Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2006 (30/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Beneficio desde la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta 15 de diciembre del ano en curso; vencido el plazo establecido, la Administracion procedera a cobrar el integro de la deuda Tributaria reajustada a la fecha de pago, asi como las sanciones que se deriven por el incumplimiento de la obligacion formal del contribuyente. Articulo Quinto.- FORMA DE PAGO Los contribuyentes que se acojan al presente beneficio, solo podran realizar el pago de la siguiente forma: 1. Al contado, o 2. En forma fraccionada, para lo cual, el deudor debera abonar: 2.1. Las personas naturales, hasta con minimo del veinte por ciento (20%) del total de la deuda como cuota inicial. 2.2. Las personas juridicas, hasta con minimo del treinta por ciento (30%) del total de la deuda como cuota inicial. 2.3. Aquellos que gozan del descuento por ser pensionistas, adulto mayor a 60 anos y/o discapacitados, hasta con minimo del diez por ciento (10%) del total de la deuda como cuota inicial. Para todo los casos enumerados anteriormente, el saldo de la deuda debera ser cancelado en un MORDAZA de 12 meses, incluyendo la cuota inicial. La deuda a fraccionar no debera ser menor al 10% de la UIT vigente. Excepcionalmente, las personas senaladas en el numeral 2.3 del presente articulo, podran fraccionar sus deudas hasta por un monto del 5% UIT. Los contribuyentes que se acojan al pago en la presente modalidad, deberan presentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 02-2004-MDSA, MORDAZA que regula el otorgamiento de fraccionamiento para los contribuyentes del distrito. Articulo Sexto.- PRONTO PAGO Los contribuyentes que cancelen dentro de la vigencia de la presente Ordenanza la cuota correspondiente a los arbitrios municipales de diciembre del 2006, gozaran de los beneficios establecidos. Articulo Septimo.- FRACCIONAMIENTOS VIGENTES Los contribuyentes que mantienen fraccionamientos vigentes podran acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza. Articulo Octavo.- PAGO EFECTUADO Los pagos realizados al contado o en forma fraccionada por los contribuyentes por obligaciones tributarias con intereses, moras o sanciones correspondientes, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza; no podran ser por ningun motivo materia de devolucion ni compensacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas y Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga del presente beneficio. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6244-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de beneficios en la Ordenanza Nº 277-MSS a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA N° 278-MSS MORDAZA de MORDAZA, 23 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 277-MSS de fecha 31 de octubre del 2006, se aprobo un beneficio para los contribuyentes del distrito de MORDAZA de MORDAZA, el mismo que contempla facilidades en el pago de sus obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio 2006, llamado "Destaca por tu cumplimiento, se un VSP", vigente hasta el 30 de noviembre del 2006; Que, a fin de incentivar el cumplimiento por parte de los vecinos del distrito, se ha visto por conveniente prorrogar la vigencia del beneficio mencionado, brindando la oportunidad al mayor numero de contribuyentes a ponerse al dia en sus obligaciones tributarias del presente ejercicio y ser considerado un Vecino Surcano Preferente para el ejercicio 2007; Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; De conformidad a lo dispuesto por los Articulos 9° numeral 8), Articulo 20º numeral 4) y articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, por Unanimidad se aprobo la siguiente; ORDENANZA PRORROGA DE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 277-MSS "DESTACA POR TU CUMPLIMIENTO, SE UN VSP" Articulo 1°.- PRORROGA Prorroguese hasta el 29 de diciembre del 2006 la vigencia de los beneficios establecidos en la Ordenanza N° 277-MSS que aprueba un beneficio a los contribuyentes del distrito para ponerse al dia en el pago de sus obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio 2006. Articulo 2º.- CUMPLIMIENTO Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria, asi como a la Oficina de Imagen Institucional. Articulo 3°.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 6184-1

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