Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2009 (04/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 4 de MORDAZA de 2009

Que, el articulo 53º del dispositivo legal en mencion, dispone que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 143º de la citada MORDAZA senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso el concesionario requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante el Informe Nº 292-2009-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa A & D FOR CABLE TELEVISION IN THE SOUTHERN PERU S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria Ley Nº 28737, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa A & D FOR CABLE TELEVISION IN THE SOUTHERN PERU S.A.C., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa A & D FOR CABLE TELEVISION IN THE SOUTHERN PERU S.A.C. para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2º de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Articulo 5º.- Se remite MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en diversos departamentos
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 636/INC
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 1358-2008-SDIC-DA/INC, de fecha 20 de agosto de 2008, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion de los monumentos arqueologicos prehispanicos registrados en el MORDAZA del Programa Qhapaq Nan Temporada 2005, para los cuales se han elaborado las respectivas fichas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion, ficha oficial de inventario del patrimonio arqueologico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0601, de fecha 21 de agosto de 2008, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nacion los monumentos arqueologicos prehispanicos siguientes: Cerro La MORDAZA, Cerro MORDAZA, La Loma (Complejo Arqueologico La Laguna), Barrio MORDAZA (Complejo Arqueologico La Laguna), MORDAZA Cigarro de Oro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Cerro La Shipa, Rumipite Alto, Cerro Huayurco, Cerro Huacacuro, MORDAZA Vista MORDAZA, Cerro San MORDAZA, Cerro Puerto Ciruelo, Cerro Cantaritos, Cerro Sillarume, Cerro Perico, Cerro Faical, Cerro Los Wishcos, Complejo Pictografico de Potrero, Cerro Shipal, Petroglifos de Michinal Chiquito, Los Peroles, Petroglifos de las Garzas, Petroglifo La MORDAZA y Los Gentiles, ubicados en la provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca; Piriahuasi (Complejo Arqueologico de Piriamarca), Complejo Arqueologico Rumiyacu, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Viejo, El Coliseo, Complejo Arqueologico Las Huacas, Complejo Arqueologico de Ingatambo, Complejo Arqueologico de Ninabamba, MORDAZA El Rejo, Yerma o Complejo Arqueologico MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA La Arabisca, MORDAZA La Estacion, MORDAZA La MORDAZA (Complejo Arqueologico de Piriamarca), MORDAZA El Turucu, Naranjos, La MORDAZA de Guallacan, MORDAZA La Capilla, MORDAZA Mayor, MORDAZA La Loma, MORDAZA Montegrande, MORDAZA La MORDAZA, MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA del Choloquito, MORDAZA de Manos Grabadas, Chorro Colorado, Las Piedras del Gentil, La MORDAZA del Sambo 1 del Complejo Arqueologico de Petroglifos, Las Piedras de Rumipampa, Andenes del Chorro del MORDAZA, MORDAZA de La MORDAZA, Petroglifo de La Carretera, Petroglifo de Corral MORDAZA, MORDAZA Mayor y MORDAZA El Arenal, ubicados en la provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca; Cerro Parathon, Masihacho, Las MORDAZA, MORDAZA La Huaquilla, Collaque, El Limon, Cerro El Tablon, Cerro Grande, Tablazon, Zanaque, Ciruela Nueva, Monolito San MORDAZA, Cerro Chiple, Cerro MORDAZA, Los Idulos, Andenes, Cana Brava, Cerro Mal Paso, Portada del Diablo y Las Figurillas, ubicados en la provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca; Cerro MORDAZA Orco, MORDAZA, Pucara, Loma del Loro, Cerro Pihuan, Cerro Quinua, Illuca, Pila del MORDAZA, Complejo

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