Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2009 (17/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 17 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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el mantenimiento de los puestos y centros de salud a nivel nacional, comprende tambien el financiamiento de la reposicion de equipamiento para dichos establecimientos, y el mantenimiento y reposicion de equipamiento para los hospitales con categoria II-1, en el MORDAZA del articulo 4º del referido Decreto de Urgencia. Articulo 3º.- Distribucion de los recursos autorizados en el Decreto de Urgencia Nº 016-2009 El monto de CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 165 000 000,00) autorizados por el Decreto de Urgencia Nº 016-2009 se distribuye a los puestos y centros de salud y a los hospitales con categoria II-1, conforme a lo siguiente: a) CINCUENTAMILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 992 800,00) para ser destinados a la reposicion de equipamiento de los puestos y centros de salud y los hospitales con categoria II-1. b) CIENTO CATORCE MILLONES SIETE MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 114 007 200,00) para ser destinados al mantenimiento de los puestos y centros de salud y los hospitales con categoria II-1. Articulo 4º.- Autorizacion de Transferencia de Partidas Autoricese con cargo a los recursos establecidos en el articulo 3º inciso a), una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, del Ministerio de Salud a favor de los Gobiernos Regionales - DIRESA o las que MORDAZA sus veces, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 992 800,00), para ser destinados a la reposicion de equipamiento de los puestos y centros de salud, y los hospitales de categoria II-1, de acuerdo al Anexo Nº 01 que forma parte de la presente MORDAZA y al detalle siguiente:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO CATEGORIA DE GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios TOTAL A LA: SECCION MORDAZA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios CATEGORIA DE GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 6 Adquisicion de activos no financieros TOTAL 50 992 800,00 -------------------50 992 800,00 ============ 50 992 800,00 ------------------50 992 800,00 ============ (En Nuevos Soles) : GOBIERNO CENTRAL : 011 Ministerio de Salud : 001 Administracion Central - MINSA : 1 Recursos Ordinarios

Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 5.3 La Oficina de Presupuesto del Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 6º.Establecimientos de salud beneficiarios La relacion de los puestos y centros de salud, y los hospitales con categoria II-1, asi como los montos asignados a cada uno de ellos para el mantenimiento y la reposicion de equipamiento, se establecen en el Anexo Nº 02 que forma parte de la presente MORDAZA, el mismo que se publicara en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud: www.minsa.gob.pe y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 7º.- De la ejecucion del mantenimiento de los establecimientos de salud 7.1 Dispongase que los recursos habilitados por el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2009 para el mantenimiento de los puestos y centros de salud y los hospitales con categoria II-1, MORDAZA transferidos directamente al Jefe o responsable de cada establecimiento de salud, bajo la modalidad de subvenciones, a traves del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001 Administracion Central ­ MINSA, con excepcion de los establecimientos de salud ubicados en zonas rurales con categoria I-1, en cuyo caso se transfiere directamente al Jefe de la Microrred de Salud correspondiente. 7.2 El Ministerio de Salud mediante Resolucion Ministerial establece la relacion de los Jefes o responsables de los establecimientos de salud y las Microrredes de Salud, segun corresponda, detallando los nombres, los apellidos y el Documento Nacional de Identidad. Dicha resolucion es publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del citado Ministerio. 7.3 Los desembolsos de los recursos asignados para las acciones de mantenimiento de los citados establecimientos de salud son efectuados a traves del Banco de la Nacion, mediante la apertura de una cuenta a nombre del Jefe o responsable del establecimiento de salud o de la Microrred de Salud, segun corresponda, conforme a la relacion establecida en el numeral 7.2 del presente articulo. El Jefe o responsable del establecimiento de salud o de la Microrred queda facultado para atender los gastos que originen las acciones de mantenimiento con cargo a los fondos depositados en dicha cuenta. Para tal efecto, la Direccion Nacional del Tesoro Publico autoriza la apertura de la respectiva cuenta en el Banco de la Nacion, a solicitud del Ministerio de Salud, de acuerdo con la informacion contenida en la Resolucion Ministerial, a que se refiere el numeral 7.2 del presente articulo. Articulo 8º.- Del Comite de Mantenimiento y el Comite Veedor 8.1 Comite de Mantenimiento En cada establecimiento de salud comprendido en el Anexo Nº 02 de la presente MORDAZA se constituye un Comite de Mantenimiento, que es responsable de la determinacion y priorizacion de las acciones de mantenimiento, en el MORDAZA de las disposiciones que establezca el Ministerio de Salud para tal efecto. Dicho Comite esta conformado por el Jefe o responsable del establecimiento de salud y el Jefe de la Microrred de Salud correspondiente. 8.2 Comite Veedor En cada establecimiento de salud comprendido en el Anexo Nº 02 de la presente MORDAZA se constituye un Comite Veedor, que es responsable de verificar que la determinacion y priorizacion de las acciones de mantenimiento, asi como la ejecucion del gasto, MORDAZA realizados con criterios de eficiencia, transparencia y probidad, conforme a las disposiciones establecidas por el Ministerio de Salud. El Comite esta conformado por dos representantes del Comite de Coordinacion Local y el MORDAZA o su representante. Los Jefes o responsables del establecimiento de salud o de las Microrredes de Salud brindaran toda la

Articulo 5º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 5.1 El Titular del Pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 4º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 5.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion

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