Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2005 (16/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, viernes 16 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 0172003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos ubicados en la provincia de Celendin, departamento de Cajamarca: - Distrito de Sucre: El Sombrecillo C, Calconga, Canorcoto y Cerro Los Gentiles. - Distrito de Oxamarca: Cerro El Callejon, Chokta. Articulo 2º.- Aprobar los planos de delimitacion, de acuerdo al siguiente detalle: - Plano Nº PETT-C/C-244 del sitio arqueologico El Sombrecillo C, a escala 1/1000, ubicado en el distrito de Sucre, provincia de Celendin, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. - Plano Nº PETT-C/C-245 del sitio arqueologico Calconga, a escala 1/500, ubicado en el distrito de Sucre, provincia de Celendin, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. - Plano Nº PETT-C/C-246 del sitio arqueologico Cerro El Callejon, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Oxamarca, provincia de Celendin, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. - Plano Nº PETT-C/C-248 del sitio arqueologico La Chokta, a escala 1/5000, ubicado en el distrito de Oxamarca, provincia de Celendin, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. - Plano Nº PETT-C/C-249 del sitio arqueologico Conorcoto, a escala 1/500, ubicado en el distrito de Sucre, provincia de Celendin, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. - Plano Nº PETT-C/C-251 del sitio arqueologico Cerro Los Gentiles, a escala 1/2500, ubicado en el distrito de Sucre, provincia de Celendin, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los sitios arqueologicos mencionados en el Articulo 1º y de los planos senalados en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 15853 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1234/INC MORDAZA, 8 de setiembre de 2005 VISTA, la Carta S/N de fecha 22/7/2004 presentada por el Licenciado MORDAZA M. Zubiaga MORDAZA con COARPE Nº Nº 040098 y RNA-INC Nº BZ-9822;

Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante la carta del visto el Licenciado MORDAZA M. Zubiaga MORDAZA con COARPE Nº Nº 040098 y RNAINC Nº BZ-9822, remite el Informe Final del Proyecto de Evaluacion Arqueologica Con Excavaciones "Delimitacion de Sitios Arqueologicos: Paraiso y La Pampa"; Que, mediante Acuerdo Nº 00331 de fecha 27 de junio de 2005, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo lo siguiente: 1. Recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico "La Pampa" ubicado en el distrito de Otuzco, provincia de Otuzco, departamento de la Libertad. 2. Aprobar el expediente tecnico (Ficha Tecnica, Memoria Descriptiva y Plano) del area intangible del sitio arqueologico "La Pampa", de acuerdo al Plano 1: Delimitacion del Sitio Arqueologico "La Pampa" con un area intangible de 10.02 Hectareas, y un perimetro de 1,896 m.l. Escala 1:2,000 de agosto del 2004. Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "La Pampa", ubicado en el distrito y provincia de Otuzco, departamento de La Libertad. Articulo 2º.- Aprobar el Plano 1: Delimitacion del Sitio Arqueologico "La Pampa" con un area intangible de 10.02 Hectareas, y un perimetro de 1,896 m.l. Escala 1:2,000 de agosto del 2004, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), la Condicion de Patrimonio Cultural del Sitio Arqueologico mencionado en el Articulo 1º y del plano referido en el Articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 15855

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