Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2009 (21/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de marzo de 2009

recursos que han sido incorporados al presupuesto institucional de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28411 del Sistema Nacional de Presupuesto.. Que, mediante Informe Nº 014-2009-GIDUR-MDPN-F, la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA y Rural da cuenta de la obligacion asumida por La Municipalidad en el sentido de actuar diligente y eficientemente para la ejecucion del proyecto, asi tambien se informa de manera pormenorizada el estado de conservacion y operatividad del sistema de alcantarillado a partir del informe tecnico emitido por el Comite Regional de Defensa Civil de MORDAZA, concluyendose en el mismo que la infraestructura del sistema de alcantarillado constituye riesgo con un peligro muy alto y con probabilidades de ocurrencia inminente. Que, asi mismo en el Informe Tecnico Nº 0272009-GIDUR-MDPN-F; se efectuan recomendaciones tendientes a preservar y garantizar el bienestar integral de la poblacion razon por la cual se opina favorablemente para que el Concejo Municipal en el MORDAZA de sus competencias y de conformidad a la normativa de contrataciones del estado declare en Desabastecimiento Inminente el Servicio de Alcantarillado y se Exonere de MORDAZA de Seleccion la Contratacion de Ejecucion y Supervision de la obra "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL CERCADO Y PUEBLOS JOVENES DEL DISTRITO DE PUEBLO MORDAZA - FERRENAFE ­ MORDAZA Que, mediante Informe Legal Nº 015-2009-MDPN-FAL, el asesor legal externo manifiesta que teniendo en cuenta lo manifestado en el informe tecnico se advierte que existe alto riesgo de colapso total del servicio de alcantarillado en el distrito, razon por la cual concluye que se configura una situacion extraordinaria y que la necesidad de la obra es actual y urgente, y que del mismo modo resulta necesario precisar que de conformidad al articulo 190º del reglamento de la ley de contrataciones del estado, toda obra debe contar de manera permanente y directa con un supervisor lo que pone de manifiesto la necesidad de contar concurrentemente con este servicio aplicado a la ejecucion de la obra, concluyendo en el precitado informe con sugerir al Concejo Municipal la procedencia de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de desabastecimiento inminente de conformidad con lo establecido en el articulo 20º literal "c" y 22º del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y articulo 129º del reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Que, mediante el indicado Informe Legal, se precisa que de conformidad al articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado se faculta al Concejo Municipal exonerar de procesos de seleccion cuando se presenten situaciones de desabastecimiento inminente que pongan en riesgo las actividades de la entidad, MORDAZA si se trata de obras de MORDAZA importancia para la poblacion distrital y que contribuiran a mejorar sustancialmente las condiciones de MORDAZA de los beneficiarios, siendo necesario para ello contar informes Tecnico ­ legal, que justifiquen tal decision; asi lo prescribe el 133º del reglamento de la ley aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008EF. Que, por tanto habiendose configurado el supuesto establecido en el art. 20 literal "c" de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde aprobar la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de ejecucion

y supervision del Proyecto de Inversion Publica con codigo SNIP Nº 47873 denominado "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL CERCADO Y PUEBLOS JOVENES DEL DISTRITO DE PUEBLO MORDAZA - FERRENAFE ­ LAMBAYEQUE" por la causal de desabastecimiento inminente, debiendose proceder conforme a lo establecido en los articulos 134ºº y 135° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Estando lo expuesto, de conformidad con el inciso c) del articulo 20° y los articulos 21° y 22° del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, , y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y demas normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9° de la Ley N° 27972-Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO: Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la EJECUCION del Proyecto de Inversion Publica con codigo SNIP Nº 47873 denominado "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL CERCADO Y PUEBLOS JOVENES DEL DISTRITO DE PUEBLO MORDAZA - FERRENAFE ­ LAMBAYEQUE" por la causal de desabastecimiento inminente conforme a los informes expuestos, por la suma de S/. 32,939,915.69 ( Treinta y Dos Millones Novecientos Treinta y Nueve Mil Novecientos Quince con 69/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento donaciones y transferencias, por el periodo de 360 dias. Segundo.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la SUPERVISION de la ejecucion del Proyecto de Inversion Publica con codigo SNIP Nº 47873 denominado "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL CERCADO Y PUEBLOS JOVENES DEL DISTRITO DE PUEBLO MORDAZA FERRENAFE ­ LAMBAYEQUE" por la causal de desabastecimiento inminente conforme a los informes expuestos, por la suma de S/. 1´760,041.94 (Un Millon Setecientos Sesenta Mil Cuarenta y Uno con 94/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de financiamiento donaciones y transferencias, por el periodo de 360 dias. Tercero.- ENCARGAR Al Comite Especial el mismo que debera ser designado mediante Resolucion de Alcaldia; conducir los Procesos Exonerados para la Ejecucion y Supervision del Proyecto precitados en el articulo anterior, debiendo para tal efecto adecuar las Bases Administrativas, aprobadas a esta modalidad de contratacion y seguir los procedimientos establecidos en el Art. Nº 21º del Decreto Legislativo Nº 1017 y Art. Nº 134º y 135º del Decreto Supremo Nº 184-2008EF; Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado respectivamente. Cuarto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobacion del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA PAIVA MORDAZA 326379-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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