Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2008 (01/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de octubre de 2008

Decimo Tercero: Que, con respecto a su patrimonio, la Superintendencia Nacional de Registros Publicos ­ Sede MORDAZA y MORDAZA remiten informacion indicando que tiene un (01) inmueble inscrito en la Partida Electronica Nº P14126050, ubicado en el Centro Poblado MORDAZA del MORDAZA del distrito de Huanchaco, Trujillo; un (01) inmueble inscrito en la Partida Nº 03020511, ubicado en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA (oficina); un inmueble inscrito en la Partida Nº 03046197, ubicado en la urbanizacion MORDAZA Tercera Etapa, Trujillo; y, un (01) inmueble inscrito en la Partida Registral Nº 02111027, ubicado en MORDAZA, bienes que han sido debidamente declarados a su institucion asi como bienes muebles. Se recalca que el evaluado cumplio con presentar sus declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas de fojas 210 a 233 y 243 a 247, asi como las remitidas por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial que van de fojas 423 a 452; asi mismo no registra participacion en personas juridicas ni como socio de clubes. No reporta antecedentes negativos en la Camara de Comercio de MORDAZA, INFOCORP, Superintendencia de Banca y Seguros, Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, Servicio de Administracion Tributaria (SAT) y el Registro de Deudores Alimentarios (REDAM), no se evidencia pues en este aspecto ninguna situacion negativa o extrana. Decimo Cuarto: Que, la evaluacion del factor idoneidad del magistrado esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente y una debida actualizacion, de manera que cuente con capacidad para realizar adecuadamente su labor como Juez acorde con la trascendente mision de impartir justicia; en tal sentido, en lo que respecta a su produccion jurisdiccional obra en nuestros archivos el Oficio Nº 0926-2003-SGCS-PJ del 04 de marzo de 2003, a fojas 494, emitido por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, informando sobre la produccion del doctor MORDAZA MORDAZA dentro del periodo materia de la presente evaluacion apreciandose que dicha produccion resulta considerablemente adecuada, no acreditandose ningun retardo en sus funciones. Decimo Quinto: Que, respecto a la calidad de las resoluciones, el informe remitido por el especialista y que este Colegiado asume con ponderacion, cinco (05) fueron calificadas como buenas y, una (01) como regular, las que fueron examinadas en el curso de la entrevista publica, formulando razonamientos concretos y MORDAZA sobre dichas resoluciones calificadas. Decimo Sexto: Que, respecto a su capacitacion se ha podido establecer que el doctor MORDAZA MORDAZA, durante el periodo de evaluacion, ha realizado estudios de Maestria en la especialidad de Ciencias Penales sin obtener aun el grado de maestro, por lo que se le recomienda concluya con la obtencion del grado academico respectivo. Registra haber participado como ponente en siete (07) eventos durante los anos 1995 (02), 1996 (01), 1997 (02), 1999 (01), 2000 (01) y 2008 (01), habiendo realizado tambien ponencias que no se detallan por estar MORDAZA fuera del periodo de evaluacion, igualmente ha intervenido en calidad de panelista u organizador en cinco (05) eventos durante los anos 1996 (01), 1998 (03) y 2000 (01). Tambien acredita haber participado en treinta (30) eventos academicos, durante los anos 1994 (02), 1995 (04), 1996 (02), 1997 (06), 1998 (03), 1999 (03), 2000 (03), 2007 (05) y 2008 (02). Del ano 2001 al 31 de marzo de 2007, registra participaciones en certamenes academicos que no son materia de evaluacion por estar fuera del periodo, pero que sin embargo revelan la preocupacion profesional del evaluado por capacitarse y actualizarse; en este mismo rubro, asistio al dictado de diversos cursos en la Academia de la Magistratura, en la que registra haber participado en siete (07) cursos dictados en los anos 1996 (02), 1997 (03), 1999 (01) denominado "Curso Basico de Actualizacion para Magistrados", obtuvo la calificacion de 13, en el 2007 (01) denominado "XIV Curso a distancia: Procesos Especiales en el MORDAZA Penal" del 22 de septiembre al 01 de diciembre de 2007, por el que obtuvo una calificacion de 17, cuya informacion aparece a fojas 1259. Ademas, de

