Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2009 (11/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

402409

numero dos mil cinco guion cero diecisiete ochenta y uno guion cero guion dieciocho cero uno guion JR guion PE guion noventa y uno; 2.5.-Expediente numero dos mil cuatro guion diecinueve doscientos siete guion cero guion cero dieciocho cero uno guion JR guion PE guion noventa y uno, fue ingresado al sistema el primero de octubre de dos mil cuatro a las diecinueve horas con siete minutos, por el usuario "JERAZO", registrandose como inculpado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y como agraviado al Estado, distribuyendose al Juzgado Penal de Turno Permanente; posteriormente con fecha doce de octubre del mismo ano, el usuario "DENTRY991" modifica la instancia por el Tercer Juzgado Penal de Lima; 2.6.Expediente numero dos mil cuatro guion veinticuatro ciento sesenta y cinco guion cero guion cero dieciocho cero uno guion JR guion PE guion noventa y uno, fue ingresado al sistema el nueve de diciembre de dos mil cuatro a las dieciseis horas con cuarenta minutos, por el usuario "RCRUZ", registrandose como inculpado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y como agraviado al Estado, distribuyendose al Juzgado Penal de Turno Permanente; luego con fecha catorce de diciembre del mismo ano, el usuario "DENTRY991" cambia la instancia al Tercer Juzgado Penal; en la misma fecha se procede a cambiar la instancia al Juzgado Penal de Turno Permanente y nuevamente (aleatoriamente) es distribuida al MORDAZA Noveno Juzgado Penal de MORDAZA, luego se modifica la instancia al Juzgado Penal de Turno Permanente y nuevamente al Tercer Juzgado Penal de Lima; 2.7.- Expediente numero dos mil cuatro guion cero diecisiete setenta y tres guion cero guion cero dieciocho cero uno guion JR guion PE guion noventa y uno, fue ingresado al sistema el dieciseis de diciembre de dos mil cuatro a las diecisiete horas con cincuenta y un minutos, por el usuario "HSUYO", registrandose como inculpados a MORDAZA Cenizario MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Nattias MORDAZA MORDAZA y como agraviados a MORDAZA Julcarina MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vilanueva, distribuyendose al Juzgado Penal de Turno Permanente, luego con fecha veintisiete de diciembre del mismo ano, el usuario "DENTRY991" modifica el nombre de uno de los agraviados y modifica la instancia al Tercer Juzgado Penal; 2.8.- Expediente numero dos mil cinco guion cero veinticuatro veintidos guion cero guion cero dieciocho cero uno guion JR guion PE guion noventa y uno, fue ingresado al sistema el cuatro de febrero de dos mil cinco a las diecinueve horas con cincuenta y nueve minutos, por el usuario "HSUYO", registrandose como inculpados a MORDAZA Huidobro MORDAZA MORDAZA y otros; y, como agraviado al Estado, distribuyendose al Juzgado Penal de Turno Permanente; luego con fecha diez de febrero del mismo ano, se efectua el cambio de la instancia al Tercer Juzgado Penal, por el usuario "DENTRY991"; Tercero: Del analisis de lo actuado se determina encontrarse acreditada la responsabilidad por la comision de actos disfuncionales por parte de los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, usuaria de la clave personal "ICASTELLANOS" y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, usuario de las claves personales "RALEGRIA" y "DENTRY991 "; merituandose las siguientes pruebas que corroboran la participacion en los actos disfuncionales materia de investigacion: a) La declaracion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Administradora de Usuarios del Sistema de Seguimiento de Expedientes Judiciales de la Mesa de Partes para procesos penales con reos libres y reos en carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, obrante de fojas doscientos treinta y tres a doscientos treinta y cuatro, quien al contestar las preguntas MORDAZA y tercera, senala que la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tenia la clave de usuario "ICASTELLANOS" y el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA tenia la clave de usuario "DENTRY991 "; b) Lo senalado por la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su informe de descargo de fojas mil sesenta y cinco, admitiendo que la clave de usuario "ICASTELLANOS", le correspondia; c) La Directiva numero cero cero cinco guion dos mil cuatro guion GG guion PJ, de Ia cual se desprende que a los

usuarios de un servidor se les asigna una clave de acceso la cual tiene el caracter de secreta, siendo de uso exclusivo del trabajador, no debiendola compartir con otros usuarios; d) Cabe precisar que el servidor MORDAZA MORDAZA, pese a encontrarse debidamente notificado, no ha cumplido con efectuar su descargo de ley, motivo por el cual fue declarado rebelde mediante resolucion de fojas mil seiscientos dos; Cuarto: Los argumentos esgrimidos por la investigada MORDAZA MORDAZA, no desvirtuan los cargos imputados en su contra, pues si bien senala que en forma diaria tenia que dejar su oficina para dirigirse a Ia Oficina de Cuerpos de Delito ubicada en el Edificio MORDAZA MORDAZA, y que al volver encontraba en algunas oportunidades al personal de soporte tecnico o de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior al personal de Ia Mesa de Partes utilizando su computadora o hablando por telefono, y que en dichas ocasiones dejaba su clave abierta y en otras les proporcionaba esta clave a los demas servidores; sin embargo, estos hechos no han podido ser corroborados con medio probatorio alguno que otea persona con su clave de acceso MORDAZA realizado los cambios con que se produjo el redireccionamiento de expedientes; tampoco existe prueba que la investigada MORDAZA adoptado medida correctiva al tener conocimiento que otras personas estarian utilizando su clave de usuarios; MORDAZA, si conforme lo establece la mencionada directiva, cada usuario de una clave de acceso al sistema, se encuentra en la obligacion de custodiarla, bajo responsabilidad y mas aun, ostentando el cargo de Jefa de la referida dependencia; en lo que respecta al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme ya se ha senalado precedentemente, se encuentra acreditada su responsabilidad y participacion en el redireccionamiento de los aludidos expedientes mediante la alteracion indebida del procedimiento de asignacion aleatoria de expedientes, aprovechando los privilegios inherentes a la condicion de usuario de las claves "DENTRY991" y "RALEGRIA" que estaban asignadas a su persona, afectando y vulnerando de esta manera principios fundamentales como el debido MORDAZA y del juez predeterminado por ley; consecuentemente, con el actuar irregular de los investigados se ha afectado gravemente los principios basicos de una conducta decorosa que debe tener todo trabajador judicial, danando gravemente la dignidad del cargo y desmereciendolo ante el concepto publico, evaluandose su conducta conforme a lo dispuesto por los incisos primero y MORDAZA del articulo doscientos uno del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; correspondiendo imponer la medida disciplinaria prevista en el articulo doscientos once de la MORDAZA invocada; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber emitido pronunciamiento en su condicion de Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, en sesion ordinaria de Ia fecha, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por sus actuaciones como Jefes de las Mesas de Partes Unica de los Juzgados Penales para procesos con reos libres y con reos en carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, respectivamente. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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