Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2005 (21/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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1) Ingreso per capita familiar. 2) Numero de personas en el hogar. 3) Nivel de empleo de las personas que habitan en el hogar. 4) Nivel de educacion de las personas que habitan en el hogar. Articulo Sexto.- Requisitos Para poder acceder a la exoneracion es necesaria la concurrencia de la totalidad de los siguientes requisitos: a) Ser persona natural o sociedad conyugal con una unica propiedad, destinada a MORDAZA habitacion. b) El domicilio fiscal debe coincidir con el domicilio registrado para el impuesto predial. c) El Autovaluo debe ser inferior a Tres Unidades Impositivas Tributarias (3 U.I.T) d) El contribuyente no debe poseer capacidad contributiva, entendiendo como tal la incapacidad comprobada del pago de los arbitrios del ejercicio precedente. Articulo Septimo.- Procedimiento a) El contribuyente presentara ante Oficina de Tramite Documentario de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, una solicitud para el otorgamiento de la exoneracion, acogiendose a lo dispuesto en la presente Ordenanza, la misma que sera derivada a la Gerencia de Servicios de Desarrollo Social. b) Con la finalidad de emitir la resolucion que otorga la exoneracion, la referida Gerencia evaluara los criterios senalados en lo articulos 5º y 6º de la presente Ordenanza. c) La Gerencia del Servicio de Administracion Tributaria emitira la Resolucion Gerencial favorable o desfavorable acerca de la exoneracion solicitada, tomando en cuenta los requisitos del articulo 6º y las opiniones y conclusiones vertidas en el Informe emitido por la Gerencia de Servicios de Desarrollo Social y. d) Las impugnaciones a la Resolucion se tramitaran de acuerdo al procedimiento senalado en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Octavo.- Encarguese a la Gerencia de Servicio de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Servicios de Desarrollo Social el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12945

situacional de procedente por parte de la Gerencia de Servicios Sociales, este beneficio regira hasta el 27 de MORDAZA del 2005. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Servicios Sociales, a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12946

Declaran en situacion de desabastecimiento inminente servicio de recojo y traslado de residuos solidos y adquisicion de producto para el Programa Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2005-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 30 de junio de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: En la Sesion Ordinaria de Concejo del 30 de junio del 2005, la reconsideracion de los senores Regidores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Silupu MORDAZA sobre la votacion de la sesion de Concejo del 24 de junio, asi como el Informe Nº 0090-2005-SGLCP/MDPP de la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial, asi como el Informe Nº 1142005-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre la Declaracion de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Recojo y Traslado de Residuos Solidos en el distrito de MORDAZA Piedra. CONSIDERANDO: Que, en la Sesion Ordinaria de Concejo del 30 de junio del 2005, se puso a conocimiento del Pleno del Concejo, la reconsideracion de los senores Regidores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Silupu MORDAZA sobre la votacion de la Sesion de Concejo del 24 de junio del 2005, de la Situacion de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Recojo y Traslado de Residuos Solidos en el distrito de MORDAZA Piedra; Que, mediante Informe Nº 0090-2005-SGLCP/MDPP de la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial senala que el Contrato de Servicio, cuyo estado de excepcion se solicita, culmina el 30 de junio del 2005 y que el area usuaria, la Gerencia de Servicios Publicos ha elaborado los requerimientos necesarios para tal fin, habiendose realizado las cotizaciones correspondientes y elaborado un cronograma de lo que significaria convocar un MORDAZA de seleccion para tal fin, el mismo que culminaria el 16 de agosto del 2005, fecha posterior al vencimiento del contrato ahora vigente, con lo que se justificaria la declaracion de la excepcion solicitada; Que, la no continuidad de este servicio conllevaria a un estado de insalubridad e higiene del distrito con la proliferacion de enfermedades que afectarian directamente a los vecinos del distrito, atentando contra la salud publica asi como del ornato, por lo que ante este peligro inminente es de aplicacion lo normado en el literal c) del Articulo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante la Ley, que establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Emergencia o de Desabastecimiento Inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el Articulo 21º del TUO, establece que se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de

Aprueban modificacion de disposicion transitoria unica de la Ordenanza Nº 038-MDPP
ORDENANZA Nº 065-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, en la Sesion Ordinaria de la fecha, ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA DISPOSICION TRANSITORIA UNICA DE LA ORDENANZA Nº 038-MDPP Articulo Primero.- MODIFICAR la Disposicion Transitoria Unica de la Ordenanza Nº 038-MDPP, quedando redactada de la siguiente manera: Para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo Tercero respecto al pago por concepto de inspeccion ocular las organizaciones solo abonaran el 10% del monto estipulado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Exonerar el Pago por concepto de Inspeccion Ocular, a las Organizaciones Sociales que lo soliciten previo Informe

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