Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2006 (30/11/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

333695

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Monumentos Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a inmuebles ubicados en el distrito de Catacaos, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1944/INC MORDAZA, 20 de noviembre de 2006 Visto el Oficio Nº 558-2006/INC-DRC-PIURA de la Direccion Regional de Cultura MORDAZA, y; CONSIDERANDO Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 035-2006-INC/DPHCRSDIH-DMVE la Sub Direccion de Investigacion Historica de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion presentada por la Direccion Regional de Cultura MORDAZA en relacion a la solicitud de declaracion de inmuebles ubicados en Jr. Comercio Nºs. 748-754-766 y Jr. San MORDAZA Nºs. 355-367-373, distrito de Catacaos, provincia y departamento de MORDAZA, corresponde perfectamente con los inmuebles que en 1933, segun inventarios, formaban parte del Complejo de la MORDAZA Desmontadora de la Empresa C. MORDAZA y Cia. en calidad de almacenes y depositos y donde se realizaban ademas otras actividades, como la de la separacion del algodon. Al parecer el inmueble que correspondia al Almacen de Algodon localizado en Jr. Comercio Nºs. 748754-766 fue recortado en algun momento, pues en 1933 esta linea iba hasta el MORDAZA Arequipa. Los inmuebles referidos conformaban en el pasado una unidad con la desmontadora y la MORDAZA habitacion y se hace necesario por tanto ampliar la declaratoria de Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion para incorporarlos y restituir de ese modo su unidad arquitectonica e historica como patrimonio cultural inmueble de tipologia industrial; Que, mediante Informes Nºs. 157 y 165-2006-INC/ DPHCR-SDR la Subdirectora de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano remite la documentacion tecnica para que sea evaluada por la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo integrada por el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, un representante del: Colegio de Arquitectos del Peru, Colegio de Ingenieros del Peru y Municipalidad Metropolitana de MORDAZA emitio el Acuerdo Nº 05 de fecha 18 de agosto de 2006, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. La documentacion presentada: Oficio Nº 558-2006/INC-DRC-PIURA, fichas de informacion basica Nºs. 01, 02, 03 elaboradas por el Tecnico en Conservacion II, senor MORDAZA MORDAZA, registro fotografico y digital del exterior e interior de los inmuebles. 2. El Informe Nº 035-2006-INC/DPHCR/SDIH/DMVE de la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA de los documentos de tasaciones de la maquinaria existente. CONSIDERANDO: 1. Que, se trata de tres inmuebles de factura republicana de la primera decada del siglo XX, siendo el inmueble ubicado en Jr. Comercio Nºs. 725-731-737-747-749, de mayor calidad arquitectonica que ocupo la desmotadora de algodon "Calixto MORDAZA S.A", el mismo que se

encuentra declarado Monumento mediante Resolucion Jefatural Nº 284-88-INC/J. 2. Que, de la investigacion historica realizada se infiere que los tres inmuebles objetos del estudio corresponden al complejo de la desmotadora de algodon "Calixto MORDAZA S.A", conformantes de una unidad funcional de arquitectura industrial posteriormente fraccionada por el trazado MORDAZA emplazandose como tres inmuebles ubicados en MORDAZA paralelas. La MORDAZA habitacion junto con la desmotadora se ubican formando un solo volumen con frente a la MORDAZA Comercio. 3. Que, el inmueble ubicado en Jr. Comercio Nºs. 748-754-766 actual MORDAZA de la Cultura y Biblioteca Municipal corresponde al antiguo almacen de algodon de la desmotadora. El inmueble ubicado en Jr. San MORDAZA Nºs. 355-367-373 corresponde al antiguo deposito de insumos de la desmotadora. 4.Que, actualmente se conservan las antiguas maquinarias utilizadas en el Complejo de la desmotadora de algodon "Calixto MORDAZA S.A". 5. Que, los inmuebles propuestos para declarar constituyen testimonios de la arquitectura industrial del distrito de Catacaos, representativo de los primeros anos del siglo XX. SE ACORDO: 1. Proponer se declaren Monumentos los inmuebles ubicados en Jr. Comercio Nºs. 748-754-766 y Jr. San MORDAZA Nºs. 355-367-373 del distrito de Catacaos, provincia y departamento de MORDAZA, correspondiente a la primera y MORDAZA seccion de bodegas del Complejo de la Desmotadora de Algodon "Calixto MORDAZA S.A", integrante del Patrimonio Industrial, incluyendo la conservacion de la maquinaria existente. 2. Encargar a la Direccion Regional de Cultura MORDAZA realizar las acciones pertinentes para la implementacion y exposicion del Patrimonio Industrial en coordinacion con la Municipalidad Distrital de Catacaos; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles"; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Construcciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura. SE RESUELVE: Articulo 1°.DECLARAR MONUMENTOS INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a los inmuebles ubicados en Jr. Comercio Nºs. 748-754-766 y Jr. San MORDAZA Nºs. 355-367373, distrito de Catacaos, provincia y departamento de MORDAZA, correspondiente a la primera y MORDAZA seccion de Bodegas del Complejo de la Desmontadora de Algodon "Calixto MORDAZA S.A", integrante del Patrimonio Industrial, incluyendo la conservacion de la maquinaria existente. Articulo 2°.- ENCARGAR a la Direccion Regional Cultura MORDAZA realizar las acciones pertinentes para la implementacion y exposicion del Patrimonio Industrial en coordinacion con la Municipalidad Distrital de Catacaos. Articulo 3°.- ENCARGAR a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura la inscripcion en los Registros Publicos acerca de la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los inmuebles a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4°.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en los Monumentos a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional Instituto Nacional de Cultura 6180-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.