Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2009 (18/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396101

empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su articulo 2º, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo Nº 1084. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del PRODUCE; Que, el articulo 12º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, establece que el calculo del LMCE se realizara para cada Temporada de Pesca, en funcion al PMCE asignado a cada Embarcacion; asimismo el LMCE, expresado en toneladas metricas, resulta de multiplicar el PMCE por el LMTCP para cada Temporada de Pesca, tal como se detalla en el Anexo "A" del referido cuerpo normativo; Que, mediante el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 137-2009-PRODUCE de fecha 01 de MORDAZA de 2009, se establecio que el Limite MORDAZA de Captura Permisible ­ LMTCP del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente para la Primera Temporada de Pesca del 2009, es de 3.5 millones de toneladas, para la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º 00' Latitud Sur; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 239-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 02 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE del recurso anchoveta, correspondiente a la primera temporada de pesca del 2009, cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 2982009-PRODUCE/DGEPP de fecha 22 de MORDAZA del 2009, se incorporo al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, entre otras a las embarcaciones pesqueras MACABI 10 de matricula CE-29416-PM y MORDAZA de matricula CO29600-PM; Que, mediante los Oficios Nº 400 y 401-2009PRODUCE/OGTIE, de fecha 21 de MORDAZA del 2009, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y

Estadistica, remite el calculo de los LMCE, entre otras, de las embarcaciones pesqueras referidas en el considerando precedente; Que, habiendo sido determinados tecnicamente los LMCE de las embarcaciones pesqueras MACABI 10 de matricula CE-29416-PM y MORDAZA de matricula CO29600-PM, en funcion a sus respectivos PMCE asignados mediante Resolucion Directoral Nº 298-2009-PRODUCE/ DGEPP, corresponde proceder a su incorporacion respectiva en el Listado de Asignacion de LMCE, aprobado mediante la Resolucion Directoral Nº 239-2009PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 424-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente y con el visado de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y sus normas modificatorias y ampliatorias; Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, y la Resolucion Ministerial Nº 137-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 239-2009-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 02 de MORDAZA del 2009, a las embarcaciones pesqueras cuya relacion en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral, el mismo que sera publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Articulo 2º.- Excluir del Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 239-2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 02 de MORDAZA del 2009, a las embarcaciones pesqueras MANTARO 10 de matricula CE-0067-PM y MORDAZA de matricula CO-6333-PM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

ANEXO ASIGNACION DE LIMITES MAXIMOS DE CAPTURA POR EMBARCACION - LMCE Para la obtencion del Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion en TM se ha tomado una cuota global de 3 500 000 TM para la especie anchoveta, la cual ha sido establecida por IMARPE para la temporada Abril-Setiembre 2009 en la MORDAZA norte-centro.
Nº Nº DE MATRICULA NOMBRE DE LA EMBARCACION MORDAZA DE CASCO MORDAZA DE REGIMEN CAP. BOD. MORDAZA AUTORIZADA (M3) 289.33 288.04 PORCENTAJE MORDAZA DE CAPTURA POR EMBARCACION (%) 0.13252% 0.11373% 0.24625% LIMITE MORDAZA DE CAPTURA POR EMBARCACION (TM) 4,638.20 3,980.55 8,618.75

1 2

CE-29416-CM CO-29600-PM

MACABI 10 MORDAZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

DECRETO LEY Nº25977 DECRETO LEY Nº25977

TOTAL PORCENTAJE MORDAZA DE CAPTURA POR EMBARCACION

348676-7

Otorgan autorizacion de incremento de flota a Pesquera Ribaudo S.A. para reconstruir embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 303-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2009

Visto los escritos de Registro Nºs. 00067423-2007 de fecha 01 de octubre, 12 y 29 de noviembre del 2007, 00054939-2008 de fecha 24 de MORDAZA del 2008, 00054940 de fecha 24 de MORDAZA, 31 de octubre y 14 de noviembre del 2008, 00076637 de fecha 16 de octubre, 07 de noviembre y 18 de diciembre del 2008, y de 07 de MORDAZA del 2009, presentados por las empresas MORDAZA DE ONS S.A.C. y PESQUERA RIBAUDO S.A.

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