Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2007 (05/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de marzo de 2007

2. Informe N° 0054-2007-GART "Calculo Preliminar del Peaje de la Garantia por Red Principal (GRP) del Proyecto Camisea, para el MORDAZA Ano de Calculo" 3. Informe N° 0048-2007-GART "Opinion legal sobre la interpretacion de la aplicacion del articulo 47 inciso b) de la Ley de Concesiones Electricas" 4. Absolucion de Observaciones al Informe N° 00012007-GART, presentado por el COES-SINAC. 5. Informe N° 0001-2007-GART "Observaciones al Informe Tecnico Economico presentado por el COESSINAC para la Regulacion de MORDAZA 2007" 6. Estudio Tecnico Economico de Determinacion de Precios de Potencia y Energia en Barras para la Fijacion Tarifaria de MORDAZA de 2007 (COES-SINAC) 7. Contratos de Concesion, con sus respectivas adendas, suscritos por el Estado Peruano al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM - Contrato suscrito con la empresa TRANSMANTARO - Contrato suscrito con la empresa REDESUR - Contrato suscrito con la empresa ISA PERU - Contrato suscrito con la empresa REP 8. Modelos: - "Modelo Perseo": Modelo para el Calculo de los Costos Marginales de Energia, incluye manuales y simulaciones con casos tipicos - "Modelo Demanda por Barras": Calculo de la demanda global y por barras para el periodo 2006-2009 9. Planillas de calculo diversas en medio optico ANEXO 2 PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° XXX-2007-OS/CD MORDAZA, XX de MORDAZA de 2007 VISTOS: El informe del Comite de Operacion Economica del Sistema Electrico Interconectado Nacional (en adelante "COES-SINAC"); los Informes Tecnicos de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria N° XXX-2007-GART y N° XXX-2007-GART, y el Informe emitido por la Asesoria Legal N° XXX-2007-GART. CONSIDERANDO: Que, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN") de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3° de la Ley N° 273321, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en los Articulos 27° y 52°, literales p) y u), de su Reglamento General2, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y en el Articulo 22°, literal h), del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas3 aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, tiene el encargo de regular las Tarifas en MORDAZA para los suministros a que se refiere el Articulo 43°, inciso d) de la Ley de Concesiones Electricas4 (en adelante "LCE"); Que, la MORDAZA "Procedimientos para la Fijacion de Precios Regulados", aprobada por el Consejo Directivo de OSINERGMIN, mediante Resolucion OSINERG N° 00012003-OS/CD establece, en su Anexo A, el Procedimiento para Fijacion de Tarifas en MORDAZA, el mismo que contiene los plazos para las diferentes etapas que deben llevarse a cabo tales como, la publicacion del estudio del COESSINAC, las audiencias publicas previstas, la MORDAZA de observaciones y su correspondiente absolucion, etc.; Que, el Procedimiento para Fijacion de Tarifas en MORDAZA (Anexo A), conforme se senala en el Informe N° XXX-2007GART, se ha iniciado el 14 de noviembre de 2006 con la MORDAZA del Estudio Tecnico Economico correspondiente por parte del COES-SINAC. El OSINERGMIN, en cumplimiento de dicho procedimiento convoco la realizacion de una Audiencia Publica para que el COES-SINAC expusiera el contenido y sustento del Estudio Tecnico Economico, la misma que se realizo el 24 de noviembre de 2006; Que, seguidamente, el OSINERGMIN presento sus observaciones al referido Estudio, incluyendo aquellas otras observaciones que se presentaron como consecuencia de la Audiencia Publica. Al respecto, la

LCE dispone, en su Articulo 52°5 que, absueltas las observaciones, o vencido el plazo sin que ello se realice, el OSINERGMIN procedera a fijar y publicar los Precios en MORDAZA y sus formulas de reajuste mensual; Que, asimismo, conforme dispone la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 288326 y en concordancia con la Tercera Disposicion Complementaria Transitoria de la misma Ley7, el OSINERGMIN ha verificado que los Precios en MORDAZA no difieran en mas de diez por ciento (10%) del promedio ponderado de los precios de las Licitaciones. Los resultados de dicha verificacion se encuentran en el Informe N° XXX-2007-GART;

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Articulo 3º de la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos .­ Funciones.3.1 Dentro de sus respectivos ambitos de competencia, los Organismos Reguladores ejercen las siguientes funciones: ... b) Funcion reguladora: comprende la facultad de fijar las tarifas de los servicios bajo su ambito; ... Articulo 27º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por D.S. 054-2001-PCM.­ Organo Competente para ejercer la Funcion Reguladora.La funcion reguladora es de competencia exclusiva del Consejo Directivo de OSINERG y se ejerce a traves de Resoluciones. Articulo 52º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por D.S. 054-2001-PCM,.­ Funciones del Consejo Directivo.Son funciones del Consejo Directivo: ... p) Fijar, revisar y modificar las tarifas de venta de energia electrica, con estricta sujecion a los procedimientos establecidos por la Ley de Concesiones Electricas. Asimismo, fijar, revisar y modificar las tarifas y compensaciones que deberan pagarse por el uso de los sistemas de transmision y sistemas de distribucion de energia electrica, de acuerdo a los criterios establecidos en las normas aplicables del subsector electricidad. ... u) Fijar el Precio Basico de la Potencia de Punta a que se refiere el inciso f) del Articulo 47° de la Ley de Concesiones Electricas, segun el procedimiento definido en el Articulo 126° de su reglamento. ...

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Articulo 22° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por D.S. 009-93-EM­ Adicionalmente a las funciones senaladas en el Articulo 15 de la Ley, el Consejo Directivo debera: ... h) Emitir las directivas complementarias para la aplicacion tarifaria; ... Articulo 43º del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas .­ Estaran sujetos a regulacion de precios: ... d) Las ventas de energia de Generadores a concesionarios de distribucion destinadas al Servicio Publico de Electricidad; excepto, cuando se hayan efectuado Licitaciones destinadas a atender dicho Servicio, conforme a la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; y, ... Articulo 52º del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas .­ OSINERG efectuara sus observaciones, debidamente fundamentadas, a las propuestas de los Precios en Barra. Los responsables deberan absolver las observaciones y/o presentar un MORDAZA estudio, de ser necesario. Absueltas las observaciones o vencido el termino sin que ello se produjera, OSINERG procedera a fijar y publicar las tarifas y sus formulas de reajuste mensuales, MORDAZA del 30 de MORDAZA de cada ano. MORDAZA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica.-- Nueva referencia para la comparacion del Precio en MORDAZA El Precio en MORDAZA que fija OSINERG, no podra diferir, en mas de diez por ciento (10%), del promedio ponderado de los precios de las Licitaciones, vigentes al 31 de marzo de cada ano, segun se establece en el Reglamento. TERCERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica. - Adecuacion de la Referencia del Precio en MORDAZA Mientras la energia adquirida mediante Licitaciones a que se refiere el Capitulo MORDAZA sea inferior al treinta por ciento (30%) de la demanda de energia de los Usuarios Regulados del MORDAZA, la comparacion de las tarifas con los precios libres establecida en el articulo 53° de la Ley de Concesiones Electricas, se MORDAZA con la media ponderada de los precios obtenidos de las Licitaciones y los precios de los contratos con los Usuarios Libres. OSINERG definira el procedimiento para comparar el precio teorico, determinado segun el articulo 47° de la Ley de Concesiones Electricas, con el MORDAZA referente producto de las Licitaciones.

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