Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2005 (15/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2005

para la secuencia del MORDAZA de participativo en la elaboracion de los presupuestos municipales; Que, las municipalidades como organo de gobierno tiene entre sus fines el MORDAZA de planeacion local de manera integral y participativa estableciendo las politicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones que cumple cada actor local dentro del territorio; Que, luego de haber concluido el Plan Integral de Desarrollo Concertado en el distrito, el gobierno local de Ate ha iniciado la puesta en marcha de una estrategia de participacion ciudadana y Presupuesto Participativo, como mecanismo de concertacion y cogestion en la implementacion y ejecucion de dicho Plan y Presupuesto Participativo; Que, es necesario establecer el MORDAZA y los mecanismos de participacion para el MORDAZA de Presupuesto Participativo como instrumentos democraticos para la gestion del desarrollo local; Que, siendo el desarrollo derecho de todos, y al mismo tiempo, responsabilidad de todos, corresponde a los gobiernos locales institucionalizar la participacion concertada, para asegurar la mayor cobertura e impacto positivo de las acciones de desarrollo; Que, teniendo los gobiernos locales como mision principal la de representar a los vecinos de la circunscripcion, fomentar el bienestar comun, prestar o regular la prestacion de servicios publicos y promover el desarrollo local sostenible; requiere de modo imprescindible la participacion activa de los ciudadanos y de sus organizaciones en los diferentes MORDAZA de la MORDAZA local; Que, mediante Ordenanza Nº 035-MDA, se aprobo la zonificacion del territorio en 6 zonas de desarrollo; Que mediante Ordenanza Nº 053-MDA, se aprobo el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ate, que en su articulo 4º, funciones del Consejo de Coordinacion Local, establece como una de sus funciones el coordinar y concertar el Plan Integral de Desarrollo y el Presupuesto Participativo; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores asistentes a la sesion de concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA DEL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2006 Articulo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza institucionaliza y regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2006, como instrumento de gestion que contribuye a la construccion de una ciudadania plena dentro de un MORDAZA de participacion y concertacion local para el logro del desarrollo sustentable en el distrito. Articulo 2º.- Proposito La Municipalidad promueve y facilita el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2006 con el proposito de: a) Establecer de manera permanente relaciones y vinculos entre el conjunto de la sociedad civil del distrito y las instancias del Estado. b) Permitir de manera regular una adecuada informacion economica y administrativa de la Municipalidad Distrital de Ate a la Sociedad Civil. c) Generar espacios de concertacion entre la Institucionalidad del Estado y la Sociedad Civil que permitan el desarrollo sostenible del distrito en funcion del cumplimiento del plan de Desarrollo Integral Concertado al 2015 del distrito de Ate. d) Ampliar la participacion de la ciudadania en la toma de decisiones presupuestales. Articulo 3º.- MORDAZA Participativo Se considera al MORDAZA de Presupuesto Participativo como el conjunto de acciones tendientes a la planificacion, formulacion, validacion, aprobacion, gestion, ejecucion, y evaluacion del Presupuesto Participativo 2006 de la Municipalidad Distrital de Ate, con la intervencion

de los ciudadanos y de sus organizaciones sociales, instituciones publicas y privadas las cuales deberan participar de dicho MORDAZA de acuerdo a las normas legales vigentes y a la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Definiciones Basicas Las definiciones generales en el contexto de esta Ordenanza son: a. MORDAZA Participativo.- Es un espacio de concertacion por el cual las autoridades electas y las organizaciones de la poblacion, debidamente representadas, definen un conjunto de acciones a fin de orientar los recursos que se disponen en el Gobierno Local, especialmente para gastos de inversion, teniendo en cuenta el Plan Integral de Desarrollo. b. Plan de Desarrollo Concertado (PDC).- Instrumento de base territorial y de caracter integral, orientador del desarrollo local y del MORDAZA del presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la Vision de Desarrollo y Objetivos Estrategicos de mediano y largo plazo de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. c. Plan Estrategico Institucional (PEI).- Es un instrumento orientador de la gestion o quehacer institucional del Local, formulado desde una perspectiva multianual. Toma en cuenta la Vision del Desarrollo, los Objetivos Estrategicos y acciones concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, y los lineamientos establecidos en los PESEM. Contiene los Objetivos Institucionales y las acciones que le corresponde realizar en el MORDAZA de sus competencias. En el caso de los Gobiernos Locales, el PEI equivale al Plan de Desarrollo Institucional senalado en la Ley Organica de Municipalidades. d. Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o tematica asi como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ambito regional o local. Son Organizaciones Sociales de base territorial o tematica, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro del ambito regional o local, tales como juntas y comites vecinales, clubes de madres, comedores populares, comites de vaso de leche, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jovenes, las mesas de concertacion de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupacion social, las mesas de concertacion de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupacion social representativa en la localidad o region. Los Organismos e Instituciones Privadas son todas las organizaciones, instituciones y demas entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, camaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores o comerciantes, organismos de cooperacion tecnica internacional, fundaciones, MORDAZA, entre otras, con presencia en la jurisdiccion. e. Agentes Participantes.- Son quienes participan, con voz y MORDAZA, en la discusion y/o toma de decisiones en el MORDAZA de planeamiento y del presupuesto participativo. Estan integrados por los miembros del Consejo de Coordinacion Local, el Concejo Municipal, los representantes de la Sociedad Civil debidamente acreditados, de acuerdo al articulo 5º del Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y los representantes de las entidades de Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ambito de la Region, provincia o distrito y designados para estos fines. Integran tambien los Agentes Participantes, el Equipo Tecnico de soporte del MORDAZA que participa con voz pero sin voto. f. Equipo Tecnico.- Tiene la mision de brindar soporte tecnico en el MORDAZA de planeamiento del desarrollo concertado y presupuesto participativo y desarrollar el trabajo de evaluacion tecnica; asimismo de armonizar la realizacion de acciones y capacitacion a los Agentes Participantes. Articulo 5º.- Declarase de necesidad social y de interes publico la aprobacion de la presente Ordenanza, para regular las relaciones entre la Municipalidad, los sectores publicos y los actores sociales locales en el MORDAZA de participacion y de gestion local del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2006.

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