Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2008 (24/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2008

la adjudicacion de inmueble incautado por la comision del delito de Trafico ilicito de Drogas en agravio del Estado CONSIDERANDO: Que, con Oficio N° 4032-94-IN/011100040200-F de fecha 7 de noviembre de 1994 se asigno al Consejo Transitorio de Administracion Regional -- Region Grau (hoy Gobierno Regional Piura) para uso del servicio oficial hasta que se resuelva la situacion legal a la que se encuentra sometido; el inmueble ubicado en la Avenida Republica de MORDAZA N° 324 - 326 Oficina 201 y 202 del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA incautado en el MORDAZA seguido a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la comision del delito de Trafico ilicito de Drogas en agravio del Estado; Que, el referido inmueble se encuentra decomisado a favor del Estado a merito de la Resolucion de fecha 16 de enero de 2006 expedida por el Decimo Noveno Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, confirmada por Resolucion de fecha 1 de agosto de 2006 de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, medida que sobre los departamentos signados con los numeros 201 y 202 se encuentran inscritas en las Partidas N°s. 40964169 y 40964177 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y Callao, siendo pertinente adjudicarlo a favor de la entidad asignataria; Que, mediante los documentos de Vistos se solicita la Adjudicacion Definitiva del referido a fin de que continue en uso del servicio oficial; Que, con el Oficio N° 2433-2008/SBN-GO-JAD de fecha 18 de marzo del 2008 y Oficio N° 5198-2008/SBNGO-JAD de fecha 4 de junio del 2008 la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales es de la opinion que el predio MORDAZA mencionado se encuentra bajo la competencia de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas correspondiendole realizar el acto de disposicion pertinente a favor de las dependencias publicas que justifiquen su uso; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 70° del D.L. N° 22095 modificado por el Art. 7° del D.L. N° 22926, D. S. Nº 039-94-JUS modificado por D.S. Nº 043- 94-JUS y del D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA. SE RESUELVE: Articulo 1°.- ADJUDICAR a favor del Gobierno Regional MORDAZA el inmueble ubicado en la Avenida Republica de MORDAZA N° 324 Oficina 201 y 202 del Distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscritas en las Partidas N°s. 40964169 y 40964177 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, por plazo indeterminado y a condicion que continuen en uso del servicio oficial. Articulo 2°.- La entidad adjudicataria procedera a la inscripcion del citado bien inmueble en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales (SINABIP) del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento adjuntando para tal efecto, MORDAZA de los Planos de ubicacion y Perimetricos, Memoria Descriptiva y Ficha Registral y/o Partida Electronica. Articulo 3°.- Por merito de la presente Resolucion Ministerial, la entidad adjudicataria efectuara la transferencia de propiedad del mencionado inmueble en la Oficina Registral y Municipalidad Distrital correspondiente. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Gobierno Regional MORDAZA y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 230694-1

favorable de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA NEVES MORDAZA o MORDAZA MORDAZA NEVES MORDAZA, se encuentra recluida en el Establecimiento Penitenciario de Chorrillos; Que, de conformidad con el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, el numeral 1) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, consagra el derecho a la MORDAZA, situando a este derecho fundamental como uno de los mas importantes al senalar que: "toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica"; Que, el inciso 22) del articulo 139º de la Constitucion Politica del Peru, establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que, el Informe Medico de fecha 28 de agosto de 2007, emitido por el Hospital MORDAZA Auxiliadora, senala que la interna solicitante ha sido diagnosticada con enfermedad grave e irreversible, osteomielitis cronica miembro inferior MORDAZA, Co-infeccion hepatitis C; Que, el Protocolo Medico emitido por la Junta Medica del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos, senala como diagnostico enfermedad grave e irreversible, osteomielitis cronica miembro inferior derecho, fibromatosis uterina, hepatitis c, siendo de pronostico reservado; Que, el caso de la referida interna, por la patologia que le afecta y el continuo riesgo al que se ve expuesta su MORDAZA por la falta de atencion y tratamiento medico recomendado, cumple los requisitos establecidos en los numerales 2) y 4) del articulo 22º y el articulo 23º de la Resolucion Ministerial Nº 193-2007-JUS, para la concesion del indulto por razones humanitarias; Que, considerando casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad grave e irreversible, hace que la continuidad y ejecucion de la pena pierdan todo sentido juridico y social; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, la Resolucion Ministerial Nº 1932007-JUS Reglamento de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 009-2008JUS y el articulo 1º y los incisos 8) y 21) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos y Derecho de Gracia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a MORDAZA MORDAZA NEVES MORDAZA o MORDAZA MORDAZA NEVES MORDAZA, quien se encuentra recluida en el Establecimiento Penitenciario de Chorrillos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 230712-5

JUSTICIA
Conceden indulto por razones humanitarias a interna del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos
RESOLUCION SUPREMA Nº 119-2008-JUS MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2008 Visto el Informe Humanitario Nº 52-2006 y el Acta de Sesion de fecha 04 de MORDAZA de 2008, con recomendacion

PRODUCE
Establecen disposiciones dirigidas a titulares de plantas de harina y aceite de pescado y de harina residual de pescado, a fin de realizar la innovacion tecnologica para mitigar sus emisiones al medio ambiente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 621-2008-PRODUCE MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2008

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