Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2009 (07/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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maestrias y doctorados, requieren la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que mediante Resolucion Nº 119-2009-CONAFU, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­CONAFU-, autoriza el cambio de denominacion de la Universidad Los MORDAZA de Chimbote ­ ULADECH, por el de Universidad Catolica Los MORDAZA de Chimbote, pudiendo utilizar las siglas ULADECH Catolica; Que mediante oficio de vistos, el Director de la Escuela de Posgrado de la Universidad Catolica Los MORDAZA de Chimbote, hace llegar en via de coordinacion, resoluciones y documentos que sustentan la creacion y organizacion de los Programas de Maestria, aprobados por su Consejo Universitario, adjuntando para dicho efecto los respectivos curriculos, y dando cumplimiento a lo previsto en el considerando anterior; Que, examinada la documentacion que contiene las Resoluciones Nº 1286-2009-CU-ULADECH Catolica y Nº 1322-2009-CU-ULADECH Catolica, sobre la creacion y organizacion de los Programas de Maestria en su Escuela de Posgrado; con descripcion y MORDAZA de implementacion de su infraestructura, del personal docente, asi como de los curriculos de estudios debidamente estructurados, se observa que cumple con los requisitos academicos necesarios para su funcionamiento; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboracion de una resolucion, de acuerdo al Informe Nº 087-2009-DGDAC de la Direccion General de Desarrollo Academico; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Escuela de Posgrado de la Universidad Catolica Los MORDAZA de Chimbote, ha coordinado con la Direccion General de Desarrollo Academico la creacion y organizacion de los siguientes Programas de Maestria, en aplicacion de lo previsto en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733. - Maestria en Enfermeria, con mencion en: - Salud del Adulto - Salud de la Mujer y el MORDAZA - Maestria en Derecho con mencion en: - Derecho Civil y Procesal Civil - Derecho Penal y Procesal Penal - Derecho Empresarial y Derecho Tributario - Derecho Constitucional y Derecho Laboral - Maestria en Contabilidad con mencion en: - Finanzas - Tributacion - Auditoria - Maestria en Estomatologia con mencion en: - Ciencias Clinicas y Epidemiologicas Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 405987-1

Declaran que la Escuela de Posgrado de la Universidad MORDAZA MORDAZA, ha coordinado con la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion durante el MORDAZA de creacion y organizacion de diversos Programas de Maestria
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1077-2009-ANR MORDAZA, 24 de setiembre del 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nº 0613-2009-URP-R, Nº 0421-2009-URPR, del Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA, el Informe Nº 089-2009-DGDAC de la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion y Memorando Nº 853-2009-SE de fecha 23 de septiembre de 2009; y CONSIDERANDO: Que por Resolucion Nº 596-94-ANR, modificada por Resolucion Nº 1209-94-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores autoriza el funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad MORDAZA MORDAZA, precisando que la creacion de nuevos programas de maestrias, doctorado y MORDAZA especializacion, requiere el cumplimiento de lo previsto en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; Que, mediante oficios de vistos, el Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA hace llegar en via de coordinacion, las resoluciones y el curriculo de los Programas de: Maestria en Ingenieria Informaticas, con dos menciones: Ingenieria de Software para Web, y Gerencia Informatica para el Negocio Electronico; Maestria en Docencia en MORDAZA como Lengua Extranjera; y Maestria en Sistemas de Gestion de la Calidad en la Industria Alimentaria (SGCIA), ratificadas por Resoluciones de su Consejo Universitario, dando cumplimiento a lo previsto en el primer considerando; Que, habiendo examinado la citada documentacion sobre creacion y organizacion de las Maestrias MORDAZA citadas, se desprende que estas cumplen con los requisitos academicos necesarios para su funcionamiento, por lo que procede expedir resolucion; Que, mediante Memorando de Vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboracion de una resolucion, por la que se declare que los nuevos Programas de Maestria en la Escuela de Posgrado de la Universidad MORDAZA MORDAZA, cumplen con el procedimiento previsto en el Art.92º Inc. e) de la Ley Universitaria Nº 23733; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; y De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Escuela de Posgrado de la Universidad MORDAZA MORDAZA, ha coordinado con la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion durante el MORDAZA de creacion y organizacion de los siguientes Programas: Maestria en Ingenieria Informaticas, con dos menciones: Ingenieria de Software para Web, y Gerencia Informatica para el Negocio Electronico; Maestria en Docencia en MORDAZA como Lengua Extranjera; y Maestria en Sistemas de Gestion de la Calidad en la Industria Alimentaria (SGCIA), en aplicacion de lo previsto en el articulo 92º, inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733, quedando en consecuencia aprobados para su funcionamiento.

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