Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2008 (24/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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cuya aplicacion y beneficiarios finales no se encuentran acreditados en el sustento adjunto a los comprobantes de pago, afectando asi los caudales del Estado por un monto de S/. 1'736,732.92, hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Peculado, previsto y penado por el articulo 387º del Codigo Penal; Que, asimismo, se ha determinado que transgrediendose la normativa aplicable, funcionarios publicos destruyeron la documentacion sustentatoria de los comprobantes de pago, los cuales habrian contenido las planillas de pagos de racionamiento y movilidad realizado al personal destacado al Ministerio de Defensa, originando que existan recursos del tesoro publico por S/.306,904.00 cuya utilizacion se desconoce, tal como consta en las Actas de Incineracion que suscribieron, sin contar con la autorizacion del Archivo General de la Nacion, atentando contra el patrimonio documental de la nacion; constituyendo estos hechos indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Supresion, destruccion u ocultamiento de documentos, previsto y penado por el articulo 430º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que durante la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 229910-3

Adicional Nº 01, correspondiente a la partida 04.00.00 ­ Obras de Concreto Simple; no obstante que esta fue aprobada, ejecutada y pagada en su totalidad en la Primera Etapa de la referida obra, lo cual significo un mayor pago, ascendente a S/. 22 914,43; ocasionando un perjuicio economico al patrimonio del Estado, que es necesario resarcir conforme al articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal; correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el articulo 22º inciso d), de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 229910-2

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad MORDAZA de Alto Numpatkaim
RESOLUCION JEFATURAL Nº 442-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2008 VISTOS: el Informe Nº 00379-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC, emitido por la Subgerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, y el Informe Nº 00135-2008-GRC/ RENIEC, emitido por la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales, Distritales, de Centros Poblados, Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas, y cualquier otra dependencia, instancia o entidad publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497; Que, por Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego las funciones registrales contenidas en los incisos a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley Nº 26497, a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de las Comunidades Nativas,

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de perjuicio economico ocasionado a la Municipalidad Provincial de Moho
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 295-2008-CG MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 150-2008-CG/ ORPU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Moho, departamento de MORDAZA, periodo comprendido entre el 01 de enero de 2004 al 31 de diciembre del 2005; CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial en la Municipalidad Provincial de Moho se ejecuto como una Accion de Control no Programada dentro del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control MORDAZA de la Contraloria General de la Republica; Que, de la revision a la documentacion relacionada a la ejecucion de la obra "Mercado de Abastos de Moho - II Etapa", se ha evidenciado la aprobacion del Presupuesto

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