Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2007 (29/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC : : : US$ US$ US$ 791,94 400,00 30,25

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2007

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

Articulo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Produccion, a partir del 16 de setiembre de 2007 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

102279-6

AGRICULTURA
Declaran la caducidad del derecho de aprovechamiento forestal otorgado a la empresa Forestal Imiria S.R.L.
RESOLUCION GERENCIAL Nº 028-2007-INRENA-OSINFOR
MORDAZA, 8 de agosto de 2007

102279-5
VISTO:

Modifican la R.S. Nº 145-2007-PCM en la parte referida a fechas del viaje de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo a Australia
RESOLUCION SUPREMA Nº 148-2007-PCM
MORDAZA, 28 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 145-2007-PCM, de fecha 24 de agosto de 2007, se autorizo a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, senora MORDAZA Araoz MORDAZA, a viajar a la MORDAZA de MORDAZA, Australia, del 1 al 9 de setiembre de 2007, para participar en la Reunion de Lideres del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA MORDAZA (APEC), a la Reunion Conjunta de Ministros de Comercio y de Relaciones Exteriores que se realiza previamente y reuniones bilaterales con sus contrapartes; Que, en el MORDAZA de dichos eventos, el Gobierno Peruano ha solicitado que se lleven a cabo reuniones bilaterales presidenciales el dia 9 de setiembre de 2007, en las que se considera conveniente contar con la presencia de la Titular de dicho Sector, razon por la cual se requiere ampliar hasta el dia 10 de setiembre de 2007 la autorizacion otorgada; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 145-2007-PCM, en la parte referida a las fechas del viaje de la senora MORDAZA Araoz MORDAZA, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, las que quedan autorizadas del 1 al 10 de setiembre de 2007. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos : US$ 240,00

El Expediente Administrativo Nº 032-2005-OSINFOR, sobre el procedimiento administrativo unico iniciado contra el titular del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-048-02, empresa Forestal Imiria S.R.L., por la presunta comision de conductas que constituyen causales de caducidad previstas en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y sus modificatorias, en el cual obra el Informe Tecnico Legal Nº 026-2007-INRENA-OSINFOR-URAN-USEC, de fecha 27 de MORDAZA de 2007, de fojas 204 a 220; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 045-2005INRENA-OSINFOR, de fecha 18 de noviembre de 2005, que corre de fojas 68 a 71 del Expediente Administrativo Nº 032-2005-OSINFOR, la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables ­ OSINFOR, resuelve iniciar el procedimiento administrativo unico a la empresa concesionaria Forestal Imiria S.R.L., por la presunta infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, tipificada en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y sus modificatorias, cuya comision conlleva a la declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento otorgado mediante el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-048-02, asi como por incurrir presuntamente en las conductas descritas en los literales i), q), t), y w) del articulo 363º del acotado Reglamento; Que, el 25 de noviembre de 2005, el senor Wilder MORDAZA MORDAZA, representante legal de la empresa Forestal Imiria S.R.L., presenta el escrito s/nº que corre de fojas 74 a 76, ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Pucallpa, mediante el cual solicita se le entregue una serie de instrumentos probatorios que motivaron la emision de la Resolucion Gerencial Nº 045-2005-INRENA-OSINFOR, con el fin de efectuar su defensa, asi como se le otorgue un plazo ampliatorio correspondiente al termino de la distancia; Que, mediante escrito presentado ante la Mesa de Partes de OSINFOR, el 5 de diciembre de 2005, que corre de fojas 82 a fojas 85, el senor Wilder MORDAZA MORDAZA, reitera su solicitud con respecto a la documentacion necesaria para el ejercicio de su defensa, formulando en parte sus descargos; Que, con fecha 21 de diciembre de 2005, con la informacion solicitada en su poder, la empresa Forestal Imiria S.R.L., presenta el escrito s/nº que corre de fojas 151 a 154, mediante el cual formula finalmente sus descargos a lo senalado en la precitada Resolucion Gerencial; Que, en sus descargos, el representante legal de la empresa Forestal Imiria S.R.L., senala lo siguiente: i) El

Articulo 3º.- Quedan vigentes los demas terminos de la Resolucion Suprema Nº 145-2007-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.

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