Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2008 (29/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 29 de enero de 2008

control y seguimiento de la conservacion y preservacion del recurso hidrico subterraneo del MORDAZA de Ica y Pampas de Villacuri; Que, la Intendencia de Recursos Hidricos del INRENA, mediante Informe Nº 041-2007-INRENAIRH-DIRHI-EZT, senala que los resultados del estudio hidrogeologico, monitoreos efectuados desde 1999 y simulacion del acuifero del MORDAZA de Ica y Pampas de Villacuri, indican que los niveles de agua estan descendiendo en forma continua, debido a la sobreexplotacion del acuifero, razon por la cual recomienda establecer la prohibicion de ejecucion de obras de perforacion de nuevos pozos y otras obras de captacion de aguas subterraneas en dicha MORDAZA y reducir el caudal de explotacion actual en 1.26 m3/seg. (39.7 MMC); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17752, Ley General de Aguas y Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conservacion y preservacion del recurso hidrico Disponer la conservacion y preservacion del recurso hidrico del acuifero del MORDAZA del rio Ica - Villacuri, que tiene una extension de 1 373.04 km2, ubicado en los distritos de San MORDAZA de los Molinos, La Tinguina, Parcona, Ica, MORDAZA ­ MORDAZA, Subtanjalla, Los Aquijes, Pachacutec, MORDAZA, MORDAZA, Ocucaje, San MORDAZA MORDAZA, Pueblo MORDAZA y MORDAZA de Yauca, provincia y departamento de Ica, conforme al plano y memoria descriptiva que refrendados por la Intendencia de Recursos Hidricos del INRENA forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- MORDAZA para nuevos usos de agua y prohibicion de obras de explotacion Establecer MORDAZA para el otorgamiento de nuevos usos de aguas subterraneas por el plazo de dos (2) anos, contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion, en la MORDAZA a que se refiere el articulo 1º precedente, quedando prohibido ejecutar todo MORDAZA de obra destinada a la explotacion de recursos hidricos del acuifero del MORDAZA del rio Ica y Villacuri. Articulo 3º.- Volumenes de explotacion de aguas subterraneas Determinar que mientras dure la MORDAZA establecida por esta Resolucion, los volumenes de explotacion del acuifero del MORDAZA del rio Ica - Villacuri no podran ser superiores a 276.25 MMC anuales que equivalen a un caudal de explotacion de 8.76 m3/seg. Articulo 4º.- Ejecucion de obras para afianzamiento del acuifero Considerar prioritaria la ejecucion de obras de captacion de aguas superficiales y subterraneas con fines de uso multisectorial para el afianzamiento del acuifero de los valles de Ica y Villacuri. Articulo 5º.- Control y vigilancia del acuifero Las organizaciones de usuarios de agua, debidamente reconocidas, podran participar en las acciones de control y vigilancia del acuifero del MORDAZA del rio Ica y Villacuri que efectuara la Administracion Tecnica del Distrito de Riego Ica, asi como en el monitoreo de los niveles de MORDAZA freatica dentro de sus respectivos ambitos de accion. Articulo 6º.- Sanciones accesorias La aplicacion de multas por parte del Administrador Tecnico del Distrito de Riego, no impide las sanciones accesorias de clausura y MORDAZA de pozos ilegales, revocatoria de permisos, licencias u otras que corresponda, debiendo la Policia Nacional de Peru prestar el MORDAZA necesario que le sea solicitado para tal fin. Sin perjuicio de lo dispuesto en el parrafo precedente, resulta de aplicacion a quienes efectuen perforaciones

no autorizadas lo dispuesto por los articulos 3º y 4º del Decreto Supremo Nº 025-2007-AG. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 157687-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-2008-AG Mediante Oficio Nº 301-2008-AG-SEGMA el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 033-2008-AG, publicada en la edicion del 17 de enero de 2008. MORDAZA Considerando: DICE: "... Metodologia de Codificacion de Unidades Geograficas de Pfafstetter ... a escala 1:250,000 ..." DEBE DECIR: "... Metodologia de Codificacion de Unidades Hidrograficas de Pfafstetter ... a escala 1:100,000 ..." MORDAZA Considerando: DICE: "... Metodologia de Codificacion Geograficas de Pfafstetter ..." DEBE DECIR: "... Metodologia de Codificacion Hidrograficas de Pfafstetter ..." Articulo 1º.DICE: "Aprobar la Metodologia de Codificacion de Unidades Geograficas de Pfafstetter ..." DEBE DECIR: "Aprobar la Metodologia de Codificacion de Unidades Hidrograficas de Pfafstetter ..." 157686-1 de Unidades de Unidades

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de diciembre de 2007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 047-2008-EF/15 MORDAZA, 25 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley N° 28323, se establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion;

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