Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2009 (17/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 155

El Peruano MORDAZA, martes 17 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391085

a) Direccion Regional de Educacion del Callao b) Colegio Militar "Leoncio Prado" c) Unidad de Gestion Educativa Local Ventanilla d) Direccion Regional de Salud del Callao 7. Las Direcciones Regionales Sectoriales estan a cargo de los Directores Regionales cuya designacion y cese corresponde al Presidente Regional a propuesta del respectivo Gerente Regional, de acuerdo a las normas vigentes." Articulo 4º.- Incorporar los articulos 123A, 123B y 123C al Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao, los que tendran la siguiente redaccion: "Articulo 123A.- La Gerencia Regional de Salud, es un organo de linea que le corresponde ejercer las funciones y facultades sectoriales en materia de salud." "Articulo 123B.- La Gerencia Regional de Salud esta a cargo de un Gerente Regional designado por el Presidente Regional y funcionalmente depende de la Gerencia General Regional." "Articulo 123C.- Las funciones de la Gerencia Regional de Salud, son las siguientes: a) Formular, aprobar, regular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la Region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales. b) Formular y ejecutar concertadamente el Plan de Desarrollo Regional de Salud. c) Coordinar las acciones de salud integral en el ambito regional. d) Participar en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, de conformidad con la legislacion vigente. e) Promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y prevencion de la salud. f) Organizar los niveles de atencion y administracion de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la Region en coordinacion con los gobiernos locales. g) Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevencion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion en materia de salud en coordinacion con los gobiernos locales. h) Supervisar y fiscalizar los servicios de salud publicos y privados. i) Conducir y ejecutar coordinadamente con los organos competentes la prevencion y control de riesgos y danos de emergencias y desastres. j) Supervisar y controlar la produccion, comercializacion, distribucion y consumos de productos farmaceuticos y afines. k) Promover y preservar la salud ambiental en la Region. l) Planificar y gestionar los proyectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnologico en salud en el ambito regional. m) Poner a disposicion de la poblacion, informacion util sobre la gestion del sector, asi como de la oferta de infraestructura y servicios de salud. n) Promover la formacion, capacitacion y el desarrollo de los recursos humanos y articular los servicios de salud en la docencia e investigacion y proyeccion a la comunidad. o) Evaluar periodicamente y de manera sistematica los logros alcanzados por la Region en materia sanitaria. p) Ejecutar, en coordinacion con los gobiernos locales de la Region acciones efectivas que contribuyan a elevar los niveles nutricionales de la poblacion de la Region. q) Realizar otras funciones de su competencia que le asigne la Gerencia General Regional." Articulo 5º.- Aprobar la modificacion del Organigrama General, de la estructura organica del Gobierno Regional del Callao, incorporando a los organos desconcentrados senalados los articulos precedentes; conforme se muestra en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Derogar o dejar sin efecto toda MORDAZA del Gobierno Regional del Callao en cuanto se oponga a la presente Ordenanza.

Articulo 7º.- Encargar a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y la de Administracion la inmediata implementacion de la Gerencia Regional de Salud. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente 313479-1

Modifican lista de instituciones educativas publicas que forman parte del programa ISO 90019004 en educacion en la Provincia Constitucional del Callao
DECRETO REGIONAL Nº 004 Callao, 2 de Febrero de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO: CONSIDERANDO: Que, mediante lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783 y la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 35º, literal m) de la Ley de Bases de la Descentralizacion, corresponde a los Gobiernos Regionales dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad; y que el articulo 40º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecucion de las Ordenanzas Regionales; Que, sobre la base de las funciones especificas en materia de educacion, cultura, ciencia, tecnologia, deporte y recreacion, contenidas en el articulo 47º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, que ya han sido efectivizadas por el Gobierno Regional del Callao; y en concordancia con las disposiciones de la Ley Nº 28740, por la cual se establece el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la calidad educativa, y el Reglamento de la misma que fuera aprobado por DS Nº 018-2007-ED, se publico con fecha 05 de agosto del presente ano, la Ordenanza Regional Nº 011, por la cual se establece la obligatoriedad de las instituciones educativas publicas ubicadas en la Provincia Constitucional del Callao de obtener certificaciones de gestion de la calidad; Que, la referida Ordenanza dispone en su articulo 3º que la obtencion de las certificaciones de gestion de la calidad para cada institucion educativa publica de la jurisdiccion sera establecida mediante Decreto Regional, indicandose que, en el referido Decreto Regional, se precisaran ademas todos los demas aspectos vinculados al cumplimiento de la citada Ordenanza Regional; Que, mediante Decreto Regional Nº 005-2008, del 01 de setiembre de 2008, la Presidencia del Gobierno Regional del Callao publico el listado de las cincuenta (50) primeras instituciones educativas publicas de la jurisdiccion que se encontrarian mas aptas para iniciar este MORDAZA, conforme a los parametros establecidos en las normas tecnicas del INDECOPI que rigen la materia; Que, la Presidencia Regional estima por conveniente modificar la mencionada lista de instituciones educativas publicas (IEP), en base a las solicitudes presentadas por nuevas IEPs de la jurisdiccion de incorporarse al Programa ISO 9001-9004 en educacion y la evaluacion respectiva realizada por la Coordinacion general del Programa en conjuncion con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y que asimismo estima pertinente considerar en un proximo grupo de IEPs a algunas de ellas que fueran inicialmente seleccionadas, pero que no han cumplido con los procedimientos senalados en la Ordenanza Regional Nº 011-2008 y en el Decreto Regional Nº 005-2008;

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