Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2008 (04/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

deteccion realizada por el sistema en merito al bloqueo de las partidas registrales motivado en la MORDAZA de titulos. La notificacion contendra la determinacion de la partida registral sujeta a monitoreo, y la indicacion del titulo y su fecha y hora de MORDAZA que la afecta. Es responsabilidad de los titulares registrales el consignar adecuadamente en el formulario de solicitud de inscripcion los datos del Registro, de la partida o de los participantes en el acto o derecho y toda otra informacion solicitada; con la finalidad de permitir al sistema automatizado la correcta deteccion de coincidencias. 8. INGRESO DE DATOS POR EL AREA REGISTRAL Si los datos ingresados por Diario sobre el titulo materia de la calificacion registral resultan errados, el asistente registral debera ingresar los datos correctos y necesarios. En caso de errores, modificaciones o ampliaciones en la rogatoria respecto a los datos del Registro, de la partida o de los participantes en el acto o derecho, el asistente registral debera efectuar las modificaciones al indice. Si el titulo en tramite no esta bajo la precalificacion de un asistente registral, la labor recaera en el Registrador Publico. 9. EXTINCION DEL SERVICIO El servicio de alerta registral se brinda indefinidamente y se extingue cuando se produce cualquiera de los siguientes supuestos: a) Desistimiento del servicio. b) Cuando el titular registral brinde direcciones electronicas incorrectas o inoperativas. 10. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. COMPLEMENTARIAS Y

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

Aprueban Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Salud 2008
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2008-GRA/CR
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2008 EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 8 de MORDAZA de 2008, trato el tema relacionado a la Propuesta del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. de la Direccion Regional de Salud MORDAZA (DIRESA) ­ 2008; y CONSIDERANDO:

PRIMERA.- En el plazo MORDAZA de 7 dias de entrada en vigencia la presente Directiva, la Gerencia de Informatica de la Sede Central de la SUNARP desarrollara y proveera a todas las Zonas Registrales la herramienta informatica que permita el funcionamiento del servicio de alerta registral, el archivo de control y demas aspectos que garanticen el oportuno funcionamiento del servicio. Ademas, coordinara con la Escuela de Capacitacion Registral, la realizacion de las acciones de capacitacion dirigidas al personal de la SUNARP tendientes al adecuado uso de este servicio. SEGUNDA.- En el plazo MORDAZA de 7 dias de entrada en vigencia la presente Directiva, las Oficinas Registrales deberan contar con un sistema de control de calidad que garantice, por lo menos, que en el Diario se realice el correcto llenado del numero de partida bloqueada. Ello, en coordinacion con la Gerencia Registral y Gerencia de Informatica de la Sede Central de la SUNARP. Asimismo, los Administradores Zonales del Servicio de Publicidad Registral en Linea, adoptaran procedimientos para verificar la operatividad continua del Sistema de Replicacion en cada una de las oficinas de las Zonas Registrales. TERCERA.- Los cajeros y digitadores de las Oficinas Registrales deberan verificar bajo responsabilidad de que se consigne correctamente el numero de partida en las solicitudes de inscripcion del titulo que se presenten al Registro de Predios. CUARTA.- La SUNARP podra extender el Servicio de Alerta Registral a otros registros o a otros tipos de bienes sin ninguna limitacion. Asimismo la SUNARP podra disponer la creacion de otros servicios avanzados de alerta registral sujetos al pago de tasas registrales. QUINTA.- El servicio de alerta registral se iniciara a los 10 dias de entrada en vigencia la presente Directiva. 11. RESPONSABILIDADES Son responsables de la correcta aplicacion de la presente directiva, los Gerentes Registral y de Informatica de la Sede Central, los Jefes Zonales, los Gerentes Registrales o quien haga sus veces, los Registradores Publicos, Asistentes Registrales y Certificadores, los Administradores Zonales del servicio de publicidad en linea, asi como los cajeros, digitadores y responsables del Diario de todos los Organos Desconcentrados de la SUNARP. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos

221814-1

Que, mediante Oficio Nº 146-2008-GRA/PRES-GG, el Gerente General Regional remite ante el Consejo Regional la propuesta del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Salud MORDAZA ­ DIRESA para su aprobacion, mediante Ordenanza Regional como un caso excepcional, toda vez que la demanda de aprobacion de los documentos de gestion de la DIRESA forma parte de las Actas suscritas entre las partes en la Mesa de Negociacion de Alto Nivel entre el Gobierno Regional a traves de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA y el Gobierno Central; Proyecto de Ordenanza Regional que acompana las respectivas opiniones tecnico y legales emitidas por las unidades estructuradas correspondientes del Gobierno Regional de MORDAZA y la Direccion Regional de Salud; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, es un documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos; contiene las funciones generales de la entidad y las funciones especificas de los organos y unidades organicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades. Es un documento que expresa como los organos estructurados de una institucion deben funcionar, ademas es un instrumento normativo institucional que contiene disposiciones tecnico ­ normativos que contemplan, regulan y fijan la estructura organica; Que, el MORDAZA normativo aplicable para la formulacion, aprobacion y vigencia de todo Reglamento de Organizacion y Funciones de las entidades del sector publico, es el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM de fecha 26 de MORDAZA del 2006, que aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es mision del Gobierno Regional organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran

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