Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2009 (18/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Segundo.- DISPONER que la Oficina Regional de Administracion en forma inmediata: ((a)) cumpla con registrar y publicar el presente Acuerdo Regional en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE; y tambien, ((b)) cumpla con sufragar los gastos que demande la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano". Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional verifique se cumpla con remitir MORDAZA del presente Acuerdo Regional y los Informes Sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, dentro de los (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la exoneracion selectiva, con MORDAZA al Organo Regional de Control Institucional. Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion para que a traves de la Oficina de Logistica, y, bajo la supervision de la Gerencia General Regional, realice de manera directa a traves de acciones inmediatas, y, bajo responsabilidad, la Contratacion respectiva, para lo cual, deberan cumplirse con los siguientes condiciones: las especificaciones del expediente tecnico de la obra, el precio de MORDAZA y la afectacion especifica de la partida y/o fuente de financiamiento autorizada. Disponiendose en este acto su registro y notificacion. MORDAZA, 2009 MORDAZA 07 JEISTER D. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 348417-3 ACUERDO REGIONAL Nº 053-2009-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, si bien es MORDAZA las contrataciones y adquisiciones del Estado deben desarrollarse bajo un sistema administrativo procesal selectivo; sin embargo, existen casos de excepcion en los que por determinados factores o causales tipificadas en la Ley, la exoneracion del procedimiento selectivo deviene en necesaria y justificada. En el presente caso, para la adquisicion que a continuacion se detalla, el Ejecutivo Regional ha solicitado a traves de la documentacion adjunta, la aplicacion de la causal de exoneracion tipificada como "Bien unico que no admite sustitutos"; Que, de la documentacion remitida se verifica que los datos estructurales de la contratacion sobre la cual se ha pedido la exoneracion selectiva, son los siguientes:
Elementos Estructurales de la Contratacion Materia de Exoneracion Adquisicion de Inmueble MORDAZA de Contrato Causal Exoneracion Adquiere Transfiere Ubicacion Inmueble Partida Registral Area Inmueble Valor Inmueble Fuente de Fto. Obra Bien unico que no admite sustitutos Gobierno Regional de MORDAZA Sr(es).: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Predio MORDAZA "El Puente", Sector Pitis P00923392 Terreno de Cultivo: 0.1110 ha / Terreno Eriazo: 0.0500 ha S/. 31,783.80 nuevos soles Partida 01.07 ­ Expropiaciones / Expediente Tecnico "Construccion MORDAZA Punta Colorada Uraca ­ Corire, Provincia Castilla"

los Informes Sustentatorios, la presente exoneracion selectiva esta debidamente justificada; Que, estando a lo senalado en el Informe Nº 3522009-GRA-ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica; el Informe Nº 146-2009-GRA/GRI emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura; y, la Tasacion (Valoracion Nº 002-2009-LRPB) de MORDAZA de 2009, efectuada por el Ing. MORDAZA MORDAZA Baldarrago (CIP. 9751); entonces, por las consideraciones senaladas, al MORDAZA de lo regulado en la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; en aplicacion de la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA, y, con observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR el pedido de exoneracion de MORDAZA selectivo por la causal de "bien unico que no admite sustitutos", para la adquisicion de bien inmueble, con observancia de los elementos estructurales de contratacion detallados en el recuadro y considerandos del presente Acuerdo. Segundo.- DISPONER que la Oficina Regional de Administracion en forma inmediata: ((a)) cumpla con registrar y publicar el presente Acuerdo Regional en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE; y tambien, ((b)) cumpla con sufragar los gastos que demande la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano". Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional verifique se cumpla con remitir MORDAZA del presente Acuerdo Regional y los Informes Sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, dentro de los (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la exoneracion selectiva, con MORDAZA al Organo Regional de Control Institucional. Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion para que a traves de la Oficina de Logistica, y, bajo la supervision de la Gerencia General Regional, realice de manera directa a traves de acciones inmediatas, y, bajo responsabilidad, la Contratacion respectiva, para lo cual, deberan cumplirse con las siguientes condiciones: las especificaciones del expediente tecnico de la obra, el precio de MORDAZA y la afectacion especifica de la partida y/o fuente de financiamiento autorizada. Disponiendose en este acto su registro y notificacion. MORDAZA, 2009 MORDAZA 07 JEISTER D. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 348417-4 ACUERDO REGIONAL Nº 054-2009-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, si bien es MORDAZA las contrataciones y adquisiciones del Estado deben desarrollarse bajo un sistema administrativo procesal selectivo; sin embargo, existen casos de excepcion en los que por determinados factores o causales tipificadas en la Ley, la exoneracion del procedimiento selectivo deviene en necesaria y justificada. En el presente caso, para la adquisicion que a continuacion se detalla, el Ejecutivo Regional ha solicitado a traves del Oficio Nº 1924-2009-GRA/SG y documentacion adjunta, la aplicacion de la causal de exoneracion tipificada como "Bien unico que no admite sustitutos"; Que, de la documentacion remitida se verifica que los datos estructurales de la contratacion sobre la cual se ha pedido la exoneracion selectiva, son los siguientes:

Que, conforme se desprende del inciso e) del articulo 20 del Decreto Legislativo 1017 / Ley de Contrataciones del Estado, y, del articulo 131 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF / Reglamento de la Ley de Contrataciones, para la aplicacion de esta causal exonerativa debe verificarse que el bien materia de la adquisicion sea unico, no admitiendo sustitutos. Que, a este respecto y conforme se desprende de

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