Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2003 (25/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 25 de noviembre de 2003

Regidores ROMER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI, MORDAZA MORDAZA DENEGRI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ESTRAVER MORDAZA, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- RATIFICAR el contenido del Acuerdo de Concejo Nº 063 de fecha 28 de agosto de 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de setiembre de 2003, que respalda totalmente las acciones y gestiones que viene realizando el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para materializar la formalizacion de la conservacion de la administracion del Gran MORDAZA Wiracocha y la cesion de todos los atributos, facultades y derechos inherentes a dicha administracion por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, atendiendo al acuerdo arribado con el senor MORDAZA Castaneda Lossio, MORDAZA Metropolitano de MORDAZA el dia 3 de MORDAZA anterior apoyando su actuacion decidida hacia dicho fin. Articulo Segundo.- DISCREPAR con los terminos contenidos en la carta del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General del Servicio de Parques de MORDAZA - SERPAR MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA fechada el 13 de noviembre de 2003 y recibida por conducto notarial el 17 de noviembre de 2003, haciendo un llamado a dicha entidad para que se respete la decision y acuerdo arribado con el senor MORDAZA Castaneda Lossio, MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a que alude el articulo primero. Articulo Tercero.- NOMBRAR una Comision Multipartidaria de Regidores que, conjuntamente con el senor MORDAZA, puedan gestionar ante las autoridades competentes la solucion armonica ante la situacion descrita en este Acuerdo, la misma que quedara integrada de la siguiente manera: Regidor MORDAZA MORDAZA Quintana. Regidor MORDAZA Estraver Torres. Regidor MORDAZA MORDAZA Surichaqui. Regidor MORDAZA Nerio MORDAZA Mallqui.

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria Municipal y Gerencia Municipal la publicacion del presente acuerdo de concejo en el Diario Oficial El Peruano, asi como en otros dos diarios de circulacion nacional. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21989

Que, mediante INFORME Nº 038-2003/MDLP/OCI de fecha 12.11.2003 emitido por el Organo de Control Institucional, manifiesta que haber participado como Veedor de la Apertura de Sobres de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0002-2003-MDLP-CEO, para la ejecucion de obra "Construccion del MORDAZA Astete" llevada a cabo el 30.09.2002; Que, de acuerdo a la Evaluacion realizada por los miembros del Comite Especial para Obras Publicas, este descalifico a las empresas: MORDAZA Tamayo MORDAZA MORDAZA e Inversiones Urano S.A., por no presentar el sustento tecnico del plazo de ejecucion de acuerdo a lo solicitado y establecido en la Aclaracion de Bases: Cronograma PERT - CPM y el Diagrama de GANTT detallado; Que, como resultado de la calificacion final se otorgo la Buena Pro a la empresa R. y V. S.A. Contratistas Generales; Que, el Organo de Control Institucional manifiesta en su informe que las bases del MORDAZA no establecian la MORDAZA en las Propuestas Tecnicas del Programa PERT - CPM y Diagrama de GANTT, exigiendo estas, que si el plazo de ejecucion ofertado por el postor era inferior al plazo referencial en 80% deberia ser sustentado con una Programacion de Obras que incluya necesariamente el Cronograma PERT - CPM y Diagrama de GANTT, asimismo, manifiesta que el PRONUNCIAMIENTO Nº 148-2002-(GTN) emitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado opina que dicha evaluacion queda a criterio y subjetividad del Comite Especial, por lo que al no ser objetiva, deberia ser suprimida de las Bases; Que, la empresa Inversiones Urano S.A. presenta denuncia ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, al haber sido descalificada su propuesta y el Consucode mediante Oficio Nº D-1685-2003 (GTN/MON) de fecha 10.11.2003 traslada la misma a la institucion; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 3º de su Reglamento, senala que las adquisiciones y contrataciones que efectuen las Entidades del Estado deben realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas sustentadas y accesibles a los postores; Que, el Organo de Control Interno senala que se ha configurado vicios en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0002-2003-MDLP-CEO y recomienda se declare nulo el MORDAZA en concordancia al articulo 26º de la Ley Nº 26850 y articulo 57º de su Reglamento, debiendose retrotraer el MORDAZA a la etapa de Evaluacion de Propuestas; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972; Ley Organica de Municipalidades y del articulo 26º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar Nulo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0002-2003-MDLP/CEO en concordancia a lo dispuesto en el articulo 26º del Reglamento y 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y retrotraer el MORDAZA a la etapa de Evaluacion y Calificacion de Propuestas. Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Articulo Tercero.- Amonestar a los Miembros del Comite Especial de acuerdo al literal a) del articulo 47º del Reglamento de la Ley Nº 26850. Articulo Cuarto.- Encargar a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22000

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Declaran nulo MORDAZA de adjudicacion directa selectiva convocado para la ejecucion de obra Construccion del MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 332-2003-MDLP-ALC La MORDAZA, 20 de noviembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Visto, el INFORME Nº 038-2003/MDLP/OCI de fecha 12.11.2003 emitido por el Organo de Control Institucional; y,

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