Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2006 (19/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano lunes 19 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

321929

Que, se ha expedido el Informe OSINERG-GART-AL/ 080-2006 de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG, que complementa la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM, en el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Del Alcance de la Resolucion La presente Resolucion es de aplicacion al establecimiento de los precios de las acometidas para las categorias de usuario C y D y de los costos de operacion y mantenimiento para las categorias de usuario B, C y D, dentro del ambito de la concesion de distribucion de gas natural por red de ductos de MORDAZA y Callao. Articulo 2º.- Topes Maximos de Acometidas Fijense los Topes Maximos por la Acometida (TMA) para categorias de consumidores C y D, que incluyen el costo de la Estacion de Regulacion y Medicion (ERM), el costo de la instalacion y el costo de la inspeccion y habilitacion de la acometida, efectuados por el Concesionario. Se precisa que dicho costo de inspeccion y habilitacion corresponde a la Acometida y no incluye a la instalacion interna del cliente. El sustento tecnico correspondiente se encuentra en los Informes Tecnicos OSINERG-GART/GDN numeros 024-2006 y 026-2006, que forman parte de la presente resolucion. Tabla Nº 1 Acometidas con Dos Ramas: Una Principal y otra secundaria ESTACION MORDAZA I1 I2 I3 I4 I5 I6 I7 I8 Caudal Max. m3 / h 200 320 400 500 500 800 1300 3200 TOTAL US 17 717 17 717 18 717 19 417 20 017 20 817 27 583 40 483

Adicionalmente a los costos definidos por cada MORDAZA de Acometida mostrados en las tablas Nº 1, Nº 2 y Nº 3, se deben agregar los siguientes costos de tuberia de acceso a la ERM, establecidos en las tablas Nº 4 y Nº 5 siguientes, segun corresponda y en concordancia a la actualizacion de costos efectuadas en MORDAZA del 2006, cuyo sustento tecnico se presenta en los Informes Tecnicos OSINERG-GART/GDN numeros 024-2006 y 0262006, que forman parte de la resolucion. Tabla Nº 4 Accesorio de Ingreso a la ERM de Polietileno (PE) Accesorio de Ingreso a la ERM PE 63 mm PE 110 mm PE 160 mm Tabla Nº 5 Accesorio de Ingreso a la ERM de MORDAZA
Accesorio de Ingreso a la ERM US$ / m Baja Presion (BP)(*) Media Presion (MP)

Total en US$ / m 24 32 46

MORDAZA 2" 58 MORDAZA 3" 67 MORDAZA 4" 79 MORDAZA 6" 97 MORDAZA 8" 118 (*) BP, presiones menores a 20 bares.

65 81 96 123 153

Articulo 3º.- De los nuevos Tipos de Acometidas Los Topes Maximos de Acometida se regulan teniendo en cuenta Acometidas Tipos, referidas a los requerimientos estimados que el MORDAZA demanda. Para tal efecto, cada ano, el Concesionario tiene la obligacion de proponer al OSINERG la regulacion de nuevos tipos de Acometidas con sus respectivos costos de mantenimiento. En aquellos casos de requerimiento de Acometidas que no se ajusten a las Acometidas tipos presentadas, los precios de las ERM podran establecerse de acuerdo a lo fijado en las Tablas Nº 1, Nº 2 y Nº 3. Sin embargo, para la aprobacion anual que efectue el OSINERG, el Concesionario debera presentar su propuesta de Topes Maximos para las nuevas Acometidas que el MORDAZA MORDAZA demandado. Articulo 4º.- Topes Maximos de Acometidas (TMA) y cargos de mantenimiento para Consumidores Independientes Los Topes Maximos de Acometida (TMA) para los Consumidores Independientes y sus cargos por mantenimiento, se establecen por acuerdo entre estos y el Concesionario mediante negociacion directa. A falta de acuerdo cualquiera de las partes puede solicitar dirimencia del OSINERG; en este ultimo caso, se seguira el procedimiento de regulacion respectivo. Articulo 5º.- Los Cargos Maximos de Mantenimiento de las Acometidas (CMMA) para Usuarios Regulados con consumos menores o iguales a 300 m3/mes (Categoria A) Para el caso de los consumidores regulados con consumos menores o iguales a 300 m3/mes (categorias A), de acuerdo a las modificaciones al Reglamento efectuadas con Decreto Supremo Nº 063-2005-EM del 28 de diciembre del 2005, los costos por mantenimiento deberan formar parte de la tarifa de distribucion, segun se establece en el articulo 31º del referido Decreto Supremo que modifica el articulo 119º del Reglamento y por lo tanto no cabe regular un cargo por mantenimiento para los consumidores de categoria A de la Concesion de MORDAZA y Callao, dentro del presente procedimiento regulatorio. Articulo 6º.- Los Cargos Maximos de Mantenimiento de las Acometidas (CMMA) para Usuarios Regulados con consumos mayores a 300 m 3/mes (Categorias B, C y D) Fijense los Cargos Maximos de Mantenimiento de la Acometida (CMMA), cuyo consumo sea superior a 300 3 m /mes, que comprende las categorias de Consumidores

Tabla Nº 2 Acometidas de Simple MORDAZA ESTACION MORDAZA 0 A B D E F MODELO 111 122 122 133 233 233 Tabla Nº 3 Acometidas de Doble MORDAZA ESTACION MORDAZA I J K MODELO 466 636 638 TOTAL US$ 42 623 69 398 70 031 TOTAL US$ 9299 11 178 11 268 12 825 13 261 13 892

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