Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2009 (19/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de noviembre de 2009

facultandosele para que inicie los tramites correspondientes al MORDAZA de expropiacion, de conformidad con la Ley num. 27117, Ley General de Expropiaciones. Articulo 6º.- Del pago de la indemnizacion justipreciada El pago de la indemnizacion justipreciada que se establezca a consecuencia del trato directo, procedimiento judicial o arbitral correspondiente es asumido por la Municipalidad Provincial de MORDAZA del departamento de La MORDAZA y debe ser abonado con dinero en efectivo y en moneda nacional, previa tasacion del Departamento de Valuaciones de la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 7º.- Del plazo para iniciar la expropiacion El sujeto activo tiene un plazo de dos (2) anos, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, para iniciar el procedimiento expropiatorio, necesario para la ejecucion de la obra mencionada en la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DE VETTORI Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 424851-7

Articulo 2º.- De la expropiacion Autorizase la expropiacion del bien inmueble de dominio privado ubicado en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA s/n, urbanizacion La MORDAZA, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, propiedad de MORDAZA Ganoza Anaya. Articulo 3º.- Del inmueble materia de expropiacion El inmueble a expropiarse, para los fines senalados en el articulo 1º, se encuentra ubicado en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA s/n, urbanizacion La MORDAZA, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Tiene un area de 915,44 m2 con las siguientes medidas perimetricas: · Por el frente: con la MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con una linea recta de 14,43 m. · Por la derecha: con el mismo predio con una linea quebrada de 2 tramos de 13,04 m y 49,66 m, respectivamente. · Por la izquierda: con el mismo predio con una linea quebrada de 2 tramos de 10,97 m y 49,70 m, respectivamente. · Por el fondo: con propiedad de terceros con una linea recta de 15,02 m. Articulo 4º.- De la finalidad de la expropiacion El MORDAZA de expropiacion materia de esta Ley tiene la finalidad de viabilizar la construccion de la obra vial denominada Apertura MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Las razones de necesidad publica obedecen a factores de desarrollo vial del distrito y MORDAZA de MORDAZA, a fin de permitir la fluidez del MORDAZA vehicular garantizando la seguridad tanto de conductores como de peatones. Articulo 5º.- Del sujeto activo de la expropiacion La Municipalidad Provincial de MORDAZA es el sujeto activo de la expropiacion materia de la presente Ley, facultandosele para que inicie los tramites correspondientes al MORDAZA de expropiacion, de conformidad con la Ley num. 27117, Ley General de Expropiaciones. Articulo 6º.- Del pago de la indemnizacion justipreciada El pago de la indemnizacion justipreciada que se establezca a consecuencia del trato directo, procedimiento judicial o arbitral correspondiente es asumido por la Municipalidad Provincial de MORDAZA y debe ser abonado con dinero en efectivo y en moneda nacional, previa tasacion del Departamento de Valuaciones de la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 7º.- Del plazo para iniciar la expropiacion El sujeto activo tiene un plazo de dos (2) anos, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, para que realice el procedimiento expropiatorio, necesario para la ejecucion de la obra materia de la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DE VETTORI Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 424851-8

LEY Nº 29442
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PUBLICA LA CONSTRUCCION DE LA OBRA VIAL DENOMINADA APERTURA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, UBICADA EN EL DISTRITO Y PROVINCIA DE MORDAZA, DEPARTAMENTO DE LA MORDAZA, ASI COMO LA EXPROPIACION DE INMUEBLE PARA SU EJECUCION
Articulo 1º.- Declaracion de necesidad publica de la obra Declarase de necesidad publica la construccion de la obra vial denominada Apertura de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad.

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