Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2007 (14/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

- Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica COMISIONES NACION COMISIONES COLEGIADOS PERMANENTES ADSCRITAS Y DE COORDIORGANOS

TITULO III: DE LA ALTA DIRECCION Articulo 6º.- De la conformacion La Alta Direccion es el MORDAZA nivel de decision de la Presidencia del Consejo de Ministros y se encuentra integrada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Secretario General. CAPITULO I: DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS Articulo 7º.- Del Presidente del Consejo de Ministros El Presidente del Consejo de Ministros es la mas alta autoridad politica y ejecutiva de la Presidencia del Consejo de Ministros a la cual representa. Es Ministro de Estado. Es responsable del refrendo de los actos presidenciales que correspondan segun la Constitucion Politica del Peru y la Ley del Poder Ejecutivo. El Presidente del Consejo de Ministros establece los objetivos, formula, dirige y supervisa las politicas del Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros en MORDAZA con las disposiciones constitucionales y la politica general del Gobierno. Asimismo, supervisa las acciones de las comisiones y organismos publicos descentralizados adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad con lo dispuesto en las normas correspondientes. Es el titular del pliego presupuestal de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 8º.- De las atribuciones Sin perjuicio de las atribuciones que el articulo 123º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley del Poder Ejecutivo le confieren, le corresponde al Presidente del Consejo de Ministros las siguientes funciones: 8.1 Expedir Resoluciones Ministeriales en materia de su competencia; 8.2 Resolver, en MORDAZA instancia administrativa, los recursos administrativos interpuestos ante organos dependientes de el; 8.3 Desconcentrar en el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros o en otros funcionarios las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion de Presidente del Consejo de Ministros; 8.4 Coordinar con las entidades del Sector Publico, asuntos relacionados con la concurrencia, las presentaciones y exposiciones en el Congreso de la Republica del Consejo de Ministros y de los ministros; 8.5 Designar los representantes que fueran necesarios ante cualquier comision, consejo directivo u otros similares; 8.6 Representar a la Presidencia del Consejo de Ministros ante organismos y entidades estatales y privadas, nacionales e internacionales; 8.7 Coordinar y monitorear las acciones de descentralizacion; y, 8.8 Otras funciones que la Constitucion y la Ley establezcan. Articulo 9º.- De los asesores El Presidente del Consejo de Ministros podra contar con asesores designados mediante Resolucion Ministerial, cuyas actividades seran coordinadas por uno de ellos a quien se le designara como Jefe de Gabinete de Asesores. Son funciones de los Asesores: 9.1 Asistir al Presidente del Consejo de Ministros en los temas que les MORDAZA encomendados para el cumplimiento

de los objetivos institucionales dentro del MORDAZA de las politicas y lineamientos de la Presidencia del Consejo de Ministros; 9.2 Desarrollar y preparar los proyectos normativos y los documentos tecnicos que les MORDAZA encargados, cuyo sustento debera constar en el informe correspondiente; 9.3 Representar a la Alta Direccion ante las audiencias o ante las entidades que se les encomiende; 9.4 Coordinar con las entidades u organizaciones necesarias para el cumplimiento de los encargos realizados por el Presidente del Consejo de Ministros; 9.5 Informar permanentemente a la Alta Direccion sobre el resultado de sus actividades; 9.6 Prestar asesoria y asistencia a la Secretaria General, a las Comisiones Permanentes de Coordinacion y a la Comision de Coordinacion Viceministerial; y, 9.7 Otras funciones que le encomiende el Presidente del Consejo de Ministros. CAPITULO II: DE LA SECRETARIA GENERAL Articulo 10º.- Del Secretario General El Secretario General es la mas alta autoridad de la Presidencia del Consejo de Ministros, despues del Presidente del Consejo Ministros y depende jerarquicamente de el. El Secretario General tiene rango de Viceministro de Estado. Articulo 11º.- De las funciones Son funciones del Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros: 11.1 Dirigir las actividades de la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros; 11.2 Coordinar y supervisar las labores de los organos de la Presidencia del Consejo de Ministros dependientes de el; coordinar la ejecucion de las politicas sectoriales y actividades de los organos de la PCM y de los organismos y comisiones adscritas a MORDAZA, asi como de aquellos organos u organismos cuya coordinacion y/o supervision le sea expresamente asignada; 11.3 Informar al Presidente del Consejo de Ministros sobre el cumplimiento de las politicas de competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; 11.4 Ejercer en cumplimiento de sus funciones, la representacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, pudiendo celebrar con las instituciones publicas o privadas, nacionales o extranjeras, los contratos y/o convenios necesarios para tal fin; 11.5 Presidir la Comision de Coordinacion Viceministerial y asistir a las sesiones de la Comision Interministerial de Asuntos Economicos y Financieros (CIAEF) y de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS; 11.6 Someter a consideracion del Presidente del Consejo de Ministros los planes, programas y proyectos que requieran su aprobacion; 11.7 Expedir Resoluciones y Directivas sobre asuntos de su competencia; 11.8 Supervisar las actividades de los representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros designados por la Alta Direccion en las diversas comisiones, dentro de su competencia; 11.9 Resolver, en MORDAZA instancia administrativa, los recursos administrativos interpuestos ante organos dependientes de la Secretaria; 11.10 Organizar y controlar el MORDAZA de programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion del presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; 11.11 Conducir el MORDAZA de formulacion, seguimiento y evaluacion del Plan Estrategico Sectorial Multianual PESEM, del Sector y orientar la formulacion de los Planes Estrategicos Institucionales de las Entidades adscritas a la Presidencia del Consejo de Ministros; 11.12 Conducir el MORDAZA de formulacion y evaluacion del Plan Operativo Institucional y el Plan Estrategico Institucional; 11.13 Coordinar y supervisar el sistema de racionalizacion de la Entidad coadyuvando a lograr los objetivos Institucionales; 11.14 Supervisar que los Proyectos de Inversion Publica se enmarquen en los Lineamientos de Politica,

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