haber participado en el MORDAZA y MORDAZA PROFA en la condicion de honorario y asociado en los anos 1998-2000 y 2000-2001, respectivamente. Que, el Coordinador Sede MORDAZA de la Academia de la Magistratura, con fecha 08 de marzo de 2001, emite MORDAZA indicando que el evaluado se ha desempenado como tutor de practicas y tutorias del Tercer Curso del PROFA asi como profesor asociado del modulo Razonamiento Juridico del MORDAZA Curso del PROFA. Tal situacion confirma que el evaluado acredita solvencia en sus conocimientos academicos y reafirma su capacitacion y actualizacion constante; asi mismo, ha cursado un curso basico en computacion. Decimo Septimo: Que, abona a favor del magistrado el ejercicio de la docencia universitaria, conforme a las certificaciones de fojas 74 expedido por el Director de la Escuela Academico Profesional de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de MORDAZA, en el que informa que dicto los cursos de Derecho Constitucional ­ MORDAZA I y II, en la condicion de contratado a tiempo parcial sin indicar las horas lectivas a su cargo; a fojas 75, obra la MORDAZA de fecha 8 de marzo de 2001, emitida por el Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Politicas de la Universidad Nacional "Pedro MORDAZA Gallo" de MORDAZA, que informa que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue profesor contratado en el curso de Derecho de la Magistratura desde el 13 de MORDAZA al 31 de diciembre del ano 2000; a fojas 78, consta el certificado de trabajo emitido el 8 de MORDAZA de 2008 que acredita el dictado de clases en la Universidad San MORDAZA y tambien en la Universidad MORDAZA MORDAZA, dentro de los limites permitidos por la ley en algunas disciplinas juridicas. Decimo Octavo: Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado establecido que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con los parametros de buena conducta, debiendo resaltar que durante el periodo de evaluacion no registra antecedentes policiales, judiciales ni penales; en cuanto a medidas disciplinarias, ha reportado solo tres sanciones de apercibimientos las que se encuentran rehabilitadas de acuerdo a la informacion vertida por el evaluado y que este Consejo acepta como cierta en atencion al MORDAZA de veracidad regulado en el articulo 1.7 de la Ley Nº 27444; no registra procesos judiciales en calidad de demandado, no registra procesos judiciales por responsabilidad civil, penal ni administrativa; ha mantenido asistencia y puntualidad a su centro de labores de acuerdo a lo regulado por la Ley Organica del Poder Judicial; tiene buena aceptacion por el gremio de abogados de acuerdo las consultas efectuadas en el ano 2001 y 2008 por el Colegio de Abogados de La MORDAZA y tambien un patrimonio acorde a sus ingresos, demostrando cumplir con las normas que exigen la MORDAZA de las declaraciones juradas de bienes, ingresos y rentas al sustentarlas al Poder Judicial; de otro lado, en cuanto al rubro idoneidad, respecto a su capacitacion profesional, se advierte tambien que ha mantenido una capacitacion buena y sostenida durante el tiempo de evaluacion asi como haberse desempenado como tutor y docente en la Academia de la Magistratura y en otro centro de estudios universitarios, dejando MORDAZA que el evaluado absolvio satisfactoriamente las diversas preguntas en Derecho Penal y Procesal Penal que efectuara el Colegiado en su entrevista personal; en lo que respecta a su produccion jurisdiccional resulta aceptable aun cuando debe esforzarse mas para mejorar la calidad de sus resoluciones, conforme a las observaciones del especialista. Decimo Noveno: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicologico y psicometrico practicado al magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyas conclusiones le son favorables en lineas generales, pero que el propio evaluado debe tener presente desde el punto de vista medico y que por la naturaleza de tal informacion, se guarda reserva. Vigesimo: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta unicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion que nos ocupa, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura han determinado por unanimidad, renovar la confianza al magistrado evaluado.

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