Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2002 (22/09/2002)


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CAPITULO V

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de setiembre de 2002

DE LA NOMINA DE LOS MIEMBROS DEL ORGANO DIRECTIVO Articulo 17º .- La nomina de los miembros del organo Directivo de la Organizacion Social, elegido conforme a su Estatuto, sera presentada en hoja simple; debiendo adjuntarse MORDAZA del Acta de eleccion correspondiente, autenticada por Fedatario Municipal. Dicha nomina contendra los siguientes datos: a. Nombre de la organizacion. b. Periodo de vigencia del organo directivo de conformidad con el Estatuto. c. Cargo directivo, nombres y apellidos del miembro elegido, direccion y documento de identidad. CAPITULO VI DE LA NOMINA DE LOS MIEMBROS DE LA ORGANIZACION SOCIAL Articulo 18º.- Los miembros de la organizacion se encuentran registrados en el Libro Padron o Registro de Miembros de la Organizacion, en el que constan actualizados los datos personales, actividad, domicilio y fecha de admision de cada uno con indicacion de los que ejerzan cargos directivos o de representacion y aquellos datos que la organizacion considere convenientes. La nomina de miembros de la organizacion es la relacion obtenida, en el mismo orden del Libro Padron o Registro de Miembros, la cual sera presentada en MORDAZA simple; con MORDAZA autenticada por Fedatario Municipal de la parte pertinente del respectivo Libro Padron. La nomina contendra por lo menos los siguientes datos: a. b. c. d. Nombres y apellidos, Documentos de identidad, Direccion, Firma. TITULO V DEL TRAMITE DE RECONOCIMIENTO Y REGISTRO MUNICIPAL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Articulo 19º.- Las solicitudes de reconocimiento y/o registro de las organizaciones sociales en el Registro de Organizaciones Sociales o de inscripcion de actos posteriores, seran anotadas en el Libro de MORDAZA debidamente autorizado por el funcionario encargado. El Libro de MORDAZA contendra como minimo los siguientes datos. a. Numero de ingreso. b. Fecha y hora de MORDAZA en tramite documentario. c. Numero de documentos simple o expediente. d. Nombre o denominacion de la organizacion. e. Los documentos presentados por la organizacion. f. Domicilio. g. Otros que MORDAZA necesarios para el registro. Articulo 20º.- Presentada la solicitud por la Organizacion Social se realizara la calificacion y verificacion de los documentos adjuntados, en un plazo no mayor de 10 dias habiles. Si la calificacion fuera positiva, se emitira el informe correspondiente a fin de que se expida la Resolucion de Reconocimiento y Registro en un plazo no mayor a 15 dias habiles. Si la calificacion fuese negativa, por los defectos subsanables, se notificara a la organizacion para que en el plazo de 15 dias habiles, subsane las observaciones bajo apercibimiento de denegar la solicitud. TITULO VI DE LAS IMPUGNACIONES Articulo 21º.- De presentarse impugnaciones contra las resoluciones aprobatorias o denegatorias de reconocimiento y registro, o de inscripcion de actos posteriores, el funcionario encargado, teniendo en cuenta las pruebas presentadas, las normas internas de la organizacion y la legislacion vigente, resolvera sobre las reclamacion

planteada conforme a los terminos y disposiciones establecidas por la Ley Nº 27444 - "Ley del Procedimiento Administrativo General". La Oficina encargada podra proponer mecanismos de conciliacion a las partes. Lo acordado es cumplimiento obligatorio para las partes y sera recogido obligatoriamente en la Resolucion que para tal fin emita la Municipalidad, no procediendo contra MORDAZA recurso impugnatorio alguno. Articulo 22º.- La Resolucion de reconocimiento y Registro Municipal de las Organizaciones Sociales que emita el MORDAZA o el Funcionario que este delegue, podra ser reconsiderada ante la misma instancia y apelada en MORDAZA instancia ante el Concejo Municipal. Con la resolucion del Concejo Municipal emitida en MORDAZA y MORDAZA instancia quedara agotada la via administrativa. TITULO VII DEL ARCHIVO Y/O SISTEMA DE INFORMACION DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES Articulo 23º.- La Division de Participacion Ciudadana, Registro y Acreditacion, para el Registro de las Organizaciones Sociales abrira un Archivo y/o Sistema de Informacion del que contendra como minimo la siguiente informacion. 1. Asiento Principal de Inscripcion: Contendra los datos esenciales de la organizacion para su inscripcion. a. Numero de inscripciones de la organizacion. b. Fecha de inscripcion. c. Codigo de la organizacion. d. Nombre o denominacion. e. Domicilio de la organizacion. f. Fecha de inicio. g. Numero de miembros. h. Resumen del Estatuto. i. Relacion de los integrantes del Organo Directivo j. Fecha de inicio y termino de los cargo directivos. k. Numero de la Resolucion de Alcaldia que reconoce a la Organizacion. 2. Asiento MORDAZA de Inscripcion: Contendra los actos que la organizacion con posterioridad a su inscripcion realice, como: a. Cambio de nombre o denominacion. b. Cambio de domicilio. c. Aumento o disminucion del numero de miembros. d. Renovacion del Organo Directivo y entrega de credenciales. e. La constitucion de comisiones u organos de apoyo. f. Modificacion de Estatuto. g. Transformacion de la forma juridica que MORDAZA adoptado la organizacion. h. Fecha de disolucion de la organizacion aprobada por Asamblea General. En el caso de los literales a), d), e), f), g) y h) se MORDAZA constar en el asiento respectivo el numero de Resolucion de Alcaldia correspondiente a la modificacion producida. Articulo 24º.- Los Actos modificatorios comprendidos en los literales a), d), e), f), g) y h) del asiento MORDAZA, para su validez, seran inscritos previa MORDAZA de la MORDAZA autenticada por Fedatario Municipal o legalizada por Notario Publico, de: a. El Acta de Asamblea General en que conste el acuerdo correspondiente. b. La convocatoria. c. El Padron o Registro actualizado de miembros. TITULO VIII DE LAS CREDENCIALES A LOS DIRIGENTES DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Articulo 25º.- La Direccion de Desarrollo Humano y Participacion Ciudadana, otorgara la respectiva credencial a cada uno de los miembros del Organo Directivo de la Organizacion Social inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales de conformidad con la presente ordenanza. La credencial contendra como minimo:

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