Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2003 (19/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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13.4) - Lurin - Emp.R 01S (Km 51) constituye una Ruta Departamental; Que, segun el numeral 2.05.01 de las Normas Tecnicas para Estudios y Construccion de Caminos aprobadas por Resolucion Suprema Nº 333 de fecha 8 de octubre de 1947, la faja de dominio o el area de terreno ocupado por las vias y sus obras complementarias, sera de 20 m. o sea, 10 m. a cada lado del eje en las carreteras de 1ª y 2ª clase; Que, de acuerdo al numeral 1.01.01 de las Normas Tecnicas aprobadas por la mencionada Resolucion Suprema, las carreteras regionales que atraviesan una region del MORDAZA con el objeto de unir los principales centros de produccion o las capitales de departamentos, dandoles acceso a las carreteras nacionales, son carreteras de MORDAZA clase, por lo que habiendo sido clasificada como Ruta Departamental, corresponderia asignar a la Ruta 14113 un derecho de via de 10 m. a cada lado del eje, tal como se senala en el Informe Nº 02-2002-MTC/14.CMC; Que, dentro del MORDAZA legal senalado resulta necesario precisar el derecho de via de la mencionada carretera, de acuerdo al Informe Nº 02-2002-MTC/14.CMC; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 20081, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC: SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar que el Derecho de Via en la carretera Emp. R01S (Pte. MORDAZA MORDAZA Km. 13.4) - Lurin Emp. R01S (Km 51), denominada Ruta 14-113 de orden departamental, es de una faja de 20 metros, es decir 10 metros a cada lado del eje de la carretera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 05243

del Subsector Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la que en Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la matriz de comentarios a la Directiva que establece los Mecanismos de Transparencia y Acceso a la Informacion del Subsector Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO Directiva que establece los Mecanismos de Transparencia y Acceso a la Informacion del Subsector Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
I. OBJETO Establecer los mecanismos necesarios para promover y establecer una cultura de transparencia en el acceso ciudadano a la informacion que genera y administra el Subsector Comunicaciones, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y para facilitar la participacion de los ciudadanos en la formulacion de politicas publicas en este MORDAZA, teniendo como base la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, modificada por la Ley Nº 27927. El Subsector Comunicaciones comprende las actividades referentes a los servicios de telecomunicaciones y los servicios postales. II. BASE LEGAL El inciso 5 del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru reconoce el derecho de toda persona a solicitar, sin expresion de causa, la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, excepto la que afecta la intimidad personal y las que se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. El numeral 1.12 del Articulo IV, Principios del Procedimiento Administrativo, del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las entidades publicas deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la informacion que administren, sin expresion de causa, salvo aquellas que afecten la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional, o las que expresamente MORDAZA excluidas por ley, y extender las posibilidades de participacion de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones publicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusion, los servicios de acceso a la informacion y la MORDAZA de opinion. La Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece en su Articulo 4º, que la finalidad fundamental del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado es la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, siendo uno de los objetivos la transparencia en su gestion. Mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. III. FINALIDAD Asegurar el acceso a toda informacion relevante para los agentes del MORDAZA y la ciudadania en general, con el fin de promover y garantizar la transparencia en la gestion del Estado, fortalecer el MORDAZA de toma de decisiones publicas y privadas, y facilitar la participacion de los interesados en la definicion de politicas del sector, lo que contribuira al mejor desarrollo de los servicios de telecomunicaciones y servicios postales.

Aprueban Directiva que establece Mecanismos de Transparencia y Acceso a la informacion del Subsector Comunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 192-2003-MTC/03
MORDAZA, 13 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de agosto de 2002, se publico en el Diario Oficial El Peruano el Proyecto de Directiva que establece los Mecanismos de Transparencia y Acceso a la Informacion del Subsector Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para la recepcion de comentarios; Que, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, modificada por la Ley Nº 27927, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 de la Constitucion Politica del Peru; y, entre otros aspectos, senala que todas las actividades y disposiciones de las entidades publicas estan sometidas al MORDAZA de Publicidad, que comprende la publicacion de la informacion a traves del MORDAZA de Internet de las entidades y a traves de los diarios entre otros medios; Que, se han recibido valiosos comentarios de los interesados y luego de su evaluacion, corresponde aprobar la Directiva que establece los Mecanismos de Transparencia y Acceso a la Informacion del Subsector Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en aplicacion del MORDAZA de transparencia resulta conveniente la publicacion de la matriz de comentarios en la pagina web de este Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, modificada por Ley Nº 27927, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; y, Estando a la propuesta del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva que establece los Mecanismos de Transparencia y Acceso a la Informacion

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