Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2007 (14/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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la renuncia, se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargos de confianza; en concordancia con lo dispuesto en el articulo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion modificada por la Ley Nº 26510, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, lo establecido en la Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, Ley Nº 27594, el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA a partir del dia 3 de MORDAZA del 2007, la designacion de la Senora NEDDA MORDAZA MORDAZA HUAMBACHANO, en el cargo de confianza de Directora General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Educativas y Especializadas de la Biblioteca Nacional del Peru, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional (http://www.bnp.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional Biblioteca Nacional del Peru 83563-1

Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, faculta a la SBN a dictar normas procedimentales complementarias para la aplicacion del citado Reglamento; Con la visacion de la Gerencia General, la Gerencia de Operaciones, la Gerencia Legal, la Gerencia de Administracion y la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y la Resolucion Nº 315-2001/ SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 006-2007/SBN, la cual regula el "Procedimiento para el Arrendamiento de Predios de Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad", la misma que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejese sin efecto, la Resolucion Nº 0242004/SBN, que aprobo la Directiva Nº 006-2004/SBN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MITSUMASU FUJIMOTO Superintendente de Bienes Nacionales DIRECTIVA Nº 006-2007/SBN PROCEDIMIENTO PARA EL ARRENDAMIENTO DE PREDIOS DEL DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO DE LIBRE DISPONIBILIDAD I. FINALIDAD Regular los procedimientos, atribuciones y responsabilidades de los organos de las entidades publicas en el arrendamiento de predios de dominio privado del Estado. II. OBJETIVOS 1. Hacer mas eficiente el procedimiento de arrendamiento de los inmuebles de libre disponibilidad del Estado. 2. Implementar mecanismos que permitan salvaguardar los intereses del Estado. 3. Mejorar el control de la informacion relacionada a los arrendamientos a ser remitida al Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP a cargo de la Superintendencia de Bienes Nacionales. III. BASE LEGAL · Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificada por el articulo 5° del Decreto Ley Nº 25738, Ley de creacion de la SBN. · Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprobo el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales. · Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, mediante el cual se adscribio a la SBN al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. · El literal e) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 1312001-EF, que aprobo el Estatuto de la SBN, en el que se senala como una de las funciones de esta, la de aprobar las Directivas aplicables para la administracion, adquisicion y disposicion de los bienes de propiedad estatal a cargo de la SBN. · Decreto Supremo Nº 154-2001-EF que aprueba del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y sus modificatorias, en especial los articulos 64º y 72º que regulan el procedimiento para el arrendamiento de predios de propiedad del Estado de libre disponibilidad. · La Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que faculta a la SBN para dictar las normas procedimentales complementarias para la aplicacion del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal. · Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, dispone que los actos de administracion, adquisicion y disposicion de propiedad estatal, seran aprobados mediante Resolucion de la SBN, salvo en lo referente a las ventas directas de predios de propiedad estatal que deben aprobarse por Resolucion Suprema, con informe favorable de la SBN.

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aprueban Directiva que regula "Procedimiento para el Arrendamiento de Predios de Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad"
RESOLUCION Nº 032-2007/SBN La MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales SBN es un organismo publico descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en merito de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2007VIVIENDA, encargado del registro, control y administracion del patrimonio estatal; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, se aprobo el Estatuto de la SBN, el mismo que establece de manera expresa que la SBN tiene entre sus funciones, dictar directivas aplicables para la administracion, adquisicion y disposicion de los bienes de propiedad estatal; Que, mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, el cual senala, entre otras, que son funciones y atribuciones del Superintendente de Bienes Nacionales establecer la politica institucional y los lineamientos de gestion; asimismo, aprobar normas, documentos de gestion y procedimientos administrativos necesarios para el funcionamiento de la SBN; Que, efectuado el analisis respectivo resulta necesario modificar la regulacion del arrendamiento predial, teniendo como objetivo llegar a tener mayor eficiencia en el procedimiento, asimismo incorporar mecanismos que permitan salvaguardar los intereses del Estado; Que, teniendo en cuenta la Primera Disposicion Complementaria del Reglamento General de Procedimientos

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