Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2009 (21/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 21 de MORDAZA de 2009

Que, el articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, Ley Nº 29334, establece que la Alta Direccion del Ministerio del Interior esta conformada, entre otros, por el Viceministro de Gestion Institucional; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario que ocupara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y la Ley Nº 29334 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Viceministro de Gestion Institucional del Ministerio del Interior. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

374958-4

PRODUCE
Relacion de embarcaciones con permisos de pesca suspendidos cuyos armadores mantienen adeudos pendientes de pago con la Administracion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 497-2009-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2009. Visto los Informes Nº 451 y 725-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular su manejo integral y explotacion racional, conforme a lo dispuesto en el articulo 2º del Decreto Ley 25977 ­ Ley General de Pesca; Que el articulo 100º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº0122001-PE, establece que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), por intermedio de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia (hoy Direccion General), asi como las dependencias regionales de pesqueria y otros organismos a los que se delegue dicha facultad, llevara a cabo el seguimiento, control y vigilancia de

las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementara los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 322-2006PRODUCE de fecha 27 de noviembre del 2006, se publico la relacion de embarcaciones pesqueras que presentaron una diferencia mayor al 3% entre lo declarado por el armador y lo verificado por la Administracion sobre descargas de recursos hidrobiologicos correspondientes al ejercicio 2003; Que el articulo 2º de la Resolucion Ministerial senalada en el considerando precedente se establecio un plazo de quince (15) dias calendarios, para que los armadores pesqueros incluidos en la referida Resolucion Directoral, procedan a efectuar los pagos por la diferencia determinada; Que el articulo 3º de la indicada Resolucion Ministerial, establece que vencido el plazo para realizar los pagos por la diferencia determinada por la administracion, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (hoy Direccion General), mediante Resolucion Directoral, publicara la relacion de embarcaciones pesqueras cuyos permisos de pesca hubiesen sido suspendidos y comunicara a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa dicha relacion para que no se les otorgue la autorizacion de zarpe respectiva; Que habiendose verificado que existen embarcaciones pesqueras que mantienen pendiente de pago las diferencias establecidas por la Administracion procede suspender los respectivos permisos de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto y con la conformidad legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar la relacion de embarcaciones pesqueras con permisos de pesca suspendidos, cuyos armadores mantienen pendiente de pago, adeudos con la Administracion en virtud a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 322-2006-PRODUCE, las mismas que se encuentran incluidas en los Anexos I y II que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, no otorgara autorizacion de zarpe, a dichas embarcaciones pesqueras hasta que los armadores de las mismas cumplan con efectuar el pago respectivo. La Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero comunicara a la citada autoridad maritima, cuando corresponda, el levantamiento de las suspensiones. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

ANEXO I RESOLUCION MINISTERIAL Nº 322-2006-PRODUCE EMBARCACIONES CON PERMISOS DE PESCA SUSPENDIDOS AL MANTENER ADEUDOS CON LA ADMINISTRACION EN VIRTUD A LO ESTABLECIDO MEDIANTE R.M. Nº 322-2006-PRODUCE Nº 1 2 3 4 5 6 7 EMBARCACION MORDAZA MORDAZA ALBATROS C&Z 3 DON MORDAZA DON ROBERTH DON ROLO DON MORDAZA MATRICULA CO-19854-CM CO-12227-PM CE-1887-PM CO-17711-CM PT-18006-CM PL-4326-BM PL-17904-CM RESOLUCION MINISTERIAL Nº RM. 703-2008-PRODUCE RM. 022-2009-PRODUCE RM. 009-2008-PRODUCE RM. 098-2008-PRODUCE RM. 636-2008-PRODUCE RM. 794-2008-PRODUCE RM. 742-2008-PRODUCE FECHA RESOLUCION 10.09.2008 16.01.2009 03.01.2008 03.01.2008 01.08.2008 14.11.2008 14.10.2008 TONELADAS SEGUN RM. 640.43 60.53 213.23 95.02 421.06 174.94 452.26 IMPORTE A PAGAR 5,051.71 477.42 1,681.98 749.52 3,321.32 1,379.93 2,447.43

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