Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2010 (14/07/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

422204
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2010

- Que, la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, en su articulo 14º numeral 4, literal a) senala que "no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los siguientes ciudadanos....Salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de elecciones los presidentes y vicepresidentes regionales que deseen postular a cualquier cargo de eleccion regional..."; - Que, mediante Resolucion Nº 199-2010-JNE, se establecieron las disposiciones aplicables a las licencias sin goce de haber que deben solicitar los presidentes regionales, alcaldes y funcionarios que deseen participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2010; - Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, en el articulo 47º in fine, referido a los Dictamenes, establece que "se exceptua de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justificados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que esten referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes tecnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo"; - Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0312010-GR.CAJ-CR, el Pleno del Consejo Regional aprobo por mayoria conceder licencia sin goce de remuneraciones al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Econ. MORDAZA MORDAZA, del 04 de junio al 03 de octubre del presente ano, por cuanto estara participando en las proximas Elecciones Municipales y Regionales programadas para el dia 03 de Octubre del ano en curso, de conformidad al articulo 14º, numeral 4, inciso a, de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470; - Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 030-2010-GR.CAJ-CR, el Pleno del Consejo Regional acordo aprobar la ampliacion de plazo hasta el dia viernes 09 de MORDAZA del presente ano (fecha de la proxima sesion Ordinaria de Consejo Regional) para emitir y poner a consideracion del Pleno del Consejo Regional el Dictamen correspondiente, respecto a las investigaciones sobre las reiteradas infracciones al Codigo de Etica por parte del senor, Dr. MORDAZA MORDAZA Balcazar MORDAZA, Vicepresidente del Gobierno Regional MORDAZA, y que en el MORDAZA articulo de la parte resolutiva del mismo Acuerdo Regional, en el mismo que hubo un error material, el cual fue rectificado mediante fe de erratas, prescribe: "Ante las reiteradas infracciones al Codigo de Etica y su Reglamento, cometidas por el Vicepresidente Regional del Gobierno Regional MORDAZA, al Dr. MORDAZA MORDAZA Balcazar MORDAZA, las cuales han quedado demostradas en los Acuerdos de Consejo Regional Nº 086-2008-GR.CAJCR, Nº 063-2009-GR.CAJ-CR y Nº 005-2010-GR.CAJCR; y ante las constantes acciones intimidatorias contra esta Comision Investigadora y Consejeros Regionales, las cuales estan debidamente documentadas y en salvaguarda de los intereses del estado, se aplica como medida precautelatoria la separacion en el ejercicio de sus funciones al Vicepresidente Regional del Gobierno Regional MORDAZA, al Dr. MORDAZA MORDAZA Balcazar MORDAZA, en tanto y en cuanto concluya el MORDAZA investigatorio en sede administrativa"; - Que, mediante solicitud de fecha 07 de junio del ano 2010, el Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Econ. MORDAZA MORDAZA Salirrosas, solicita que por intermedio del Consejero Delegado, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA someta ante el Pleno del Consejo Regional su DESISTIMIENTO DE LICENCIA SIN GOCE DE HABERES, por cuanto habiendo solicitado al Consejo Regional Licencia Sin Goce de Haberes en merito a su decision inicial de participar en las proximas Elecciones Municipales y Regionales, requisito establecido en la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470; hizo de conocimiento que en la fecha

luego de un concienzudo analisis personal, profesional y politico partidario, generado por la actitud de una persona en particular, resulta de MORDAZA importancia privilegiar los intereses colectivos por sobre los intereses personales y partidarios, en salvaguarda del progreso y desarrollo de nuestra Region MORDAZA, en ese sentido comunico su decision de No postular en las proximas Elecciones Municipales y Regionales, programadas para el 03 de Octubre del presente ano, por lo que al MORDAZA del articulo 31º de la Constitucion Politica desistio de participar en la MORDAZA aludida eleccion electoral y por tanto solicito dejar sin efecto la Licencia Sin Goce de Haberes otorgada a su persona; - Que, mediante Oficio Nº 064-2010-GR.CAJ/PCR de fecha 08 de junio del ano 2010, el Consejero Delegado, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, le manifiesta al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Econ. MORDAZA MORDAZA Salirrosas que en el Acuerdo Regional Nº 031-2010-GR.CAJ-CR se menciona la concesion de su Licencia sin Goce de Haberes; sin embargo, de conformidad con la opinion legal de la Direccion Regional de Asesoria Juridica, contenida en el Oficio Nº 259-2010-GR.CAJ/DRAJ, se establece que mediante el articulo 1º Numeral 1 y 4 de la Resolucion Nº 199-2010JNE concordante con el articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru, el desistimiento presentado por el interesado es personalisimo y unilateral por lo cual tiene efecto automatico con la sola MORDAZA de la misma, quedando dicha licencia sin efecto, reasumiendo sus funciones a plenitud, debiendose ademas convocarse a una sesion extraordinaria para cumplir con la formalidad correspondiente, asi como tambien debera comunicarse al MORDAZA Nacional de Elecciones; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJCR; el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Consejo Regional Nº 031-2010-GR.CAJ-CR, con el cual el Pleno del Consejo Regional concedio licencia sin goce de remuneraciones al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Econ. MORDAZA MORDAZA Salirrosas, debiendo reasumir sus funciones con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo, con efectividad al 08 de junio del ano 2010. Segundo.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura temporal del cargo de Presidente Regional al senor Consejero Regional Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, efectuada mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 031-2010-GR.CAJ-CR. Tercero.- DISPONER que el Consejero Regional Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reasuma sus funciones de Consejero Delegado con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo, con efectividad al 08 de junio del ano 2010. Cuarto.- DEROGAR las normas regionales que se opongan al presente Acuerdo de Consejo Regional. Quinto.- COMUNICAR al MORDAZA Nacional de Elecciones, la expedicion del presente Acuerdo de Consejo Regional, para los fines de Ley. Sexto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 517764-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.