Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2003 (01/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2003

el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra las herederas declaradas del senor MORDAZA MORDAZA Maguino MORDAZA, por las obligaciones incumplidas por su causante frente a la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 20108

de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra los presuntos responsables de los hechos contenidos en el Informe Especial Nº 009-2002-23376 sobre indicios razonables de comision de delito detectado en el Examen Especial a la informacion presupuestaria para la Cuenta General de la Republica del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento del Plan Anual de Control para el Ano 2002, aprobado por Resolucion de Subcontralor Nº 069-2001-CG, emitido por la Oficina de Auditoria Interna del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y contra los que resulten responsables. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 20146

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de la comision de delito en el manejo presupuestal del INDECI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 357-2003-PCM MORDAZA, 31 de octubre de 2003 Visto el Oficio Nº 086-2002-INDECI/3.0 0 del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Subcontralor Nº 0692001-CG, se aprobo el Plan Nacional de Control correspondiente al ano 2002 del Sistema Nacional de Control, el cual se encuentra integrado por los Planes Anuales de Control de las Unidades Organicas de Linea de la Contraloria General de la Republica y los Organos de Auditoria Interna del Sistema; Que, en cumplimiento de la Resolucion citada precedentemente, la Oficina de Auditoria Interna del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI elaboro el Informe Especial Nº 009-2002-02-3376 sobre indicios razonables de comision de delito detectado en el Examen Especial a la informacion presupuestaria para la Cuenta General de la Republica del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el mismo que se efectuo de acuerdo con las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU y el Manual de Auditoria Gubernamental - MAGU; Que, en la ejecucion del mencionado Examen Especial se detectaron irregularidades en el manejo presupuestal que evidencian indicios razonables de comision de delito; Que, de conformidad con el NAGU 4.50 cuando en la ejecucion del trabajo de auditoria se evidencian indicios razonables de comision de delito y/o responsabilidad civil, en cautela de los intereses del Estado, el Auditor solicitara el apoyo legal necesario, sin perjuicio de la continuidad de la auditoria, para emitir con la celeridad del caso, un Informe Especial Legal con el respectivo sustento tecnico legal para que se inicien las acciones legales pertinentes en forma inmediata, en las instancias correspondientes; Que, asimismo, conforme al literal f) del articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, vigente a la fecha de los acontecimientos, sustituido posteriormente por el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes, motivo por el cual resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo

AGRICULTURA
Modifican el articulo 4º del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0801-2003-AG MORDAZA, 30 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 123º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, el Comite de Altas, Bajas y Enajenaciones debe estar conformado, como minimo, por un representante de Administracion, uno de Contabilidad y uno de Asesoria Juridica; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 031-2002-AG, de fecha 2 de diciembre de 2002, se aprueba el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles del Ministerio de Agricultura; Que, de conformidad con el articulo 4º del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles del Ministerio de Agricultura, citado en el considerando precedente, el Comite de Altas, Bajas y Enajenaciones sera designado mediante Resolucion Ministerial, el mismo que se encuentra integrado, entre otros, por el Asesor Legal de la Oficina General de Administracion; Que, de acuerdo al articulo 68º del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 031-2002-AG, cualquier modificacion a dicho Reglamento, se MORDAZA mediante Resolucion Ministerial; Que, dentro de este contexto, el Asesor Legal de la Oficina General de Administracion ha cesado en sus labores, sin que, a la fecha, se MORDAZA nombrado un reemplazo para ocupar dicho cargo, motivo por el cual, resulta necesario modificar el articulo 4º del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles del Ministerio de Agri-

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