Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2004 (06/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 2004

requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 244-2004-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion del bien de propiedad de la Junta de Propietarios Edificio Chinchon, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8626, ubicada en el MORDAZA Chinchon Nº 875, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 27 de setiembre del 2004, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente 31135402 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Distribucion Electrica Nº 8626 Ubicacion: distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM: Vertice Norte A 8 662 425,99 B 8 662 430,45 C 8 662 430,79 D 8 662 426,33 Area de servidumbre Suelo: 11,25 m² y sus aires. Propietario MORDAZA de terreno Junta de Propietarios Edificio Chinchon. MORDAZA

Este 279 509,10 279 508,50 279 510,98 279 511,58

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 19525

Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a devolucion definitiva de diversos impuestos a contratista del Contrato de Licencia para Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 87
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 464-2004-MEM/DM MORDAZA, 29 de octubre de 2004 VISTO; El expediente Nº 1482341, del 3 de agosto de 2004, formado por la empresa Burlington Resources Peru Limited - Sucursal Peruana, sobre aprobacion de la lista de bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 87; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27624 se establecio el derecho de las empresas que suscriban contratos o convenios a los que se hace referencia en los articulos 6º y 10º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto de Promocion Municipal y cualquier

otro impuesto al consumo que les sea trasladado o que paguen, correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestacion o utilizacion de servicios y contratos de construccion, directamente vinculados a la exploracion, durante la fase de exploracion de los Contratos y la ejecucion de los Convenios de Evaluacion Tecnica; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 1º de la Ley Nº 27624, modificado por la Ley Nº 27662, establece que las empresas que con anterioridad a su entrada en vigencia hubiesen suscrito los Contratos descritos en el considerando anterior al MORDAZA de la Ley Nº 26221, tendran derecho a la devolucion definitiva de los citados impuestos a partir de la fecha de inicio del periodo exploratorio siguiente a aquel en que se encuentren a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 27624; Que, el inciso c) del Articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgaran el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo deberan estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolucion Ministerial del Ministerio de Energia y Minas; Que, por Decreto Supremo Nº 061-2004-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de MORDAZA de 2004, ha sido aprobada la lista general de los bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a los titulares de las actividades de exploracion de hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27624 y su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2000-EM se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 87, suscrito el 25 de febrero de 2000, entre Perupetro S.A. y la empresa Advantage Resources MORDAZA, LLC, Sucursal Peruana; Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2000-EM, del 10 de noviembre de 2000, se aprueba la modificacion del referido Contrato, mediante el cual se establece la modificacion del programa minimo de trabajo correspondiente al MORDAZA y tercer periodo de la fase de exploracion; Que mediante Decreto Supremo Nº 009-2001-EM, del 5 de febrero de 2001, se aprueba la Cesion de Participacion en el referido Contrato, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2000-EM, y modificado por Decreto Supremo Nº 020-2000-EM, por parte de Advantage Resources MORDAZA, LLC, Sucursal Peruana a favor de Burlington Resources Peru Limited, Sucursal Peruana, asi como la modificacion del citado Contrato, derivada de la cesion que se aprueba en el referido Decreto; Que, la empresa Burlington Resources Peru Limited - Sucursal Peruana, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 87, suscrito el 25 de febrero de 2000, a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 27624 se encontraba en el MORDAZA periodo de la fase de exploracion, ha solicitado al Ministerio de Energia y Minas la aprobacion de la lista de los bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion definitiva de impuestos a partir de la fecha de inicio del tercer periodo de la fase de exploracion de dicho Contrato, conforme a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 1º de la Ley Nº 27624, modificado por la Ley Nº 27662; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Oficio Nº 689-2004-EF/10, de fecha 10 de setiembre de 2004, ha emitido opinion favorable a la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a favor de la empresa Burlington Resources Peru Limited - Sucursal Peruana, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 87; Con la opinion favorable del Viceministro de Energia y de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27624 y 27662 y el inciso c) del articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2002-EF;

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