Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2010 (11/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

410841

CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Asimismo, en su ultimo parrafo refiere que en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca encontrandose condicionada la vigencia a su resultado; Que el Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98PE, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece que la transferencia del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante Resolucion Directoral N° 380-2003PRODUCE/DNEPP, de fecha 29 de octubre del 2003, se otorgo permiso de pesca a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar su embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "AURORITA" de matricula PT-3917CM, con Arqueo Neto de 19.36 equivalente a 81.28 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 13 y 38 mm (½ y 1 ½ pulgadas), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 494-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de noviembre del 2007, se declaro la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "AURORITA" de matricula PT-3917-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 412-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 05 de junio del 2009, se aprobo a favor de la empresa DISOLMAR S.A.C., el cambio de titular temporal del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "AURORITA" de matricula PT-3917-CM con 81.28 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado; el que podria ejercerse hasta el 30 de junio del 2009, de conformidad con el contrato de arrendamiento de embarcacion pesquera celebrado entre la propietaria senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la empresa DISOLMAR S.A.C.; Que a la fecha, la embarcacion pesquera "AURORITA" de matricula PT-3917-CM de 81.28 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, cuyo permiso de pesca se encuentra vigente para la extraccion del recurso anchoveta para consumo humano directo e indirecto; Que, a traves del escrito de registro Nº 00093353-2009, la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita cambio temporal de la titularidad del permiso de pesca de su embarcacion pesquera "AURORITA" de matricula PT-3917-CM a favor de la empresa DISOLMAR S.A.C., en virtud al Contrato de Participacion y de Transferencia de Posesion de Embarcacion Pesquera de fecha 15 de septiembre del 2009 celebrado entre la propietaria la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la empresa DISOLMAR S.A.C., cuyo plazo de duracion sera hasta el 15 de septiembre del 2010; Que, de la MORDAZA del Certificado de Matricula de la embarcacion pesquera "AURORITA" de matricula PT3917-CM, se advierte que la capacidad de bodega es de 81.65 m3, encontrandose dentro de los margenes de tolerancia establecidos en el Decreto Supremo Nº 0282003-PRODUCE; Que, de acuerdo a la verificacion realizada en la Partida Electronica Nº 11019303 del Registro de Propiedad de

Embarcaciones Pesqueras de la MORDAZA Registral I ­ MORDAZA y el Certificado de Matricula de la embarcacion Nº DI03010865-11-02, la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA acredita la propiedad sobre embarcacion pesquera "AURORITA"; Que, de otro lado, mediante el Contrato de Asociacion en Participacion y de Transferencia de Posesion de Embarcacion Pesquera de fecha 15 de septiembre del 2009 (con firma legalizada ante Notario Publico de Chimbote, Sr. MORDAZA MORDAZA La Rosa) suscrito entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la empresa DISOLMAR S.A.C. ha quedado acreditado que las partes acordaron que la empresa DISOLMAR S.A.C. "solicite al Ministerio de la Produccion, el cambio de titular del permiso de pesca, producido por el presente contrato"; Que, en ese orden de ideas, al cumplir la empresa DISOLMAR S.A.C. con los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; ostentado la posesion de la embarcacion pesquera "AURORITA" de matricula PT-3917-CM en virtud del contrato de asociacion en participacion, y al haberse suspendido los procedimientos de ejecucion coactiva relacionadas a las multas impagas; por lo que resulta procedente la aprobacion del cambio temporal de titularidad del permiso de pesca solicitado cuyo plazo de duracion sera hasta el 15 de septiembre del 2010; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 12832009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo1º.- Aprobar a favor de la empresa DISOLMAR S.A.C., el cambio de titular temporal del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera de "AURORITA" de matricula PT-3917-CM en los mismos terminos y condiciones en los que fue otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 380-2003-PRODUCE/DNEPP. Articulo 2°.- Condicionar la vigencia del cambio de titular de la embarcacion pesquera "AURORITA" de matricula PT-3917-CM, al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, conforme lo senalado en el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, podra ejercerse hasta el 15 de septiembre del 2010, en virtud al Contrato de Participacion y de Transferencia de Posesion de Embarcacion Pesquera celebrado entre la propietaria senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la empresa DISOLMAR S.A.C. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "AURORITA" de matricula PT-3917-CM otorgado a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Resolucion Directoral Nº 380-2003-PRODUCE/DNEPP, cuyo plazo de duracion sera hasta el 15 de septiembre del 2010. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa DISOLMAR S.A.C como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "AURORITA" de matricula PT-3917-CM, asimismo consignar la presente Resolucion en el Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, cuyo plazo de duracion sera hasta el 15 de septiembre del 2010. Articulo 6°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y

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