Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2009 (26/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406601

· Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion y sus modificatorias. · Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. · Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales. · Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil y su Reglamento. · Ley N° 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. · Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, establece las disposiciones relativas a la culminacion de las transferencias programadas a los Gobiernos Regionales y Locales · Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM, crea la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros. · Decreto Supremo Nº 010-2007-PCM, precisa que los Ministerios son los responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestos por el D.S. Nº 068-2006-PCM, a traves de un Viceministro encargado de presidir la Comision Sectorial de Transferencia respectiva. · Decreto Supremo Nº 019-2007-MTC, establecen criterios de clasificacion de la Infraestructura aeroportuaria del MORDAZA y la jerarquizacion de aerodromos de propiedad publica. · Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2008. · Decreto Supremo N° 018-2009-PCM, que incorpora al "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2008", la transferencia de Equipo Mecanico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Gobiernos Locales asi como la transferencia del Aerodromo de Moyobamba a la Municipalidad Provincial de Moyobamba. · Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009. · Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 0032007-PCM/SD que aprueba la Directiva Nº 001-2007PCM/SD, Normas para la Ejecucion de la transferencia del ano 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia. · Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 025-2007-PCM/SD, que aprueba la Directiva Nº 0062007-PCM/SD, Normas para la Efectivizacion del MORDAZA de Transferencia del ano 2007 de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales. · Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 044-2008-PCM/SD que aprueba la Directiva Nº 0032008-PCM/SD, para la culminacion e implementacion de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales. · Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 060-2008-PCM/SD mediante la cual se extiende la vigencia de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, que MORDAZA y regula la transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales a las comprendidas en el Plan Anual de Transferencia 2008. · Resolucion Directoral Nº 119-2006-MTC/12 por la que la Direccion General de Aeronautica Civil ­ DGAC delega en CORPAC funciones propias de navegacion aerea. · Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. · Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades y sus modificatorias, por la que se establecen normas sobre la creacion, origen, naturaleza, autonomia, organizacion, finalidad, tipos, competencias, clasificacion y regimen economico de las municipalidades. IV.- ALCANCE Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de alcance del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en especial de la Direccion General de Aeronautica Civil - DGAC, de la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. y de los Gobiernos Regionales y Locales involucrados, que

se encuentren vinculados con la transferencia de la infraestructura aeroportuaria incluidos en los Planes Anuales de Transferencia de competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los anos 2008 y 2009, aprobados por los Decretos Supremos Nº 0492008-PCM, y N° 047-2009-PCM, respectivamente. V. RESPONSABILIDAD Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de cumplimiento obligatorio, por parte de los titulares de pliego, funcionarios y personal, nombrado o contratado, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en especial de la Direccion General de Aeronautica Civil - DGAC, de la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. y de los Gobiernos Regionales y Locales involucrados, que se encuentren vinculados con la transferencia de la infraestructura aeroportuaria incluidos en los Planes Anuales de Transferencia de competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los anos 2008 y 2009, aprobados por los Decretos Supremos Nº 049-2008-PCM, y N° 047-209-PCM, respectivamente. VI. NORMAS GENERALES 6.1. COMISIONES DE TRANSFERENCIA Comision de Transferencia de Entrega. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha conformado una Comision de Transferencia del Sector Transportes, presidida por el Viceministro de Transportes, la cual se ha oficializado mediante Resolucion Ministerial Nº 770-2002-MTC/01 de fecha 05 de diciembre de 2002. Asimismo, mediante Resolucion Vice Ministerial N° 1156-2008-MTC/02 de fecha 07.11.2008, se designa el Grupo de Trabajo de la DGAC, el cual se encuentra presidido por el Director General de Aeronautica Civil y esta encargado de coordinar y ejecutar conjuntamente con CORPAC S.A. las actividades necesarias previstas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales del ano 2008 y disposiciones posteriores; asi como de preparar la documentacion pertinente a fin de cumplir con las disposiciones, procedimientos y plazos establecidos en las directivas emitidas por la Secretaria de Descentralizacion. Comision de Transferencia de Recepcion. Igualmente los Gobiernos Regionales y Locales conformaran una Comision de Transferencia de Recepcion, que estara presidida por el Gerente General o funcionario equivalente de cada Gobierno Regional o Local e integrada ademas por un MORDAZA de tres funcionarios y/o servidores publicos, nombrados o contratados, cualquiera sea su regimen laboral. La comision sera oficializada mediante Resolucion Ejecutiva Regional o Local. 6.2. La transferencia de la mencionada infraestructura aeroportuaria esta asociada a las funciones en materia de transporte previstas en el literal e) del Art. 56º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; asi como a los Arts. 75° y 87° de la Ley Organica de Municipalidades; y a la jerarquizacion de infraestructura aeroportuaria que califica a los aerodromos como regionales o locales dispuesta por el D.S. Nº 019-2007-MTC. 6.3. Esta transferencia no incluye los bienes dedicados a las funciones de navegacion aerea de competencia de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con el articulo 9° de la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil del Peru modificado por el D. Leg. Nº 999 y cuyos servicios han sido delegados a CORPAC S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 119-2006-MTC/12 y que se detallan en la presente Directiva. 6.4. Conforme a lo determinado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la identificacion de los bienes a transferir corresponde a CORPAC S.A. y de acuerdo con el articulo 2º del Decreto Ley N° 25912, CORPAC S.A. debera ejercer la propiedad del area de terreno que requiera para velar por los servicios de navegacion aerea. 6.5. La transferencia de la infraestructura aeroportuaria de los aerodromos regionales y locales se efectuara de forma coordinada por el Ministerio de Transportes

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