Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2010 (14/07/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

422162

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2010

Que, con Hoja de Recomendacion Nº 011 SEPCEA/ SG-CGE aprobada el 17 de MORDAZA de 2010, se autorizo la participacion en la Conferencia Especializada de Ayuda en Casos de Desastre, como integrantes de la SEPCEA, al General de Brigada EP MORDAZA Helmutt MORDAZA MORDAZA, al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA QUELOPANA MORDAZA y al MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA LEHAHUA HUARACCALLO; Que, el precitado viaje en Comision de Servicio se encuentra considerado en el Rubro 5.- Medidas de Confianza Mutua, Item Nº 78, del Anexo 01 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del ano 2010, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 130-2010-DE7SG de 1 de MORDAZA de 2010; Que, el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG de 19 de noviembre de 2009, en su Articulo 1º inciso A) numeral 3, determina que las autorizaciones de viajes al extranjero que irrogue gastos al Estado, de personal militar y civil, seran aprobadas por Resolucion Suprema; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 "Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos", Ley Nº 29075 "Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa", Ley Nº 29465 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010", Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de 30 de junio de 2004; y, Estando a lo recomendado por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del 18 al 23 de MORDAZA de 2010, al General de Brigada EP MORDAZA Helmutt MORDAZA MORDAZA, identificado con CIP Nº 110143900 y DNI Nº 43330820; al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA QUELOPANA MORDAZA, identificado con CIP Nº 109840300 y DNI Nº 09455811 y al MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA LEHAHUA HUARACCALLO, identificado con CIP Nº 117535100 y DNI Nº 09850434, para que en calidad de miembros de la Secretaria Ejecutiva Permanente de la Conferencia de Ejercitos Americanos (SEPCEA), participen en la Conferencia Especializada de Ayuda en Casos de Desastre, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA - Republica Dominicana. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito de Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: - Pasajes (LIMA - MORDAZA MORDAZA - LIMA) US$ 775.00 x 03 personas - Viaticos por Comision de Servicio US$ 240.00 x 03 personas x 06 dias - Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 31.00 x 03 personas Articulo 3º.- El personal comisionado con la presente resolucion, dentro de los quince (15) dias calendario de su retorno al MORDAZA, presentara un informe detallado ante el Titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a solicitar liberacion ni exoneracion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y por el senor Ministro de Defensa.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 518856-5

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 330-2010-EF/15 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, modificado por la Ley Nº 28077, senala que el Canon Minero esta compuesto por el cincuenta por ciento (50%) del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la actividad minera, por el aprovechamiento de los recursos minerales, metalicos y no metalicos; Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 27506, modificado por la Ley Nº 28322, establece los criterios y porcentajes para la distribucion del Canon Minero a los gobiernos regionales y gobiernos locales beneficiarios, de acuerdo a los indices de distribucion que fije el Ministerio de Economia y Finanzas en base a criterios de Poblacion y Necesidades Basicas Insatisfechas; Que, de acuerdo al numeral 5.3 del citado articulo 5º, incorporado por la Ley Nº 29281, cuando el titular minero posee varias concesiones en explotacion ubicadas en circunscripciones distintas, el Canon Minero se distribuira en proporcion al valor de venta del concentrado o equivalente proveniente de cada concesion; y cuando la extension de una concesion minera en explotacion comprenda circunscripciones vecinas, la distribucion se realizara en partes iguales; Que, el literal a) del articulo 2º del Reglamento de la Ley de Canon, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0052002-EF, modificado por los Decretos Supremos Nº 1152003-EF y Nº 029-2004-EF, establece la base de referencia para calcular el Canon Minero, y dispone que en el caso de empresas que cuenten con alguna concesion minera pero cuya principal actividad no se encuentre regulada por la Ley General de Mineria se aplicara un factor sobre el Impuesto a la Renta pagado por dichas empresas a fin de determinar el monto del citado Impuesto que sera utilizado para calcular el Canon. Agrega que este factor se obtendra de la estructura de costos de produccion de la Estadistica Anual Manufacturera del Ministerio de la Produccion; Que, segun la Vigesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28927, la transferencia del Canon Minero (50% del Impuesto a la Renta) debe ser efectuada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los indices de distribucion del Canon Minero, entre otros, son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial, de acuerdo a los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, mediante las Leyes Nº 29358, Nº 29540 y Nº 29541 se crearon el distrito de MORDAZA en la provincia de Churcampa del departamento de Huancavelica; el distrito Yacus en la provincia de MORDAZA del departamento de Huanuco; y el distrito Constitucion en la provincia de Oxapampa del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.