Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2010 (20/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de febrero de 2010

embarcacion registra un procedimiento administrativo pendiente en la Direccion de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, por lo que en aplicacion a lo regulado en el numeral 7.7. del Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 038-2003PRODUCE, Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, la presente solicitud deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano mediante el Informe Nº 031-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dch y su ampliacion y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa NEGOCIOS INDUSTRIALES REAL S.A. - N.I.R.S.A., representada en el MORDAZA por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, relacionada al permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de cerco denominada "ROBERTO A" con matricula Nº P-00-0740, de bandera ecuatoriana, para la extraccion del recurso atun en aguas jurisdiccionales peruanas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion : www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 459504-1

Declaran improcedente solicitud presentada por PESDEL S.A. relacionada al permiso de pesca para operar embarcacion de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 068-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 4 de febrero del 2010 Visto los escritos con Registro Nº 00003986-2010, del 14 y 23 de enero de 2010, presentado por don MORDAZA MORDAZA CARCOVICH MORDAZA, en representacion de la empresa PESDEL S.A. CONSIDERANDO: Que, el inciso c), del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuara sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais;

Que, los Articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que, el inciso c) del Articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 038-2003PRODUCE, modifica el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE y establece segun numeral "7.7 No se otorgaran permisos de pesca, ni se renovaran los ya obtenidos, a los armadores de buques atuneros de bandera extranjera que mantengan procedimientos administrativos pendientes con el Ministerio de la Produccion, incluido el procedimiento de cobranza coactiva". De la misma manera no se renovaran los permisos de pesca a los armadores de buques atuneros de bandera extranjera que habiendo suscrito Convenio de Abastecimiento a que se hace referencia en el numeral 7.5 del presente Articulo, no cumplan con destinar el producto de la extraccion a establecimientos industriales con licencia de operacion otorgada por el Ministerio de la Produccion, para la elaboracion de conservas, congelados o curados"; Que, con escritos del visto, don MORDAZA MORDAZA CARCOVICH MORDAZA, representante en el MORDAZA de la empresa PESDEL S.A., solicito permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera extranjera denominada "BETTY ELIZABETH", identificada con matricula P-00-00688, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, dentro de aguas jurisdiccionales peruanas con destino al consumo humano directo, por el periodo de tres (03) meses; Que, a traves del Oficio Nº 304-2010-PRODUCE/ DIGSECOVI-Dif del 22 de enero de 2010 la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia informa a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero que la embarcacion pesquera denominada "BETTY ELIZABETH" de propiedad de la empresa PESDEL S.A., cuenta con un procedimiento administrativo pendiente de resolucion, relacionado con el expediente Nº 1977-2009; por lo que en aplicacion al numeral 7.7 del Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, incluido por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 038-2003PRODUCE; el permiso de pesca solicitado deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 036-2010-PRODUCE/DGEPPDch, su ampliacion y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas complementarias; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa PESDEL S.A., representada en el MORDAZA por don MORDAZA MORDAZA CARCOVICH MORDAZA, relacionada al permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de cerco de bandera ecuatoriana denominada "BETTY ELIZABETH" con matricula Nº P00-006881, para la extraccion del recurso hidrobiologico

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