Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2006 (05/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de febrero de 2006

INABEC
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ano Fiscal 2006
RESOLUCION JEFATURAL Nº 009-JI-INABEC/2006 San MORDAZA, 30 de enero de 2006 VISTO: El Informe N° 008-OA-INABEC/2006 de la Oficina de Administracion, de fecha 27 de enero de 2006, respecto a la aprobacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el Ejercicio 2006. CONSIDERANDO: Que, segun lo estipulado en la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su modificatoria Ley N° 28267, que mediante el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, se aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley, que en su Articulo 7°, senala que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones. Dicho plan debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. Asimismo, lo estipulado en el Articulo 25º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego, en este caso la Jefatura Institucional del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo ­ INABEC, Titular del Pliego Presupuestal. Que, la Ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, MORDAZA y regula el MORDAZA presupuestario, los criterios tecnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera de los organismos del Estado. Que, de conformidad con el Capitulo III, Articulos 22°, 23°, 24°, 25°, 26° y 27° del Reglamento de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, el Area de Abastecimiento de la Oficina de Administracion, en coordinacion con el Area de Presupuesto de la Oficina de Asesoramiento Institucional, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2006, en el cual consolida la informacion relativa a la adquisicion y contratacion de bienes y servicios que realizara el INABEC durante el ano fiscal 2006, el mismo que resulta necesario aprobar. Estando a lo expuesto, con las visaciones de la Subjefatura Institucional, Oficina de Administracion, Oficina de Asesoramiento Institucional, Area de Asesoria Juridica, Area de Presupuesto y Planificacion y Area de Abastecimiento; y de conformidad con el Decreto Ley N° 21547 ­ Ley Organica del INABEC, su modificatoria Ley N° 28075 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 041-JI-INABEC-2001. SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo ­ INABEC para el Ano Fiscal 2006, el mismo que se detalla en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER, segun el Articulo 26° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0842004-PCM, que el Plan Anual y el documento que lo apruebe deberan ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (05) dias habiles de aprobado. Adicionalmente, el Plan Anual aprobado estara a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y la pagina web de esta, si la tuviere, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de costo de reproduccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

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