de "Numeracion alfabetica de las organizaciones politicas" y se obtiene la ubicacion de las organizaciones politicas en la lista que determina el uso de los espacios de la Franja Electoral. Ejemplo: Para este caso se obtiene el siguiente resultado:
Posicion en la Lista Primera MORDAZA Tercera Cuarta MORDAZA Sexta Nº de Bolillo 5 2 4 6 1 3 Denominacion Todos Unidos Buenos Patriotas Pueblo Unido Vamos Adelante Alto Ciudadano Futuro del MORDAZA

Entonces el orden en que van las organizaciones politicas en la lista para el uso de los espacios de la franja electoral regional es el siguiente:
Posicion en la Lista Partido Politico Primera Todos Unidos MORDAZA Buenos Patriotas Tercera Pueblo Unido Cuarta Vamos Adelante MORDAZA Alto Ciudadano Sexta Futuro del MORDAZA

El resultado del sorteo se consignara en un acta firmada por los funcionarios de la ODPE que llevaron adelante el sorteo, por un notario publico que da fe del acto, por los representantes del JEE o del JNE, por los personeros de las organizaciones politicas presentes en el sorteo, la Defensoria del Pueblo y las organizaciones de observacion electoral. 6. Responsabilidades Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva las Gerencias de ODPE, Informacion y Educacion Electoral y las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, asi como los Oficiales de Informacion. 18996

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicio de seguridad y vigilancia para diversos locales del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 714-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 22 de octubre de 2002 VISTOS; el Informe Tecnico Legal Nº 1028-2002-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 5582002-GAD de la Gerencia de Administracion; el Memorandum Nº 008-2002/GAD-RENIEC-OPR-PR de la Division de Presupuesto y el Informe Nº 001-2002-CEP/0006/RENIEC del Presidente del Comite Especial encargado de llevar a cabo el Concurso Publico Nº 006-2002-RENIEC para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia de los locales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el RENIEC es una entidad que forma parte del Sistema Electoral, encargada de desarrollar actividades compatibles al Acto de Sufragio que revisten suma importancia para el adecuado desarrollo del MORDAZA electoral, por cuanto tiene a su cargo la emision del Documento Nacional de Identidad (DNI);

Que, con fecha 1 de octubre de 2001, el RENIEC suscribio un contrato para el servicio de vigilancia y seguridad de sus instalaciones y personal con la Empresa PROVIGILIA S.A., cuyo plazo de vigencia ha concluido el 30 de septiembre de 2002; Que, no se puede hacer uso del derecho de contratar con dicha empresa el plazo adicional y ampliatorio que establece el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por encontrarse la misma sancionada con la medida de suspension de seis (6) meses, en su derecho de presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, segun Resolucion Nº 153-2002/CONSUCODE/PRE, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo a lo programado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del RENIEC se convoco el 18 de agosto de 2002, al Concurso Publico Nº 006-2002RENIEC para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia de los locales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el mismo que ha sido declarado desierto por el Comite Especial designado para organizar, conducir y ejecutar la integridad de dicho MORDAZA de seleccion; Que, debido a los hechos a que se contrae el parrafo precedente, el RENIEC se encuentra desprovisto del servicio de seguridad y vigilancia de sus instalaciones y personal, toda vez que, no se ha logrado la contratacion correspondiente dentro del periodo en que se programo la indicada contratacion; por lo que de conformidad con el Articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se configura la situacion de urgencia por la ausencia extraordinaria e imprevisible del mencionado servicio, que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que presta la entidad; Que, siendo la situacion de urgencia una medida temporal ante un hecho de excepcion como el que se senala, que determina una accion rapida a fin de contratar el servicio que permita paliar la urgencia sin perjuicio de que continue el MORDAZA de contratacion respectivo en su MORDAZA convocatoria, es necesario, llevar a cabo el MORDAZA de seleccion por exoneracion, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia por la causal senalada, para contratar por un periodo de tres (3) meses el servicio aludido para MORDAZA, las provincias de MORDAZA y el Callao, cuyo Valor Referencial asciende a S/. 420,352.00 (Cuatrocientos veinte mil trescientos cincuenta y dos y 00/100 nuevos soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, de conformidad con el Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la resolucion que apruebe la exoneracion a que se contrae el Articulo 19º de la indicada Ley, requieren obligatoriamente de un Informe Tecnico-Legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Estando al Informe Tecnico-Legal de la Gerencia de Asesoria Juridica y a lo dispuesto por los Articulos 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Articulos 108º y 113º de su Reglamento aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM respectivamente; Que, el Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, dispone que la contratacion de servicios que efectuen las entidades publicas, de acuerdo a sus Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que superen las (3) UIT deberan ser autorizadas por el Titular de la entidad mediante la resolucion correspondiente, la misma que se publicara en la pagina WEB de la entidad; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en situacion de urgencia la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia para los locales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de MORDAZA, provincias de MORDAZA y el Callao, por el plazo de (3) tres meses, hasta que se efectue la MORDAZA convocatoria del mencionado concurso, por haber quedado desierto en su primera convocatoria. Articulo 2º.- EXONERAR al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil del MORDAZA de Seleccion de Concurso Publico para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia de los locales de MORDAZA, provincias de MORDAZA y el Callao por el plazo, Valor Referencial y Fuente de Financiamiento a que se refiere en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Division de Servicios Generales e Infraestructura, para que realice las actividades relacionadas con el MORDAZA de Seleccion por exoneracion, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, y en merito al Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002.

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