Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2008 (02/02/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

365625

de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo, por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, adopto el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de Servicios Personalisimos, para la contratacion del Dr. MORDAZA QUIROGA MORDAZA, quien estara encargado de la defensa de los intereses de la Municipalidad y Comunidad de Miraflores, ante el Tribunal Constitucional y el Congreso de la Republica, como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 21 de noviembre de 2007, recaida sobre el expediente N° 00003-2007-CC, de acuerdo a su propuesta de Honorarios Profesionales, que forma parte del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal. Registrese, Comuniquese y Cumplase MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 159537-1

el dia MORDAZA 16 de Marzo de 2008, a las 9:00am. 1° convocatoria y 9.30am 2° convocatoria, en el Auditorio Municipal ­ Av. MORDAZA MORDAZA N° 200 - San Borja. Articulo Segundo.- Aprobar el Cronograma del MORDAZA Electoral convocado, el cual sera publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad de San MORDAZA y en el MORDAZA Municipal medios por los cuales, tambien, se publicaran todos los actos que resulten del MORDAZA electoral. CRONOGRAMA DEL MORDAZA ELECTORAL
ETAPAS DIFUSION DE LA CONVOCATORIA INSCRIPCION DE ORGANIZACIONES SOCIALES SUBSANACION DE INSCRIPCIONES EMISION DE RESOLUCION DE INSCRIPCIONES PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL MORDAZA DE TACHAS AL PADRON ELECTORAL EVALUACION DE TACHAS PRESENTADAS PUBLICACION DE RESOLUCION DE TACHAS PUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL ELECCIONES PUBLICACION DE RESULTADOS FINALES FECHA 01 AL 21 DE FEBRERO 04 AL 22 DE FEBRERO 05 AL 26 DE FEBRERO 27 DE FEBRERO 27 DE FEBRERO 28 DE FEBRERO AL 05 MARZO 06 AL 12 DE MARZO 13 DE MARZO 14 DE MARZO 16 DE MARZO 18 DE MARZO

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Convocan a MORDAZA de eleccion de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y aprueban Cronograma del MORDAZA Electoral
DECRETO DE ALCALDIA N° 03-2008-MSB-A San MORDAZA, 31 de enero del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado modificada por Ley N° 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, senala que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local; tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 102° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, establece la conformacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el MORDAZA quien lo preside, los Regidores y por los Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital; Que, mediante Ordenanza N° 411-MSB, se regula el procedimiento para el MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD), senalando en su articulo 4° que el MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia convoca a la eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD; Que, el articulo 5° de la Ordenanza N°411-MSB, establece la conformacion del Comite Electoral responsable de la conduccion y desarrollo del MORDAZA de eleccion de representantes de la sociedad civil ante el CCLD; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia de Participacion Vecinal y, a lo dispuesto en el inciso 6) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Convocar al MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital; en acto de votacion a realizarse

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participacion Vecinal y al Comite Electoral el cumplimiento del MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 159545-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan beneficio de regularizacion tributario establecido mediante Ordenanza N° 143-MDSM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2008-MDSM San MORDAZA, 31 de enero de 2008 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 143-MDSM, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 4 de diciembre de 2007, se ha establecido un Beneficio de Regularizacion Tributaria y no Tributaria, para aquellos contribuyentes con deudas tributarias y obligaciones pendientes al 30 de noviembre de 2007, beneficio que rigio hasta el 20 de diciembre de 2007, siendo prorrogada por Decreto de Alcaldia Nº 012-2007/MDSM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 3 de enero del presente ano; Que, habiendo recogido el sentir de los vecinos sanmiguelinos, quienes desean cumplir con sus obligaciones tributarias, la cual no han podido realizar hasta la fecha, siendo una de las mayores preocupaciones de esta Administracion, brindar a los contribuyentes las mayores facilidades para que puedan cumplir con sus obligaciones formales y materiales; y, teniendo en cuenta la coyuntura socioeconomica por la que atraviesa el MORDAZA, es necesario prorrogar la vigencia de dicho beneficio; Estando a lo expuesto y de acuerdo a la facultad establecida en la MORDAZA disposicion final de la Ordenanza Nº 143-MDSM y en el inciso 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.