Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2004 (04/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

Pag. 269726

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de junio de 2004

cion y Transmision Electrica de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERG, a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 9 al 12 de junio de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El presente viaje no irrogara gasto alguno al Estado. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera presentar ante la Presidencia de OSINERG un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 10638

SUNAT
Autorizan contratar servicios de mantenimiento de ascensores y montavehiculos, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 131-2004/SUNAT
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2004

SUNARP
Designan representante ante la Comision Regional de Saneamiento de Bienes del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 230-2004-SUNARP/SN MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Decimo Cuarta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, declara de necesidad y utilidad publica el saneamiento legal de los bienes muebles e inmuebles que los Consejos Transitorios de Administracion Regional hayan transferido a los Gobiernos Regionales y, en consecuencia, autoriza a estos ultimos al saneamiento legal de dichos bienes; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 147-CND-P2003, emitida por el Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 5 de diciembre de 2003, se aprobo la Directiva Nº 007-CNDP-2003, la cual establece en el numeral 4.3 que cada Gobierno Regional conformara una Comision de Saneamiento de Bienes, que se encargara del planeamiento y supervision de los tramites de saneamiento de dichos inmuebles, estableciendose en el numeral 4.3.3 de la Directiva MORDAZA senalada, que en dicha Comision interviene un representante de la SUNARP acreditado por el Titular de la Oficina; Que mediante Resolucion Nº 571-2003-SUNARP/SN, de fecha 10 de diciembre de 2003, se designo como representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ante las Comisiones Regionales de Saneamiento de Bienes del Gobierno Regional de MORDAZA a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villanueva; Que mediante Oficio Nº 270-2004-Z.R.NºVII/JEF, la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA, solicita se designe MORDAZA representante de la SUNARP ante la Comision Regional de Saneamiento de Bienes del Gobierno Regional de Ancash; De conformidad con la Directiva Nº 007-CND-P-2003, que establece la conformacion de las Comisiones de Saneamiento de Bienes de los Gobiernos Regionales y el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobados por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cruzati, Registrador Publico, como representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ante la Comision Regional de Saneamiento de Bienes del Gobierno Regional de MORDAZA en reemplazo de la abogada MORDAZA MORDAZA Villanueva. Articulo Segundo.- Comunicar la presente Resolucion al Gobierno Regional de MORDAZA, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos (e) 10535

CONSIDERANDO: Que el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con lo dispuesto en el Articulo 108º del Reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las adquisiciones o contrataciones por situaciones de urgencia; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º del mencionado Texto Unico Ordenado; Que en los Articulos 105º y 116º del referido Reglamento, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Informe Tecnico Nº 919-2004-SUNAT-2G3000 de la Gerencia Administrativa, indica que el MORDAZA de seleccion convocado para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores y montavehiculos de las dependencias de la SUNAT en MORDAZA y Callao fue declarado nulo en dos oportunidades consecutivas y posteriormente desierto; Que asimismo, senala que los retrasos en la contratacion del servicio ha generado que durante el presente ano, los ascensores de las oficinas de las sedes de MORDAZA y Callao que tienen edificaciones de mas de diez pisos no cuenten con mantenimiento; Que por otro lado, el Informe Tecnico Nº 003-20042G3300 de la Division de Ingenieria y Mantenimiento, ha precisado la necesidad urgente del mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores y montavehiculos, dado que continuamente vienen presentado desperfectos, poniendo en riesgo la integridad fisica del personal y afectando la operatividad de la entidad; caso contrario, sera necesario la paralizacion del servicio de estos equipos, originando perdida diaria de tiempo; Que agrega que dicha paralizacion podria ocasionar la MORDAZA de algunos dispositivos, como tarjetas electronicas, con los consiguientes gastos en los que se tendria que incurrir para restablecer su operacion; Que de acuerdo con los hechos expuestos, es necesario gestionar la autorizacion para la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, por situacion de urgencia, a fin de realizar la contratacion que permita asegurar el mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores y montavehiculos de las Sedes de MORDAZA y Callao; Que por su parte, el Informe Legal Nº 23-2004-SUNAT-2B2300, senala que la situacion descrita compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios y operaciones que tiene a cargo la SUNAT, y representa un MORDAZA peligro de accidente al que se encuentran expuestos los trabajadores que laboran en las referidas dependencias; lo que determina que se configure la situacion de urgencia prevista en el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el numeral 2 del Articulo 108º de su Reglamento; Que lo expuesto en los referidos informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los ascensores y montavehiculos de las Sedes de la SUNAT ubicadas en MORDAZA y Callao, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.