Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2009 (29/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2009

PODER EJECUTIVO PRODUCE
Aprueban cambio de titularidad de permiso de pesca de embarcacion pesquera a favor de Empresa Faenas Pesqueras S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 456-2009-PRODUCE/DGEPP

MORDAZA, 24 de junio de 2009 Vistos los escritos de Registro N° 00028080 de fechas 15 de MORDAZA y 27 de MORDAZA de 2009, presentado por EMPRESA FAENAS PESQUERAS S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N°0122001-PE, modificado por Decreto Supremo N°0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asi mismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el ultimo parrafo del articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, encontrandose condicionada la vigencia a su resultado. En el caso que concluya el procedimiento administrativo sancionador mediante acto administrativo firme o de confirmarse las sanciones de multa mediante sentencias que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero suspendera el permiso de pesca si en el plazo concedido por la Administracion no se acredita el cumplimiento de las sanciones de multa impuestas, excluyendose a la embarcacion pesquera de los listados a que se refiere el articulo 14° del Reglamento de la Ley General de Pesca, hasta que solicite su reincorporacion; Que, los articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N°0012002-PRODUCE, de fecha 5 de setiembre de 2002, establecen que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial N°150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que, mediante Resolucion Directoral N°042-98CTAR-LL/DIREPE de fecha 28 de setiembre de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE TEQUE, para operar la embarcacion pesquera "CONCEPCION ISIDORA" de matricula PO-6145-CM de 54 m3 de capacidad de

bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA de hielo y redes de cerco de ½" (13 mm) y 1½" (38 mm) de abertura de malla, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, mediante Resolucion Directoral N°200-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 08 de MORDAZA del 2004, se modifico el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 04298-CTAR-LL/DIREPE, en el extremo referido al numero de matricula de la embarcacion pesquera "CONCEPCION ISIDORA", cuya nueva denominacion en adelante sera matricula N° PL-6145-CM, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas de la referida embarcacion; Que, mediante Resolucion Ministerial N°085-2007PRODUCE, donde publican listados de embarcaciones pesqueras de MORDAZA de capacidad de bodega 32.6 m3 hasta 110 m3, con permiso de pesca obtenido conforme a la Ley N°26920, se consigna a la embarcacion pesquera "CONCEPCION ISIDORA" de matricula PL-6145-CM con 54.00 m3 de capacidad de bodega y con permiso de pesca para los recursos anchoveta y sardina, lo que es concordante con la informacion que se encuentra en el MORDAZA institucional, donde especifica que la citada embarcacion cuenta con permiso vigente para los recursos anchoveta y sardina para consumo humano y para consumo humano directo indirecto; Que, mediante el escrito de Visto, EMPRESA FAENAS PESQUERAS S.A.C. representada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "CONCEPCION ISIDORA" de matricula PL-6145-CM presentando los requisitos previstos en el procedimiento N°7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, mediante el escrito de Visto, EMPRESA FAENAS PESQUERAS S.A.C. absolvio el requerimiento contenido en el Oficio N°3444-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi del siguiente modo: (i) quien debe asumir las deudas de sanciones administrativas es el infractor (propietario anterior); (ii) EMPRESA FAENAS PESQUERAS S.A.C. no tiene ninguna responsabilidad respecto a las multas que hubiere; (iii) debe inaplicarse el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, en aplicacion del MORDAZA constitucional de jerarquia de leyes; (iv) a efectos de levantar la observacion relacionada al Certificado de Matricula, adjuntan MORDAZA legalizada del Certificado de Matricula de la embarcacion pesquera "CONCEPCION ISIDORA" de matricula PL-6145-CM, en el que se indica que la capacidad de bodega es de 54.93 m3; (v) en cuanto a la capacidad de bodega superior a la autorizada, senala que dicho incremento fue realizado por su anterior propietario. Al escrito adjunto, ademas el Certificado de Arqueo Neto de la citada embarcacion. Que, mediante Oficio N°0494-2009-PRODUCE/ OGA/OEC de fecha 01 de junio del 2009, la Oficina de Ejecucion Coactiva informo que sobre la embarcacion pesquera "CONCEPCION ISIDORA" de matricula PL6145-CM no existen deudas cuya ejecucion se esta tramitando en la dicha oficina. Que, de acuerdo al Certificado Compendioso de Dominio y Certificado de matricula, EMPRESA FAENAS PESQUERAS S.A.C. acredita la propiedad sobre la embarcacion pesquera "CONCEPCION ISIDORA" de matricula PL-6145-CM; Que, de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "CONCEPCION ISIDORA" de matricula PL-6145-CM presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General de EMPRESA FAENAS PESQUERAS S.A.C., se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA del Ministerio de la Produccion, y no registra multas impagas; por lo que resulta procedente la aprobacion del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion

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