Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2008 (04/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 4 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Organismo Internacional, al respecto, se ha evidenciado que el mencionado funcionario recibio S/.12,000.00 por concepto de "Fondo para gastos por viaje efectuado fuera del MORDAZA del 15 al 27.ABR.96" y que de acuerdo a lo informado por el Organismo Internacional, la Conferencia Interamericana de Alcaldes se llevo a cabo en la MORDAZA de Miami entre los dias 16 y 19.ABR.96 siendo los gastos integramente cubiertos por el citado Organismo Internacional; Que, no obstante ello, el mencionado funcionario rindio cuenta del gasto asignado con una declaracion jurada que se sustenta en una denuncia policial por perdida de documentos, en la cual se indica que entre la documentacion extraviada se encontraban facturas por "...gastos de hospedaje, viaticos y atenciones de los funcionarios de la Municipalidad de Iquitos en la MORDAZA de Miami y Nueva York..." por lo que se ha determinado que el ex MORDAZA utilizo S/.12,000.00 para sufragar gastos que estuvieron integramente cubiertos por el citado Organismo Internacional, asi como por su estadia en Nueva MORDAZA, MORDAZA a la que no le correspondia viajar en atencion a la invitacion efectuada por dicho Organismo y a la autorizacion otorgada por el concejo; habiendo asimismo percibido irregularmente el pago de su remuneracion por los dias no laborados posteriores al evento, en el periodo comprendido entre el 20 al 26.ABR.96, ascendente al importe de S/. 166.72; lo expuesto permite establecer un perjuicio economico ascendente a S/. 12,166.72; Que, asimismo se ha determinado que el ex MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Maynas viajo a los Estados Unidos de MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 17 al 27.SET.96, habiendosele otorgado asignacion por concepto de Bolsa de viaje ascendente a S/.12,550.00; asi como el costo de los pasajes aereos por S/.6,881.06 y el pago de la remuneracion de S/.305.66 por los dias no laborados en el periodo comprendido entre el 17 al 27.SET.96 que totalizan el importe de S/.19,736.72; gastos que no tienen sustento legal al no haberse otorgado

la debida licencia por el Concejo Municipal autorizando el viaje en comision de servicios; adicionalmente, los S/.12,550.00 otorgados, fueron sustentados con boletos de avion que anteladamente fueron pagados por la Municipalidad, asi como por declaraciones juradas por concepto de viaticos y la declaracion jurada de un tercero, la misma que no constituye comprobante de pago valido sustentatorio de gastos, transgrediendose la normativa legal vigente; Que, en Acta de Sesion Ordinaria de Concejo de 06.MAY.97 se acordo por unanimidad autorizar el viaje del ex MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Maynas a MORDAZA del Norte de los Estados Unidos de MORDAZA por el periodo comprendido entre el 07 al 22.MAY.97, atendiendo a una invitacion efectuada por una Corporacion Internacional; otorgandosele al citado funcionario la suma de S/.13,450.00 por concepto de viaticos; respecto de los cuales, se presento una rendicion de cuenta que se sustenta con la declaracion jurada de un tercero, la cual no constituye sustento valido del gasto efectuado, debido a que este documento solo es aplicable para funcionarios publicos que rinden cuenta por concepto de viaticos otorgados en comision de servicios; y una MORDAZA declaracion jurada suscrita por el citado ex MORDAZA, la cual carece de validez, debido a que los gastos de hospedaje fueron cubiertos por la Corporacion Internacional; asimismo, no obstante que la licencia otorgada al ex MORDAZA fue para visitar el Estado de MORDAZA del Norte, la documentacion que sustenta su viaje evidencia su estadia en el Estado de MORDAZA del Sur; Que, de los hechos expuestos en los considerandos precedentes, se advierte un perjuicio economico ascendente a S/. 83,687.57 determinandose la existencia de indicios que hacen presumir la comision del delito contra la Administracion Publica en la modalidad de peculado, tipificado en el Art. 387º del Codigo Penal; Que, conforme lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Sistema Nacional

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