Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2006 (05/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano martes 5 de setiembre de 2006

4.2. COMPARACION DE LOS PRECIOS TEORICOS CON EL PRECIO PROMEDIO PONDERADO DE LOS CLIENTES LIBRES 4.3. TARIFAS EN MORDAZA 5. SISTEMAS AISLADOS 5.1. CRITERIOS PARA LA DETERMINACION DE LAS TARIFAS EN MORDAZA 5.2. RESULTADOS 5.2.1. 5.2.2. 5.2.3. 5.2.4. 5.2.5. 5.2.6. 5.2.7. Aislado Tipico A Aislado Tipico B Aislado Tipico E Aislado Tipico F Aislado Tipico G Aislado Tipico H Aislado Tipico I

1. MORDAZA DE REGULACION TARIFARIA El MORDAZA de Fijacion de Tarifas en MORDAZA se realizo de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. OSINERG, en aplicacion de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, incluyo, dentro del MORDAZA de regulacion de las tarifas de generacion, transmision y distribucion, la prepublicacion del proyecto de resolucion que fija la tarifa; asi como, la realizacion de audiencias publicas. En el Esquema 1.1 se resume la secuencia de actividades del MORDAZA para la Fijacion de las Tarifas en Barra. Las fechas indicadas corresponden al plazo limite de cada una de las etapas que involucran el MORDAZA de fijacion de precios. La secuencia de actividades a que se refiere el cronograma mostrado en el mencionado esquema fueron incluidas en estricto cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y, a traves de ellas, se establecio un ambiente abierto de participacion donde pudieron expresarse las opiniones de la ciudadania y de los interesados en general, a fin de que estas pudieran ser consideradas por el regulador MORDAZA que adoptase su decision final sobre la fijacion de las Tarifas en Barra.

6. ACTUALIZACION DE PRECIOS 6.1. SISTEMA NACIONAL ELECTRICO INTERCONECTADO

6.1.1. Actualizacion del Precio de la Energia 6.1.2. Actualizacion del Precio de la Potencia 6.2. SISTEMAS AISLADOS 7. REFERENCIAS

Esquema Nº 1.1

1.1. Propuesta del COES-SINAC Los titulares de las centrales de generacion y de sistemas de transmision, cuyas instalaciones se encuentren interconectadas en el Sistema Electrico Interconectado Nacional, conforman el organismo tecnico denominado COES-SINAC. De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 119º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas 5 , y por el Procedimiento para la Fijacion de Tarifas en MORDAZA,

en los Articulos 47º a 50º inclusive, de la Ley, en forma detallada para explicitar y justificar, entre otros aspectos, los siguientes: a) La demanda de potencia y energia para el periodo de estudio establecido en el Articulo 47º de la Ley; b) El programa de obras de generacion y transmision para el periodo de estudio establecido en el Articulo 47º de la Ley; c) Los costos de combustibles, Costo de Racionamiento considerado y otros costos variables de operacion pertinentes; d) La Tasa de Actualizacion utilizada en los calculos; e) Los Costos Marginales de Corto Plazo de energia determinados para el periodo de estudio establecido en el Articulo 47º de la Ley; f) Los Precios Basicos de la Potencia de punta y de la energia; g) Los factores de perdidas marginales de potencia y de energia; h) El Costo Total de Transmision, discriminando los costos de inversion y los de operacion y mantenimiento tanto para el Sistema Principal como para los Sistemas Secundarios de Transmision; i) Los valores resultantes para los Precios en Barra; j) La formula de reajuste propuesta; y, k) Calculo del Ingreso Tarifario esperado en los Sistema Principal y Secundarios de Transmision, para la fijacion del Peaje por Conexion y del Peaje Secundario.

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Articulo 119º.- MORDAZA del 15 de enero de cada ano, cada COES debera presentar a OSINERG el estudio tecnico-economico de determinacion de precios de potencia y energia en MORDAZA, de conformidad con las disposiciones contenidas

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