Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 144

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como se detalla a continuacion:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

OTRAS CUENTAS POR COBRAR AL 31/12/2005
DETALLE Saldo al 31/12/95 (sin detalle) Responsabilidades fiscales (ex funcionarios) 31/12/95 Ajuste de entregar por rendir a cuenta al 95 31/12/95 Fraccionamiento ­intereses moratorio S/F Resoluciones de sanciones coactivo Otros TOTAL OTRAS CUENTAS POR COBRAR FECHA 31/12/95 31/12/95 MONTO AL 31.12.05 1,873.50 3'240,864.59 1'565,668.42 1'432,610.54 2'032,625.58 235,410.07 8'509,052.70

encontrandose pendientes de liquidacion y aprobacion, a pesar de que estas obras han sido culminadas y puestas en uso, aun no han sido transferidas a Infraestructura Publica, segun el detalle siguiente:
MODALIDAD Por Administracion Directa Por Encargo Por Contrata TOTAL MONTO APROBADO S/. 3'108,485.26 4'775,500.57 2'855,836.71 10' 739,822.54

Que, respecto a la Observacion N° 2 el Informe Largo senala que contraviene a lo dispuesto en el NICSP 1 MORDAZA de los Estados Financieros, parrafo 14.5 Informacion que debe ser presentado en el Estado de Situacion Financiera o en Notas: b) las cuentas por cobrar (exigibles) se analizan segun los montos por cobrar por concepto de cargos a los usuarios, impuestos y otros ingresos no reciprocos, montos por cobrar a otros miembros de la entidad economica, cuentas por cobrar a entes vinculados, pagos anticipados y otros importes. Senala ademas que se contraviene los Principios Contables Aplicables a la Contabilidad Gubernamental: Universalidad, Integridad y Unidad; el Sistema de Contabilidad Gubernamental registra todas las transacciones presupuestarias, financieras, patrimoniales, en un sistema unico, comun, oportuno y confiable afectado, segun la naturaleza de cada operacion, a sus componentes en forma separada, combinada o integral mediante registro unico. El Sistema de Contabilidad Gubernamental registra todas las transacciones cualesquiera sea su naturaleza, en un sistema unico que permite obtener informacion util y beneficiosa, es decir, representativa, verificable y coherente entre si, pues la misma es originada en una unica fuente informativa. Ademas inobserva el MORDAZA de Contabilidad Generalmente Aceptado: exposicion: los estados financieros deben contener toda la informacion y discriminacion basica y adicional que sea necesaria para una adecuada interpretacion de la situacion financiera y de los resultados economicos del ente a que se refieren. Como causa de esta observacion el Informe Largo senala que la Subgerencia de Contabilidad carece de personal idoneo en analisis de cuentas mostrando negligencia al analizar los saldos de anos anteriores y para determinar su confiabilidad. Asimismo, senala como efecto que presenta el saldo de Otras Cuentas por Cobrar Diversas por S/. 8'509.052.70 no se encuentran debidamente sustentado, por lo tanto no muestra la razonabilidad en los estados financieros. Respecto a esta observacion el Informe Largo senala que le asiste responsabilidad administrativa a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad por incumplir lo dispuesto en el articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Ordenanza N° 021-2004-MDSA, de fecha 30 de octubre de 2004, donde senala en el inciso 3) Establecer y mantener los sistemas, metodos y procedimientos contables para el registro de las operaciones economicofinancieros de la Municipalidad, teniendo en cuenta los Principios de Contabilidad, normatividad vigente y cumplir con las Normas Tecnicas de Control previstas por el Sistema Nacional de Control. Con lo que habria transgredido lo senalado en el inciso a) del articulo 21° del D. Leg. Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que dispone que son obligaciones de los servidores el de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico; Que, en la OBSERVACION N° 3 del Informe Largo denominada Obras Publicas, Culminadas y Puestas en Uso no Transferidas a Infraestructura Publica por S/. 10' 739,822.54, senalando que de la revision al reporte emitido por la Subgerencia de Contabilidad, muestra el analisis a la subcuenta Construcciones en Curso al 31.12.2005 por el importe de S/ 10' 739,822.54, esta conformada por obras que datan desde el ano 1995 hasta la fecha,

Que, asimismo la Observacion N° 3 senala que dicha situacion inobserva las normativas vigentes, tales como: articulo 1° numeral 11 de la Resolucion de Contraloria N° 195-88-CG (18.07.88) que regula la Ejecucion de Obras por Administracion Directa; articulo 164° sobre Liquidacion de contrato de obra, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Comunicado N° 005-2005EF/93.01 (20.12.05) Direccion Nacional de Contabilidad Publica. Determina como causa de esta observacion el Informe Largo debido a que la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, ha demostrado negligencia en efectuar oportunamente las liquidaciones de obras de acuerdo a la normatividad vigente. Asimismo senala como efecto que las obras terminadas y puestas en uso de la poblacion, la Subgerencia de Contabilidad lo mantiene como construcciones en curso por S/. 10'739,822.54 y no han sido transferidas a Infraestructura Publica, asimismo deben ser depreciados y mostrado en los estados financieros. Respecto a esta observacion el Informe Largo senala que le asiste responsabilidad administrativa a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad por incumplir lo dispuesto en el articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Ordenanza N° 021-2004-MDSA, de fecha 30 de octubre de 2004, donde senala en el inciso: 3) Establecer y mantener los sistemas, metodos y procedimientos contables para el registro de las operaciones economicofinancieros de la Municipalidad, teniendo en cuenta los Principios de Contabilidad, normatividad vigente y cumplir con las Normas Tecnicas de Control previstas por el Sistema Nacional de Control. Con lo que habria transgredido lo senalado en el inciso a) del articulo 21° del D.Leg. Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que dispone que son obligaciones de los servidores el de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico; Que, en la OBSERVACION N° 4 del Informe Largo denominada Antiguedad de Saldos de Anticipos Concedidos y Cargas Diversas que no han sido liquidadas oportunamente en S/. 294,944.18 y S/. 3,913.04 respectivamente, segun el siguiente detalle: SALDOS DE ANTICIPOS CONCEDIDOS
Anexo A. B. C. D. E. DENOMINACION Funcionarios Proveedores Otros Sub Gerencia de Tesoreria Sub Total Diversos Total IMPORTE 20,935.54 51,253.02 59,773.34 162,982.28 294,944.18 3,913.04 298,857.22

Que, con respecto a la Observacion N° 4 el Informe Largo senala que se contraviene preceptos normativos de aplicacion obligatoria a nivel del Sector Publico Nacional, referente al manejo y control de los Gastos Pagados por Anticipado y su revelacion en los Estados Financieros que se puntualizan en los parrafos del 75 al 76 de la MORDAZA Internacional de Contabilidad para el Sector Publico N° 1 MORDAZA de Estados Financieros - NICSP 1 aprobada por Resolucion N° 029-2002-EF/93.01 del 28.11.02 de la Contaduria Publica de la Nacion; articulos 11°, 69° y 74° de la Resolucion Directoral N° 003-2005-EF/77.15 que aprueba la "Directiva de Tesoreria para el ano 2005"; asimismo, la MORDAZA Tecnica de Control Interno para el Sector Publico, aprobado con Resolucion de Contraloria N°

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