Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2009 (17/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano MORDAZA, martes 17 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391061

de recibido el informe emitido por la Mesa de Dialogo de su Sector, el que debera contener, el cronograma de cumplimiento de actividades. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 313785-1

congelado siendo su origen y procedencia Espana; Que, el Informe Nº 69-2009-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 03 de febrero de 2009 en el cual recomienda se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importacion de Semen de Bovino congelado, siendo su origen y procedencia Espana; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059 y el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Establecer los requisitos zoosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de Semen de Bovino congelado, teniendo como origen y procedencia Espana, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la emision de los Permisos Zoosanitarios de Importacion a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3°.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE SEMEN CONGELADO DE BOVINO PROCEDENTE DE ESPANA El semen de bovino estara amparado por un Certificado Zoosanitario, expedido por la Autoridad Oficial de Sanidad Animal de Espana, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 1. El Centro de Inseminacion Artificial es oficialmente autorizado, el cual esta bajo control permanente de un veterinario autorizado. 2. El Centro de Inseminacion Artificial esta habilitado por el SENASA ­ Peru. 3. El Centro de Inseminacion Artificial y al menos en un area de 10 Km a su alrededor, no esta ubicado en una MORDAZA bajo cuarentena o restriccion de la movilizacion de bovinos durante los sesenta (60) dias previos al embarque 4. El semen fue tomado, manipulado y almacenado conforme a lo dispuesto en el Codigo Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE vigente; y los bovinos donantes han permanecido al menos seis (6) meses en dicho centro. 5. Espana es libre de FIEBRE AFTOSA sin vacunacion, PESTE BOVINA, DERMATOSIS NODULAR CONTAGIOSA, FIEBRE DEL MORDAZA DEL RIFT y ENFERMEDAD DE IBARAKI. 6. Los bovinos reproductores donantes, han permanecido en un Centro de Inseminacion Artificial en el que todos los animales esten oficialmente libres de TUBERCULOSIS BOVINA, LEUCOSIS BOVINA ENZOOTICA. 7. El Centro de Inseminacion Artificial cuenta con un programa sanitario donde se ha realizado las siguientes pruebas con resultado negativo: TUBERCULOSIS : -Prueba de Intradermoreaccion con tuberculina bovina PPD : -Prueba de Antigeno Brucella Tamponado (prueba de tarjeta); o -ELISA Competitiva.; o

AGRICULTURA
Establecen requisitos zoosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de Semen de Bovino congelado de origen y procedencia Espana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 08-2009-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 11 de febrero de 2009 VISTOS: La Carta S/N° con registro 940382 de fecha 13 de enero de 2009, en la cual la Embajada de Espana en el Peru, remite el modelo de certificado sanitario para la exportacion al Peru de Semen de Bovino congelado; La Carta N° 120-2009-AG-SENASA-DSA-SCA de fecha 30 de enero de 2009, en la cual la Direccion de Sanidad Animal del SENASA comunica a la Autoridad Oficial Competente de Espana, que el modelo de Certificado Sanitario recibido a traves de la Embajada de Espana, cumple con la totalidad de nuestros requisitos establecidos para la importacion de Semen de Bovino congelado siendo su origen y procedencia Espana; El Informe Nº 69-2009-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 03 de febrero de 2009 en el cual recomienda se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importacion de Semen de Bovino congelado, siendo su origen y procedencia Espana; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, asi tambien el articulo 9° de la referida MORDAZA establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas que se trate; Que, el articulo 12° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano y se notifican a la Organizacion Mundial del Comercio ­ OMC; Que, la Carta S/N° con registro 940382 de fecha 13 de enero de 2009, en la cual la Embajada de Espana en el Peru, remite el modelo de certificado sanitario para la exportacion al Peru de Semen de Bovino congelado; Que, la Carta N° 120-2009-AG-SENASA-DSA-SCA de fecha 30 de enero de 2009, en la cual la Direccion de Sanidad Animal del SENASA comunica a la Autoridad Oficial Competente de Espana, que el modelo de Certificado Sanitario recibido a traves de la Embajada de Espana, cumple con la totalidad de nuestros requisitos establecidos para la importacion de Semen de Bovino

BRUCELOSIS

CAMPILOBACTERIOSIS GENITAL : Cultivo de semen y de muestras prepuciales TRICOMONIASIS : Examen microscopico directo y cultivo de muestras prepuciales.

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