Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2004 (04/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de junio de 2004

Articulo 4º.- Notifiquese la presente Resolucion a las Oficinas y Despachos competentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. EFIGENIO MENDOCILLA MORDAZA MORDAZA 10557

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCAVELICA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2004-MDM/C
Marcavelica, 25 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE MARCAVELICA VISTO: El Informe Nº 015-2004/MDM-As. Leg. Ex. del 24 de MORDAZA del 2004 y sus acumulados que tiene que ver con la Aprobacion de la Declaracion de Situacion de Urgencia para la Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Marcavelica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Inc. c) del articulo 19º del T.U.O. de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo con el articulo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por situacion de urgencia se considera aquella en que la ausencia extraordinaria e impredecible de determinados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando a la Entidad la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 108º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, determina que la Situacion de Urgencia debe de entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio que se realice en MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, asimismo, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las contrataciones y adquisiciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante procesos de adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad de la Entidad segun corresponda; Que, el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante procesos de adjudicacion de Menor Cuantia, dicha exoneracion debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal en caso de Gobiernos Locales; Que, conforme es de verse del Acta de su proposito de fecha 24 de MORDAZA del 2004 se ha reunido el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche en merito al Informe Tecnico Nº 011-2004-MDM/PVL, en el que se da a conocer la problematica para la adquisicion de

insumos del PVL y la comunicacion telefonica de la Dra. MORDAZA MORDAZA del CONSUCODE indicando que la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-MDM/CEP/PVL ha sido declarado Nulo por vicios procesales, por lo que haciendose de conocimiento al Titular del Pliego se recomienda en atencion al desabastecimiento de los beneficiarios del PVL en los meses de marzo, MORDAZA y MORDAZA del 2004 y en aplicacion de lo que dispone la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento via una Declaracion de Situacion de Urgencia se disponga la adquisicion de los insumos que disponga el Comite de Administracion del PVL, el cual considera urgente, necesario y perentorio su adquisicion acordando derivar los actuados al seno del Concejo Municipal que en la fecha se encuentra sesionando con la finalidad de que decidan aprobar la declaracion de situacion de urgencia teniendo en cuenta la necesidad perentoria de adquirir: Leche Evaporada de 410 Gr. y Hojuelas de Avena-Quinua y Kiwicha en los montos y cantidades que se indican que serviran para abastecer los meses de marzo, MORDAZA y MORDAZA del 2004. Por lo demas tambien se acordo adquirir los insumos Leche Evaporada Entera de 410 Gr., Hojuelas de Cebada y MORDAZA Enriquecida con Quinua y Kiwicha para los meses de junio hasta diciembre del 2004, de acuerdo a los montos, cantidades y disgregaciones que la misma acta indica; Que, el Informe Tecnico emitido sustenta la necesidad impostergable de Declarar en Situacion de Urgencia, conforme lo establece el articulo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 108º de su Reglamento, con la finalidad de asegurar la continuidad del Suministro de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, que permita cumplir con atender a los beneficiarios del PVL de la Municipalidad de Marcavelica; Estando a lo expuesto de conformidad con el Inc. c) del articulo 19º y los articulos 20º y 21º del T.U.O. de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y demas normas conexas y/o complementarias; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Marcavelica, para los meses de marzo, MORDAZA y MORDAZA del 2004, consistente en: - Leche Evaporada Entera de 410 gr. 17,400.00 Unidades (S/. 1.80 Unid.) por un monto de S/. 31,320.00 Nuevos Soles. - Hojuelas de Avena-Quinua y Kiwicha 13,155.528 Kg. (S/. 3.80 c/kg.) por un monto de S/. 49,991.01. MONTO TOTAL DE LOS PRODUCTOS: S/. 81,311.01 Nuevos Soles. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Abastecimiento para que proceda a la adquisicion de insumos de acuerdo a lo indicado en el articulo primero. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Jefatura de Administracion haga de conocimiento a la Contraloria General de la Republica el Acuerdo de Concejo pertinente y sus recaudos de conformidad con el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como la publicacion correspondiente del Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la lectura y aprobacion del acta, para que el Acuerdo de Concejo entre en vigencia de inmediato. Articulo Quinto.- ORDENAR al Comite Especial Permanente de Adquisiciones del Programa del Vaso de Leche, inicie las acciones pertinentes para adquirir los insumos correspondientes a los meses de junio hasta diciembre del 2004, de acuerdo a lo indicado por el Comite de Administracion del PVL de esta Comuna, en forma inmediata y dentro de los plazos legales. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 10606

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