Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2009 (21/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

388975

referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 303429-4

Establecen Bandas de Precios de combustibles y determinan Factores de Compensacion y Aportacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 012-2009-EM/DGH 20 de enero de 2009

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 0102004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 048-2008 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, sera hasta el 30 de junio de 2009; Que, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 0102004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, con fecha 4 de enero de 2008 se publico, en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de la Banda de Precios de los combustibles. Que, en las ultimas semanas, se ha producido variaciones de precio en el MORDAZA internacional ocasionadas por la suspension del abastecimiento de gas natural Ruso a Europa, la que podria afectar a los precios de los combustibles utilizados en la generacion electrica. Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, y en los Decretos Supremos Nº 142-2004-EF, Nº 100-2005-EF y Nº 047-2005-EM.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

COMUNICADO OFICIAL Nº 02-2009-CG REMISION DE INFORMACION A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA REFERIDA A LA IMPLEMENTACION DE LOS ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL LEY Nº 27785.- LEY ORGANICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Se comunica a los titulares de las entidades bajo el ambito del Sistema Nacional de Control que de acuerdo a lo establecido en el articulo 17º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, en concordancia con el articulo 8º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, tendran necesariamente un Organo de Control Institucional que constituye la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad. En ese sentido, mediante Comunicado Oficial Nº 10-2008-CG publicado el 06.Nov.08, se solicito la remision de informacion actualizada que permita conocer los motivos por los cuales determinadas entidades no habrian cumplido con implementar dicho Organo, requiriendo el registro de la informacion solicitada directamente en el formato de declaracion jurada situado en el link de "Entidades sin OCI" de la pagina web de la Contraloria General, del 10 al 28 de noviembre del 2008. Teniendo en cuenta que aun no se ha recibido la totalidad de la informacion por parte de la referidas entidades, se otorga un plazo adicional para el registro de la informacion, que regira del 21 de Enero al 28 de Febrero, para lo cual se les recuerda que esta debera ser llenada en el formato de declaracion jurada colgado en la pagina web de Contraloria General, http://www.contraloria.gob.pe/, link "Entidades sin OCI". Adicionalmente, se reitera que luego de llenada la informacion, debera imprimirse, firmarse y enviarse a la Contraloria General sito en MORDAZA MORDAZA 114, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, conjuntamente con los documentos que la sustenten en un plazo MORDAZA de quince (15) dias calendarios adicionales a su fecha de ingreso. MORDAZA, 21 de enero de 2009 SECRETARIA GENERAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 303365-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.