Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2005 (15/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 15 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES
MORDAZA Rusia Singapur Suecia Suiza Tailandia Taiwan Turquia Ucrania Uruguay Venezuela Vietnam MONEDA

Pag. 289001
MORDAZA DE CAMBIO (en US$) Rublo 0.036140 Dolar de Singapur 0.615839 MORDAZA 0.146186 MORDAZA 0.861030 Baht 0.026144 MORDAZA Dolar de Taiwan 0.032196 MORDAZA 0.000001 Hryvnia 0.189322 MORDAZA Peso 0.039526 MORDAZA 0.000522 Dong 0.000063

SUNAT
Fijan factores de conversion monetaria
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 120-2005-SUNAT/A Callao, 11 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 11-2005EF, senala que para la declaracion de la base imponible de los derechos arancelarios y demas tributos aduaneros, los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America; Que asimismo el tercer parrafo del citado articulo senala que en el caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, estos se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA debiendose establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion los factores de conversion monetaria; Que teniendo en cuenta lo senalado anteriormente resulta necesario actualizar los factores de conversion establecidos en la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 059-2005-SUNAT/A, considerando los factores fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 11-2005-EF, por el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y por Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible a que se refiere el tercer parrafo del articulo 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Nº 121-96-EF, de acuerdo al detalle siguiente: MORDAZA Union Europea MORDAZA Australia Bolivia Brasil Bulgaria Canada MORDAZA China Colombia Corea del Sur Dinamarca Ecuador Guatemala Hong MORDAZA MORDAZA Indonesia Japon Malasia Mexico Noruega Nueva Zelanda Panama MORDAZA Reino Unido (Inglaterra) Rumania MONEDA MORDAZA Peso Dolar Australiano Boliviano Real Lev Dolar Canadiense Peso Yuan Peso Won MORDAZA Sucre MORDAZA Dolar de Hong MORDAZA Rupia Rupia Yen Ringgit Peso MORDAZA Dolar Neozelandes Balboa Guarani Libra Esterlina Leu MORDAZA DE CAMBIO (en US$) 1.323600 0.341588 0.793525 0.124193 0.386952 0.677094 0.810833 0.001746 0.120824 0.000430 0.000994 0.177885 0.000040 0.130548 0.128222 0.022952 0.000108 0.009567 0.263193 0.090082 0.161015 0.728226 1.000000 0.000160 1.922600 0.000036

Articulo 2º.- Los factores a que se refiere el articulo anterior deberan ser utilizados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 05458

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan viaje de funcionarios en comision de servicios a Mexico y EE.UU.
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00000731 MORDAZA, 10 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Servicio de Administracion Tributaria tiene entre sus competencias la recaudacion y fiscalizacion del Impuesto al Patrimonio Vehicular y la recaudacion de las multas por infracciones al Reglamento Nacional de MORDAZA y Transporte Urbano. Que, es necesario implementar proyectos de identificacion y control de unidades vehiculares basados en sistemas de comunicacion de radiofrecuencia mediante chips de silicio, los mismos que en la actualidad reciben diversas aplicaciones, siendo una de ellas, la utilizacion del sistema para el control vehicular. Que, los Distritos Federales de Mexico, Tijuana y Saltillo del Estado de Mexico, asi como en la MORDAZA de San MORDAZA, California en Estados Unidos de Norteamerica se han adoptado sistemas basados en la tecnologia mencionada, por lo que es necesario enviar en comision de servicios a funcionarios del SAT vinculados con la aplicacion de la misma, a fin de que recaben informacion respecto de las ventajas y resultados obtenidos en las ciudades mencionadas, asi como los costos y la disponibilidad de dichos mecanismos de control. Que, por lo expuesto es necesario autorizar a los senores MORDAZA MORDAZA Negri MORDAZA, Gerente de Operaciones Especiales, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Informatica y MORDAZA MORDAZA Chaparro Luy, Gerente de Investigacion y Desarrollo funcionarios del Servicio de Administracion Tributaria, SAT, a viajar a las mencionadas ciudades desde el miercoles 16 de marzo de 2005 hasta el martes 22 de marzo de 2005. Que, el costo de los pasajes aereos, alojamiento y estadia en las mencionadas ciudades seran cubiertos con el presupuesto ordinario del SAT, por lo que los montos maximos por concepto de viaticos diarios por viajes

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