Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2006 (14/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano sabado 14 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

330531

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 338-2006-VIVIENDA
MORDAZA, 12 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversion que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversion en saneamiento que seran ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, asi como por las Empresas Municipales Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales ­ EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 282-2006VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprueba la desagregacion de los recursos, provenientes del Credito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Nº 011-2006-MVCS/VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del Sector Saneamiento -PARSSA ha emitido opinion favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el financiamiento parcial de la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolucion por la suma total de S/. 1 868 368,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006, aprobada con Resolucion Directoral Nº 0522005-EF/76.01 y la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/ 76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicacion del numeral 3.2 del Articulo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Articulo 1º .- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 1 868 368,00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL, TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el financiamiento parcial de la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolucion Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion de los proyectos descritos en el referido Anexo, quedando prohibido que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA efectue anulaciones con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto

aprobado del presente ano fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Publicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico de Financiamiento del Proyecto de Inversion a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CHOQUEHUANCA. Articulo 4º.- La Direccion Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento, seran responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
ANEXO PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
COD SNIP 26804 MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA DIRECTA MONTO DE INVERSION 1,868,368.00

PROYECTOS MEJORAMIENTO DE AGUA POTABLE Y RED INTEGRAL DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TOTAL

1,868,368.00

03087-9

ORGANISMOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban Informe Defensorial Nº 1072006/DP "El Derecho a la Identidad y el ciclo de la Documentacion, MORDAZA Supervision 2005-2006"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0046-2006/DP MORDAZA, 13 de octubre de 2006. VISTO: El Informe Defensorial Nº 107-2006/DP "LA DEFENSORIA DEL PUEBLO y EL DERECHO A LA IDENTIDAD. Campanas de Documentacion y la Supervision 2005-2006", elaborado por la Adjuntia para la Administracion Estatal y el Programa de Proteccion a las Personas Afectadas a la Violencia. ANTECEDENTES: El derecho a la identidad es un derecho fundamental, consagrado en el inciso 1, articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru y, como tal, esta intimamente ligado a la dignidad de la persona. Tiene dos ambitos de proteccion: (i) identidad estatica, que es un conjunto de caracteristicas objetivas e inmutables en el tiempo; y (ii) identidad dinamica, compuesta por caracteristicas mutables en el tiempo. Es con relacion a la primera que el Estado tiene la obligacion de mantener un registro donde se inscriba a los peruanos y peruanas desde su nacimiento, lo que se materializa en brindar, a cada uno, una identificacion que le permita diferenciarse y, asi, ejercer sus derechos y deberes. La indocumentacion en el Peru continua siendo un gran problema. En el Plan Nacional de Restitucion de la Identidad

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