Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2007 (01/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 134

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de noviembre de 2007

e. La no preparacion de los Insumos del Programa del Vaso de Leche los dias indicados en los Cronogramas de Distribucion, acumulacion de insumos en el Almacen del Comite por no entregarle al Beneficiario. f. Adulteracion en el preparado de los alimentos (combinado) en el Comite del Programa del Vaso de Leche. g. Falsificacion de firmas de los Beneficiarios en las Planillas de Distribucion. h. Realizar eventos y actividades politicas dentro del Comite, de acuerdo al Reglamento de la Ley Nº 27470 Articulo 10º. Articulo 18º.- Para la aplicacion de las sanciones a las Coordinadoras que incurran en las descalificaciones descritas, se debe tener en cuenta la gravedad de la falta, la reincidencia los cuales incidiran en el MORDAZA de sancion: Amonestacion verbal o escrita, Suspension temporal hasta la separacion definitiva dejandose claramente establecido que las sanciones se aplicaran sin atender necesariamente el orden correlativo senalado. Articulo 19º.- En caso de afectar la suspension o separacion temporal de la Coordinadora o miembros de la Junta Directiva del Comite, se designara provisionalmente una Coordinadora teniendo la prioridad un miembro de la Junta Directiva; si ellos no pudieran aceptarlo por diferentes motivos se nombrara a uno de los Beneficiarios Titulares para el cargo de Coordinadora, mientras se convoque a elecciones la designacion estara a cargo de la Sub Gerencia del Programa del Vaso de Leche en coordinacion con los Coordinadores de Base. TITULO VI Del MORDAZA de Inscripcion Articulo 20º.- El MORDAZA de Empadronamiento o Reempadronamiento sera llevado a cabo por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA a traves de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores en coordinacion con la Organizacion del Vaso de Leche con personal debidamente acreditado. Articulo 21º.- Para el MORDAZA de Empadronamiento o Reempadronamiento se utilizara el Formato denominado "Ficha de Inscripcion para el Programa del Vaso de Leche" en la que se consignan los datos del Beneficiario Titular, informacion que requiere el Programa para su atencion. Articulo 22º.- La modificacion de cualquier MORDAZA de la ficha una vez incorporada al sistema del Programa del Vaso de Leche /Formato F-1PVL/ debera realizarlo la Junta Directiva de la OSB e informar por escrito a la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores. TITULO VII De la Distribucion Articulo 23º.- Para llevar a cabo la distribucion en los insumos del Programa del Vaso de Leche se seguiran los siguientes procedimientos: a. Los miembros responsables de la distribucion en los Comites del Vaso de Leche deben entregar a la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores las Planillas de Distribucion firmadas por los Beneficiarios Titulares, donde acredite la cantidad de dias y que insumos ha recibido. b. La atencion de los alimentos del Programa del Vaso de Leche sera en funcion al numero de Beneficiarios consignados en el Padron de Beneficiarios de cada comite. c. La Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores previa verificacion de la firma del Beneficiario Titular responsable del recojo de los alimentos en las Planillas de Distribucion, procedera a entregar las Papeletas o Guias de Despacho Mensual de los Insumos del Programa del Vaso de Leche a las Coordinadoras o miembros de la Junta Directiva. Articulo 24º.- El responsable de la distribucion de los insumos o alimentos del Programa del Vaso de Leche a los Comites, al momento de entregarlos debera hacer firmar la Papeleta de Despacho a la Coordinadora o miembros de la Junta Directiva aceptando la conformidad de la recepcion, entregando una MORDAZA a la Coordinadora del Comite firmante.

Articulo 25º.- La recepcion de los alimentos del Programa del Vaso de Leche estara a cargo de la Coordinadora o miembros de la Junta Directiva reconocidos por Resolucion Municipal. TITULO VIII De la Preparacion de los Recursos y Condiciones de Higiene Articulo 26º.- Los alimentos distribuidos por la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores a las O.S.B. deben ser preparados y distribuidos a los Beneficiarios en el horario establecido en la Ley Nº27470 Articulo 4º inciso 4.5. y la Ley Nº 27712 Articulo 4º inciso 4.1. Articulo 27º.- La preparacion y distribucion de los insumos debera ser en forma rotativa entre los integrantes de la Directiva del Comite. Articulo 28º.- Los utensilios de cocina tales como ollas, cucharones, tazas o recipientes de medida y cocinas, deberan mantenerse en buen estado higienico y de conservacion. Los enseres que entrega la Municipalidad a las Coordinadoras es para uso exclusivo del Comite; en caso de renuncia u otro de la Coordinadora, debe entregar los enseres a la Coordinadora, de no hacerlo se estaria incurriendo en apropiacion ilicita de un bien del Estado. Articulo 29º.- Los locales y lugares donde se preparan los alimentos deberan estar en condiciones higienicas adecuadas a efecto de garantizar la salubridad y calidad de los alimentos entregados. Articulo 30º.- Las personas responsables de la preparacion de los alimentos del Programa del Vaso de Leche deberan presentar las siguientes condiciones higienicas: a- Adecuar higiene personal (unas recortadas, cabellos recogidos y manos limpias). b- Deberan usar obligatoriamente el mandil y gorro del Programa. c- Deberan tener a la mano su Carnet de Sanidad. d- Deberan fumigar cada semestre el local donde se prepara los alimentos del Programa del Vaso de Leche a fin de garantizar la limpieza y salubridad. e- El Local donde se prepara los alimentos debe tener un ambiente que cuente con los servicios prioritarios y con las medidas de higiene y salubridad. TITULO IX De la Capacitacion Articulo 31º.- La capacitacion esta orientada a lograr el desarrollo organizacional de los Integrantes del Programa del Vaso de Leche y lograr los objetivos especificos en el servicio que brinda el Programa. Articulo 32º.- El Programa del Vaso de Leche realizara capacitacion dirigida a los Beneficiarios y Miembros de la Junta Directiva de los Comites sobre los siguientes aspectos: a. Normas Tecnicas Administrativas inherentes al Programa del Vaso de Leche. b. Beneficios Nutricionales de los productos alimenticios que provisiona el Programa del Vaso de Leche. c. Programa de difusion de los Beneficiarios de otros productos sustitutorios o complementarios. d. Talleres Productivos, dirigidos a Beneficiarios y miembros de la Junta Directiva de los Comites del Programa del Vaso de Leche. Articulo 33º.- Todos los integrantes del Programa estan en el deber y obligacion de participar en los Programas de Capacitacion organizado por la Municipalidad en forma directa o en convenio con otras instituciones en asuntos y temas inherentes al Programa. Articulo 34º.- Para participar en los Programas o eventos de capacitacion y/o becas deberan estar en la condicion de Beneficiarios del Programa del Vaso de Leche.

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